TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A.
Cuentas Anuales
del ejercicio terminado el
31 de diciembre de 2025
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
1
TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A.
Cuentas Anuales del ejercicio terminado
el 31 de diciembre de 2025
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
2
BALANCE AL CIERRE DEL EJERCICIO 2025
ACTIVO
Notas de la
memoria
2025 2024
A) ACTIVO NO CORRIENTE 634.604,94
570.017,42
I. Inmovilizado intangible.
6
81.734,93
0,00
5. Aplicaciones informáticas.
81.734,93
0,00
II. Inmovilizado material.
5
509.240,63
527.389,68
2. Instalaciones técnicas, y otro inmovilizado material.
467.273,00
409.672,05
3. Inmovilizado en curso y anticipos.
41.967,63
117.717,63
V. Inversiones financieras a largo plazo.
8
819,70
819,70
5. Otros activos financieros.
819,70
819,70
VI. Activos por impuesto diferido.
14.5
42.809,68
41.808,04
B) ACTIVO CORRIENTE 4.534.045,48
3.620.947,85
II. Existencias.
9
12.305,73
32.454,16
1. Comerciales.
6.280,65
5.866,54
2. Materias primas y otros aprovisionamientos.
5.504,72
7.666,25
6. Anticipos a proveedores
520,36
18.921,37
III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar.
8
113.525,86
169.367,92
1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios.
8
85.704,80
141.602,78
6. Otros créditos con las Administraciones Públicas.
14
27.821,06
27.765,14
V. Inversiones financieras a corto plazo.
8
0,00
2.311.714,30
5. Otros activos financieros.
0,00
2.311.714,30
VI. Periodificaciones a corto plazo.
10.369,94
8.019,96
VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
10
4.397.843,95
1.099.391,51
1. Tesorería.
10
4.397.843,95
1.099.391,51
TOTAL ACTIVO (A + B) 5.168.650,42
4.190.965,27
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
3
PATRIMONIO NETO Y PASIVO
Notas de la
memoria
2025 2024
A) PATRIMONIO NETO 4.568.791,09
3.441.067,34
A
-
1) Fondos propios.
11
4.568.791,09
3.441.067,34
I. Capital.
11
300.000,00
300.000,00
1. Capital escriturado.
11
300.000,00
300.000,00
III. Reservas.
11
3.141.067,34
2.293.890,02
1. Legal y estatutarias.
11
60.000,00
60.000,00
2. Otras reservas.
11
3.081.067,34
2.233.890,02
VII. Resultado del ejercicio.
3/11
1.127.723,75
847.177,32
B) PASIVO NO CORRIENTE 171.238,72
167.232,14
I. Provisiones a largo plazo.
12
171.238,72
167.232,14
1. Obligaciones por prestaciones a largo plazo al personal.
12
171.238,72
167.232,14
C) PASIVO CORRIENTE 428.620,61
582.665,79
III. Deudas a corto plazo.
0,00
44.636,75
5. Otros pasivos financieros.
0,00
44.636,75
V. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar.
428.620,61
538.029,04
1. Proveedores
13
15.952,82
2.356,35
2. Proveedores, empresas del grupo y asociadas.
13/16.2
0,00
0,00
3. Acreedores varios.
13
133.702,91
240.768,17
4. Personal (remuneraciones pendientes de pago).
13
14.516,44
10.325,36
5. Pasivos por impuesto corriente.
14
181.544,19
208.991,07
6. Otras deudas con las Administraciones Públicas.
14
43.274,07
42.782,14
7. Anticipos de clientes.
13
39.630,18
32.805,95
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C) 5.168.650,42
4.190.965,27
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
4
CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2025
PÉRDIDAS Y GANANCIAS
Notas
Memoria
(Debe) Haber
2025
2024
A) OPERACIONES CONTINUADAS
1. Importe neto de la cifra de negocios.
15.1
5.240.282,22
4.984.490,29
b) Prestaciones de servicios.
