
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
17 / 41
- Bene?cio Neto: [25 - 26) millones de euros= 112 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [26 - 27) millones de euros= 126 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [27 - 28) millones de euros= 140 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [28 - 29) millones de euros= 154 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [29 - 30) millones de euros= 168 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [30 - 31) millones de euros= 182 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: [31 - 32) millones de euros= 196 % de la Retribución Fija Anual
- Bene?cio Neto: > 32 millones de euros= 200 % de la Retribución Fija Anual
En relación con la RVA a percibir al Presidente Ejecutivo, Consejero Delegado, Director General y el Director Regional, la Retribución Variable Anual
devengada que les correspondiese percibir a cada uno, que se encuentre entre el 0% y el 100% de la Retribución Fija Anual, el 60% se abonará
en el plazo máximo de los 15 días siguientes a la realización de la evaluación, y en todo caso, con anterioridad a la ?nalización del mes de marzo
del año natural siguiente al ejercicio correspondiente en el que se ha devengado. El 40% restante, se someterá a un período de diferimiento de
4 años, perfeccionándose el devengo y pago a razón de un máximo del 10% cada uno de los cuatro de diferimiento. El pago que le corresponda
deberá realizarse antes de la ?nalización del mes de marzo correspondiente del año natural siguiente de cada uno de los ejercicios en los que se
ha producido el diferimiento, es decir, en marzo de 2026, 2027, 2028 y 2029.
Para el perfeccionamiento del devengo y pago del 40% de la RVA diferida, el Consejo, a propuesta de la CNR, realizará una evaluación a la ?
nalización de cada ejercicio del período de diferimiento, en base al mantenimiento de la rentabilidad de los resultados del Grupo Renta 4,
atendiendo a las circunstancias del sector durante el período evaluado y se adaptará a las circunstancias relativas a la actividad de Renta 4, a los
riesgos asumidos por la misma y a la actividad de cada uno de estos Consejeros Ejecutivos, y siempre y cuando la evaluación realizada a cada uno
concluya que su desempeño ha sido correcto y alineado con los objetivos de la Sociedad.
Por otro lado, la Retribución Variable Anual devengada que se encuentra entre el 100% y el 200% de la RFA, tendrá la consideración de “cuantía
especialmente elevada” según la letra m) del artículo 34.1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de Sociedades de
crédito y por tanto, se abonará un 40% de la cuantía de esta RVA de “cuantía especialmente elevada”, en el plazo máximo de los 15 días siguientes
a la realización de la evaluación, y en todo caso, con anterioridad a la ?nalización del mes de marzo del año natural siguiente al ejercicio en el
que se ha devengado. Y el 60% restante de dicha RVA de “cuantía especialmente elevada”, se someterá a un período de diferimiento de 4 años,
perfeccionándose el devengo y pago a razón de un 15% del total de esta RVA en cada uno de los años de diferimiento, es decir, en marzo de 2026,
2027, 2028 y 2029.
Para el perfeccionamiento del devengo y pago del 40% de la RVA diferida y del 60% de la RVA de “cuantía especialmente elevada” diferida, el
Consejo, a propuesta de la CNR, realizará una evaluación a la ?nalización de cada ejercicio del período de diferimiento, en base al mantenimiento
de la rentabilidad de los resultados del Grupo Renta 4, atendiendo a las circunstancias del sector durante el período evaluado y se adaptará a las
circunstancias relativas a la actividad de Renta 4, a los riesgos asumidos por la misma y a la actividad de cada uno de estos Consejeros Ejecutivos, y
siempre y cuando la evaluación realizada a cada uno concluya que su desempeño ha sido correcto y alineado con los objetivos de la Sociedad.
El abono de la RVA Total se realizará el 50% en metálico y el otro 50% restante en acciones, tanto la RVA devengada que se encuentre entre el
0% y el 100% de la Retribución Fija Anual, cuyo abono es del 60% en el primer trimestre del año natural siguiente al ejercicio en el que se ha
devengado, di?riéndose el 40% en los 4 años naturales siguientes, como en el caso de la RVA de “cuantía especialmente elevada” devengada que
se encuentre entre el 100% y el 200% de la RFA, cuyo abono será del 40% en el primer trimestre del año natural siguiente al ejercicio en el que
se ha devengado, di?riéndose el 60% en los 4 años naturales siguientes a razón de un 15% anual. Para calcular el número de acciones devengadas
a entregar, cada año de pago se tomará en consideración el promedio del valor de mercado de la acción durante los 20 últimos días hábiles del
año anterior, siendo las acciones intransferibles durante un período de 3 años desde la entrega, salvo que (i) se mantenga, en el momento de la
transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe
de al menos 2 veces su remuneración ?ja anual mediante la titularidad de acciones; o (ii) respecto de las acciones que necesite enajenar para
satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, para hacer
frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
En consecuencia, como el Bene?cio Neto del Grupo en el 2024 ha sido de 32,136 MM €, el nivel de morosidad ha sido de un 0,55 %, inferior al 5%
y se han alcanzado los objetivos en materia ESG,. En consecuencia, el Consejo considera que se han alcanzado los objetivos anuales ?jados en la
Política de Remuneraciones 2022-2023-2024 y por tanto establece que los Consejeros Ejecutivos han devengado una RVA global correspondiente
al ejercicio 2024 por un importe global de 1.890.000 euros para todos los Consejeros Ejecutivos. En concreto, la RVA total para el Presidente
Ejecutivo correspondiente el ejercicio 2024 asciende a 600.000 euros, al Consejero Delegado y al el Consejero y Director General les corresponde
550.000 euros a cada uno de ellos, y para el Director Regional el importe asciende a 190.000 euros.
De la RVA total resultante para el año 2024, 1.890.000 euros, hasta el 100 % de la Retribución Fija Anual, 60% de dicha cuantía se abonará durante
el primer trimestre de 2025 y el 40% restante será diferido en los 4 ejercicios siguientes; 2026, 2027, 2028 Y 2029, perfeccionándose el devengo y
pago a razón de un máximo del 10% cada uno de los cuatro de diferimiento. La Retribución Variable Anual devengada que se encuentra entre
el 100% y el 200% de la Retribución Fija Anual, tendrá la consideración de “cuantía especialmente elevada” según la letra m) del artículo 34.1 de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, y se abonará un 40% de la cuantía de esta RVA de
“cuantía especialmente elevada” se abonará durante el primer trimestre de 2025 y el 60% restante de dicha Retribución Variable Anual de “cuantía
especialmente elevada”, será diferido en los 4 ejercicios siguientes; 2026, 2027, 2028 y 2029, perfeccionándose el devengo y pago a razón de un
máximo del 15% cada uno de los cuatro años de diferimiento.
El abono de la Retribución Variable, tanto de la parte diferida como de la no diferida, se realizará el 50% en metálico y el otro 50% restante en
acciones.
Por lo tanto, durante el primer trimestre de 2025 la Sociedad abonará a los Consejeros Ejecutivos de la RVA total resultante para el año 2024, el
60% hasta el 100% de la Retribución Fija Anual y el 40% de la Retribución Variable Anual devengada que se encuentra entre el 100% y el 200% de
la Retribución Fija Anual, siendo el 50% en metálico y el otro 50% en acciones, por un importe total de 945.000 euros. En concreto, el Presidente