
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
18 / 42
riesgos asumidos por la misma y a la actividad de cada uno de estos Consejeros Ejecutivos, y siempre y cuando la evaluación realizada a cada uno
concluya que su desempeño ha sido correcto y alineado con los objetivos de la Sociedad.
Por otro lado, si la Retribución Variable Anual devengada se encuentra entre el 100% y el 200% de la RFA, tendrá la consideración de “cuantía
especialmente elevada” según la letra m) del artículo 34.1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de Sociedades de
crédito y por tanto, se abonará un 40% de la cuantía de esta RVA de “cuantía especialmente elevada”, en el plazo máximo de los 15 días siguientes
a la realización de la evaluación, y en todo caso, con anterioridad a la finalización del mes de marzo del año natural siguiente al ejercicio en el
que se ha devengado. Y el 60% restante de dicha RVA de “cuantía especialmente elevada”, se someterá a un período de diferimiento de 4 años,
perfeccionándose el devengo y pago a razón de un 15% del total de esta RVA en cada uno de los años de diferimiento.
Para el perfeccionamiento del devengo y pago del 40% de la RVA diferida y del 60% de la RVA de “cuantía especialmente elevada” diferida, el
Consejo, a propuesta de la CNR, realizará una evaluación a la finalización de cada ejercicio del período de diferimiento, en base al mantenimiento
de la rentabilidad de los resultados del Grupo Renta 4, atendiendo a las circunstancias del sector durante el período evaluado y se adaptará a las
circunstancias relativas a la actividad de Renta 4, a los riesgos asumidos por la misma y a la actividad de cada uno de estos Consejeros Ejecutivos, y
siempre y cuando la evaluación realizada a cada uno concluya que su desempeño ha sido correcto y alineado con los objetivos de la Sociedad.
El abono de la RVA Total se realizará el 50% en metálico y el otro 50% restante en acciones, tanto la RVA devengada que se encuentre entre el
0% y el 100% de la Retribución Fija Anual, cuyo abono es del 60% en el primer trimestre del año natural siguiente al ejercicio en el que se ha
devengado, difiriéndose el 40% en los 4 años naturales siguientes, como en el caso de la RVA de “cuantía especialmente elevada” devengada que
se encuentre entre el 100% y el 200% de la RFA, cuyo abono es del 40% en el primer trimestre del año natural siguiente al ejercicio en el que se
ha devengado, difiriéndose el 60% en los 4 años naturales siguientes a razón de un 15% anual. Para calcular el número de acciones devengadas
a entregar, cada año de pago se tomará en consideración el promedio del valor de mercado de la acción durante los 20 últimos días hábiles del
año anterior, siendo las acciones intransferibles durante un período de 3 años desde la entrega, salvo que (i) se mantenga, en el momento de la
transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe
de al menos 2 veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones; o (ii) respecto de las acciones que necesite enajenar para
satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, para hacer
frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
En consecuencia, como el Beneficio Neto del Grupo en el 2023 ha sido de 26,127 MM €, el nivel de morosidad ha sido inferior al 5% y se han
alcanzado los objetivos en materia ESG, el grado de consecución de los objetivos anuales fijados en la Política de Remuneraciones 2022-2023-2024
establece que los Consejeros Ejecutivos devengan una RVA global correspondiente al ejercicio 2023 por un importe global de 1.190.700 euros
para todos los Consejeros Ejecutivos. En concreto, la RVA total para el Presidente Ejecutivo correspondiente el ejercicio 2023 asciende a 378.000
euros, al Consejero Delegado y al el Consejero y Director General les corresponde a 346.500 euros a cada uno de ellos, y para el Director Regional el
importe asciende a 119.700 euros.
De la RVA total resultante para el año 2023, hasta el 100% de la Retribución Fija Anual, 60% de dicha cuantía se abonará durante el primer
trimestre de 2024 y el 40% restante será diferido en los 4 ejercicios siguientes; 2025, 2026, 2027 y 2028, perfeccionándose el devengo y pago
a razón de un máximo del 10% cada uno de los cuatro de diferimiento. La Retribución Variable Anual devengada que se encuentra entre el
100% y el 200% de la Retribución Fija Anual, tendrá la consideración de “cuantía especialmente elevada” según la letra m) del artículo 34.1 de la
Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, y se abonará un 40% de la cuantía de esta RVA de
“cuantía especialmente elevada” se abonará durante el primer trimestre de 2024 y el 60% restante de dicha Retribución Variable Anual de “cuantía
especialmente elevada”, será diferido en los 4 ejercicios siguientes; 2025, 2026, 2027 y 2028, perfeccionándose el devengo y pago a razón de un
máximo del 15% cada uno de los cuatro años de diferimiento.
El abono de la Retribución Variable, tanto de la parte diferida como de la no diferida, se realizará el 50% en metálico y el otro 50% restante en
acciones.
Por lo tanto, durante el primer trimestre de 2024 la Sociedad abonará a los Consejeros Ejecutivos de la RVA total resultante para el año 2023, el
60% hasta el 100% de la Retribución Fija Anual y el 40% de la Retribución Variable Anual devengada que se encuentra entre el 100% y el 200% de
la Retribución Fija Anual, siendo el 50% en metálico y el otro 50% en acciones, por un importe total de 665.280 euros. En concreto, el Presidente
Ejecutivo percibirá 211.200 euros (105.600 euros en metálico y 105.600 euros en acciones), el Consejero Delegado 193.600 euros (96.800 euros en
metálico y 96.800 euros en acciones), el Director General 193.600 euros (96.800 euros en metálico y 96.800 euros en acciones y el Director Regional
66.880 euros (33.440 en metálico y 33.440 en acciones).
Las cantidades restantes diferidas se abonarán en los 4 años siguientes (2025, 2026, 2027 y 2028) según lo establecido para ello en la Política de
Remuneraciones 2022-2023-2024.
Por otro lado, en relación con la RVA devengada en ejercicios anteriores; 2022, 2021 y 2020, cuyo 60% fue abonado durante el primer trimestre del
ejercicio siguiente a su devengo, es decir, en el año 2023, 2022 y 2021, respectivamente, difiriendo el 40% restante de cada una de las RVA, a los 3
años siguientes al ejercicio del devengo en la RVA 2021 y 2020 y a los 4 ejercicios siguientes en la RVA devengada en el ejercicio 2022.
En este sentido, el Consejo a propuesta de la CNR, durante el primer trimestre de 2024, ha llevado a cabo la evaluación del desempeño del
Presidente Ejecutivo, del Consejero Delegado, del Consejero y Director General y del Consejero y Director Regional en base al mantenimiento de la
rentabilidad de los resultados del Grupo Renta 4, atendiendo a las circunstancias del sector durante el período evaluado, siendo el resultado de la
evaluación positiva para todos ellos.
Por este motivo, durante el primer trimestre de 2024, la Sociedad abonará a los Consejeros Ejecutivos, por un lado, el primer cuarto (1/4) del 40%
diferido de la RVA correspondiente al ejercicio 2022, por otro lado, el segundo tercio (2/3) del 40% diferido de la RVA correspondiente al ejercicio
2021, y por último, el tercer y último tercio (3/3) del 40% diferido de la RVA correspondiente al ejercicio 2020, siendo en todos los casos el abono, el
50% en metálico y el otro 50% en acciones.