15.1
5.240.282,22
4.984.490,29
4. Aprovisionamientos.
(332.829,06)
(269.232,65)
a) Consumo de mercaderías.
15.2
(265.638,96)
(207.325,31)
b) Consumo de materias primas y otras materias consumibles.
15.2
(66.024,89)
(61.907,34)
c) Trabajos realizados por otras empresas.
15.2
(1.165,21)
0,00
5. Otros ingresos de explotación.
12.000,00
0,00
b) Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio.
12.000,00
0,00
6. Gastos de personal.
15.3
(1.577.912,29)
(1.596.237,60)
a) Sueldos, salarios y asimilados.
15.3
(1.229.037,94)
(1.183.549,33)
b) Cargas sociales.
15.3
(384.664,62)
(422.917,03)
c) Provisiones.
35.790,27
10.228,76
7. Otros gastos de explotación.
15.4
(1.827.392,71)
(2.042.236,29)
a) Servicios exteriores.
15.4
(1.691.972,21)
(1.907.111,74)
b) Tributos.
(148.288,52)
(140.756,32)
c) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales
10.529,47
5.264,73
d) Otros gastos de gestión corriente
2.338,55
367,04
8. Amortización del inmovilizado.
5/6
(91.773,70)
(40.156,53)
11. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado
0,00
(360,00)
b) Resultados por enajenaciones y otras.
0,00
(360,00)
12. Otros Resultados
(9.903,73)
(93,24)
A.1) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11) 1.412.470,73
1.036.173,98
13. Ingresos financieros.
15.5
37.429,16
93.635,46
b) De valores negociables y otros instrumentos financieros.
15.5
37.429,16
93.635,46
b
2
) De terceros.
15.5
37.429,16
93.635,46
14. Gastos financieros.
15.5
0,00
0,00
b) Por deudas con terceros.
15.5
0,00
0,00
A.2) RESULTADO FINANCIERO (12+13+14+15+16)
37.429,16
93.635,46
A.3) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2)
1.449.899,89
1.129.809,44
17. Impuestos sobre beneficios.
14
(322.176,14)
(282.632,12)
A.4) RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS (A.3+17)
1.127.723,75
847.177,32
B) OPERACIONES INTERRUMPIDAS
0,00
0,00
18. Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos
0,00
0,00
A.5) RESULTADO DEL EJERCICIO (A.4+18) 1.127.723,75
847.177,32
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
5
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
A) ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS
A 31 de diciembre de 2025
Notas
Memoria
2025 2024
A) Resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias 3 1.127.723,75
847.177,32
Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto
I. Por valoración instrumentos financieros.
-
-
II. Por coberturas de flujos de efectivo.
-
-
III. Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
-
-
IV. Por ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes.
-
-
V. Efecto impositivo.
-
-
B) Total ingresos y gastos imputados directamente en el patrimonio neto
(I+II+III+IV+V)
-
-
Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias
VI. Por valoración de instrumentos financieros.
-
-
VII. Por coberturas de flujos de efectivo.
-
-
VIII. Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
-
-
IX. Efecto impositivo.
-
-
C) Total transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias
(VI+VII+VIII+IX)
-
-
TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS (A + B + C) 1.127.723,75
847.177,32
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2024______________________
6
B) ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL31 DE DICIEMBRE DE 2025
Capital
Reservas
Resultados de
Resultado
(Dividendo
Subvenciones
TOTAL
Escriturado
ejercicios
del
a
donaciones y
anteriores
ejercicio
cuenta)
legados recibidos
E. SALDO, FINAL DEL AÑO 2023 300.000,00
1.569.600,23
(115.175,46)
839.465,25
0,00
0,00
2.593.890,02
I. Ajustes por cambios de criterio 2023 0,00
II. Ajustes por errores 2023 0,00
D. SALDO AJUSTADO, INICIO DEL AÑO 2024 300.000,00
1.569.600,23
(115.175,46)
839.465,25
0,00
0,00
2.593.890,02
I. Total ingresos y gastos reconocidos. 847.177,32
847.177,32
II. Operaciones con socios o propietarios. 0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
1. Aumentos de capital. 0,00
2. ( - ) Reducciones de capital. 0,00
3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto
0,00
(conversión obligaciones, condonaciones de deudas).
4. ( - ) Distribución de dividendos. 0,00
5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas). 0,00
6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de
0,00
una combinación de negocios.
7. Otras operaciones con socios o propietarios. 0,00
III. Otras variaciones del patrimonio neto. 724.289,79
115.175,46
(839.465,25)
0,00
0,00
E. SALDO, FINAL DEL AÑO 2024 300.000,00
2.293.890,02
(0,00)
847.177,32
0,00
0,00
3.441.067,34
I. Ajustes por cambios de criterio 2024 0,00
II. Ajustes por errores 2024 0,00
D. SALDO AJUSTADO, INICIO DEL AÑO 2025 300.000,00
2.293.890,02
(0,00)
847.177,32
0,00
0,00
3.441.067,34
I. Total ingresos y gastos reconocidos. 1.127.723,75
1.127.723,75
II. Operaciones con socios o propietarios. 0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
1. Aumentos de capital. 0,00
2. ( - ) Reducciones de capital. 0,00
3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto
0,00
(conversión obligaciones, condonaciones de deudas).
4. ( - ) Distribución de dividendos. 0,00
5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas). 0,00
6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de
0,00
una combinación de negocios.
7. Otras operaciones con socios o propietarios. 0,00
III. Otras variaciones del patrimonio neto. 847.177,32
(847.177,32)
0,00
0,00
E. SALDO, FINAL DEL AÑO 2025 300.000,00
3.141.067,34
(0,00)
1.127.723,75
0,00
0,00
4.568.791,09
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2024______________________
7
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025
NOTAS
2025
2024
A) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN
1. Resultado del ejercicio antes de impuestos.
14
1.449.899,89
1.129.809,44
2. Ajustes del resultado.
47.821,65
(28.930,11)
a) Amortización del inmovilizado (+).
5/6
91.773,70
40.156,53
b) Correcciones valorativas por deterioro (+/
-
).
8
(10.529,47)
(5.264,73)
c) Variación de provisiones (+/
-
).
12
4.006,58
29.813,55
g) Ingresos financieros (
-
).
15.5
(37.429,16)
(93.635,46)
h) Gastos financieros (+).
15.5
0,00
0,00
3. Cambios en el capital corriente.
(70.876,84)
170.408,14
a) Existencias (+/
-
).
1.747,42
(2.682,45)
b) Deudores y otras cuentas a cobrar (+/
-
).
84.772,54
(22.092,02)
c) Otros activos corrientes (+/
-
).
(2.349,98)
35.135,61
d) Acreedores y otras cuentas a pagar (+/
-
).
(109.408,43)
122.464,89
e) Otros pasivos corrientes (+/
-
).
(44.636,75)
44.636,75
f) Otros activos y pasivos no corrientes (+/
-
).
(1.001,64)
(7.054,64)
4. Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación.
(284.746,98)
(188.996,66)
a) Pagos de intereses (
-
).
0,00
0,00
c) Cobros de intereses (+).
37.429,16
93.635,46
d) Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios(+/
-
).
(322.176,14)
(282.632,12)
5. Flujos de efectivo de las actividades de explotación (+/
-
1+/
-
2+/
-
3+/
-
4)
1.142.097,72
1.082.290,81
B) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN
6. Pagos por inversiones (
-
).
(155.359,58)
(2.705.868,25)
b) Inmovilizado intangible.
6
(95.406,62)
c) Inmovilizado material.
5
(59.952,96)
(394.105,55)
e) Otros activos financieros.
8
0,00
(2.311.762,70)
7. Cobros por desinversiones (+).
2.311.714,30
893.083,50
c) Inmovilizado material.
0,00
0,00
e) Otros activos financieros.
2.311.714,30
893.083,50
8. Flujos de efectivo de las actividades de inversión (7
-
6)
2.156.354,72
(1.812.784,75)
C) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN
9. Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio.
0,00
0,00
10. Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero.
0,00
0,00
11. Pagos por dividendos y remuneraciones de otros instrumentos de patrimonio.
0,00
0,00
12. Flujos de efectivo de las actividades de financiación (+/
-
9+/
-
10
-
11)
0,00
0,00
D) EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO
0,00
0,00
E) AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (+/
-
5+/
-
8+/
-
12+/
-
D)
3.298.452,44
(730.493,94)
Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio.
10
1.099.391,51
1.829.885,45
Efectivo o equivalentes al final del ejercicio.
10
4.397.843,95
1.099.391,51
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
8
TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A
Memoria del ejercicio 2025
1. Actividad de la empresa
TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. se constituyó como Sociedad Limitada en Madrid, el 18 de
noviembre de 2005. Con fecha 15 de junio de 2011 se procedió a cambiar su forma jurídica a Sociedad
Anónima. Su domicilio social actual se encuentra en la calle Hermosilla, número 57, Madrid. Su actividad
se desarrolla en Santa Ponsa en el término municipal de Calviá, de la isla de Mallorca.
Su actividad y objeto social, de acuerdo con sus estatutos, consiste en el hospedaje hotelero, la adquisición,
tenencia, explotación y venta de hoteles y moteles y en general toda clase de alojamientos, con o sin
restauración. Así mismo, contempla las complementarias del hospedaje hotelero, como la restauración
abierta al público en general, el alquiler de salas de conferencias y reuniones, la organización de comidas
de empresas, banquetes, así como en general de eventos, el alquiler de vehículos, los servicios de lavandería,
peluquería y estética en general.
La Sociedad desarrolla su actividad principal a través de la explotación del establecimiento hotelero
denominado Jardín del Mar, sito en la calle Huguet des Far, número 1 de Santa Ponsa, término municipal
de Calviá, de la isla de Mallorca (en adelante “el Hotel”). El hotel tiene una categoría de 3 estrellas y
dispone de 196 apartamentos y 3 estudios distribuidos en 8 plantas.
La gestión y explotación del Hotel se rige por el contrato de explotación firmado el 1 de octubre de 2006
entre la Sociedad y TR Hoteles Alojamientos y Hosterías, S.A., y en el que la sociedad Ilitia Investments,
S.L. (sociedad vinculada) ha asumido la posición arrendadora desde la adquisición por su parte del
inmueble en julio de 2020. En virtud de este contrato Ilitia Investments, S.L. cede los derechos de
explotación del Hotel a la Sociedad.
Como contraprestación de los derechos de explotación hotelera, la Sociedad abona anualmente una
cantidad no superior a 250.000 euros (IVA no incluido). La base del cálculo para la renta, o canon de
explotación es de un 80% del Resultado Bruto de Explotación del establecimiento hotelero (Gross Operate
Profit), con el límite anual expuesto anteriormente.
Se entiende, a los efectos del cálculo de la renta o canon de explotación hotelera, como Gross Operate Profit
(en adelante GOP) el resultado de explotación obtenido de los estados financieros de la Sociedad a fecha
de cierre de cada ejercicio económico, menos el efecto de las amortizaciones, de los deterioros y resultados
por enajenaciones del inmovilizado y del propio canon.
El plazo de vigencia de este contrato en virtud de la escritura de subsanación de fecha 21 de junio de 2011
era hasta el 13 de abril de 2016.
No obstante, lo anterior, las partes suscribieron el 22 de junio de 2011 un contrato privado para estipular el
período de duración del arrendamiento que les une, en las siguientes condiciones estipuladas en su única
cláusula:
“El arrendamiento mencionado tendrá una vigencia de veinte años, finalizando, por tanto, el 13 de abril
de 2031. A estos efectos, la arrendataria podrá exigir a la arrendadora la firma de la correspondiente
escritura pública de arrendamiento por cada uno de los tres plazos de cinco años que restan hasta
completar la citada vigencia de veinte años. La formalización en documento público de cada uno de los
tres períodos de cinco años podser exigida por la arrendataria con el solo requisito de comunicárselo
a la arrendadora con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación de cada uno de los
períodos de cinco años ya mencionados”.
El contrato privado de fecha 22 de junio de 2011, por medio del cual las partes acordaron prolongar la
duración del acuerdo, deja en manos del arrendatario, TR Hotel Jardín del Mar, la capacidad de exigir o no
la formalización de prórroga del mismo. Es TR Hotel Jardín del Mar la que tiene el derecho, si lo estima
conveniente, de exigir el efectivo cumplimiento de las prórrogas, por sucesivos periodos de cinco años cada
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
9
uno, hasta completar el máximo de 20 años previamente acordado, siendo, evidentemente, el deseo a priori
que el arrendamiento se prolongue hasta su periodo máximo y más allá, lo que denotaría que la explotación
sigue los cauces deseados.
En virtud de dicho acuerdo privado las partes firmaron con fecha 25 de febrero de 2016 la formalización
de la primera de las prórrogas de cinco años, lo que suponía ampliar el plazo de vigencia hasta el 13 de
abril de 2021. Dicha formalización está elevada a documento público con fecha 10 de marzo de 2016
mediante escritura con protocolo nº 447 del notario de Madrid D. José Blanco Losada.
Del mismo modo, la Sociedad ejerció su derecho a ampliar el contrato por un segundo periodo de cinco
años, elevando a público dicho acuerdo con escritura con de protocolo 691 de D. Jorge Sáez-Santurtún
Prieto de fecha 2 de marzo de 2021, quedando el nuevo vencimiento del contrato de arrendamiento
establecido en el 13 de abril de 2026.
Aunque el compromiso legalmente adquirido a la fecha de cierre del ejercicio limita las obligaciones de
pago legalmente contraídas al 13 de abril de 2026, la intención de la Sociedad es llevar a término la totalidad
del contrato, es decir, hasta 2031.
La Sociedad, en base a la norma 8ª del PGC entiende este contrato de arrendamiento como “operativo” ya
que no se estipula ninguna opción de compra al finalizar el arrendamiento y únicamente se cede al
arrendatario el derecho de uso del bien por un período determinado a cambio de un pago que no tiene carga
financiera. Tampoco se dan ninguna de las demás condiciones que establece la Norma para presumir la
transferencia de todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, aunque no exista opción de
compra, tal y como se detalla en la Nota 7.
La Sociedad fue admitida a cotización en el Segundo Mercado de la Bolsa de Valores de Barcelona, según
certificado de admisión de fecha 29 de diciembre de 2011 con efectos al día 30 de diciembre de 2011.
La Sociedad forma parte del grupo de sociedades conocido como “Grupo SEM” cuya actividad principal
es el Hospedaje Hotelero, y cuya sociedad dominante es SEM Iberia Investments, S.L. Su domicilio social
se encuentra, a 31 de diciembre de 2025 y 2024, en la Calle Piquer 4, D de Madrid. La sociedad
dominante última es Half Moon Investments Ltd. con domicilio social en 3401 Al Maqam Tower, Abu
Dhabi Global Market Square, Al Maryah Island, Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos.
La Sociedad mantiene un volumen significativo de saldos y transacciones con las empresas vinculadas.
El ejercicio social de la Sociedad comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año.
2. Bases de presentación de las cuentas anuales
2.1. Marco normativo de información financiera aplicable a la Sociedad
Estas cuentas anuales se han formulado por los Administradores de acuerdo con el marco normativo de
información financiera aplicable a la Sociedad, que es el establecido en:
a) Código de Comercio y la restante legislación mercantil.
b) Plan General de Contabilidad aprobado mediante Real Decreto 1514/2007 (En adelante, PGC
2007) y las modificaciones incorporadas a éste mediante RD 1159/2010, RD 602/2016 y RD
1/2021, con objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los
resultados de la Sociedad.
c) Las normas de obligado cumplimiento aprobadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas en desarrollo del Plan General de Contabilidad y sus normas complementarias.
d) Las normas y circulares aplicables de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
e) El resto de la normativa contable española que resulte de aplicación.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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2.2. Imagen fiel
Las cuentas anuales adjuntas han sido obtenidas de los registros contables de la Sociedad y se presentan de
acuerdo con el marco normativo de información financiera que le resulta de aplicación y en particular, los
principios y criterios contables en él contenidos, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, de
la situación financiera, de los resultados de la Sociedad y de los flujos de efectivo habidos durante el
correspondiente ejercicio.
Estas cuentas anuales, que han sido formuladas por los Administradores de la Sociedad, se someterán a la
aprobación por la Junta General Ordinaria de Accionistas, estimándose que serán aprobadas sin
modificación alguna.
Por su parte, las cuentas anuales del ejercicio 2024 fueron aprobadas por la Junta General de Accionistas
celebrada el 28 de julio de 2025.
2.3. Principios contables no obligatorios aplicados
La Sociedad no aplica principios contables diferentes a los requeridos por la normativa vigente.
2.4. Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre
Principio de empresa en funcionamiento:
A los riesgos del contexto económico y geo político mundial y las crisis bélicas ya existentes en os
anteriores y a 31 de diciembre de 2025, se ha añadido, con posterioridad al cierre del ejercicio, el incremento
de la tensión geopolítica internacional derivado del conflicto en Oriente Medio, incluido el ataque de los
Estados Unidos a Irán.
En relación con la evolución de estos riesgos y el impacto que están provocando en los mercados financieros
y la economía mundial, ante la incertidumbre existente y no siendo posible determinar de forma fiable, con
la información disponible en este momento, su duración y consecuencias, a la fecha de formulación de las
presentes cuentas anuales los Administradores de la Sociedad se encuentran evaluando los posibles efectos
en que dichas circunstancias pudieran afectar a su actividad, activos, pasivos y resultados en particular.
Considerando que podrá seguir desarrollando sus operaciones sin problemas de abastecimiento
significativos y mantener la liquidez necesaria para hacer frente a sus compromisos de pago a corto y medio
plazo, no se han identificado a priori circunstancias que requieran la realización de ajustes en las presentes
cuentas anuales ni que cuestionen o pongan en riesgo la continuidad de la actividad en este contexto, por
lo que la Sociedad ha elaborado sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento.
No obstante, la situación está siendo monitorizada permanentemente.
Juicios en la aplicación de políticas contables:
La preparación de las cuentas anuales requiere que la Dirección realice estimaciones contables relevantes,
juicios, estimaciones e hipótesis, que pudieran afectar a las políticas contables adoptadas y al importe de
los activos, pasivos, ingresos, gastos y desgloses con ellos relacionados.
Las estimaciones y las hipótesis realizadas se basan, entre otros, en la experiencia histórica u otros hechos
considerados razonables teniendo en cuenta las circunstancias a la fecha de cierre, el resultado de las cuales
representa la base de juicio sobre el valor contable de los activos y pasivos no determinables de una cuantía
de forma inmediata.
Los resultados reales podrían manifestarse de forma diferente a la estimada. Estas estimaciones y juicios se
evalúan continuamente.
Algunas estimaciones contables se consideran significativas si la naturaleza de las estimaciones y supuestos
es material y si el impacto sobre la posición financiera o el rendimiento operativo es material.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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Aunque estas estimaciones fueron realizadas por la Dirección de la Sociedad con la mejor información
disponible al cierre de cada ejercicio, aplicando su mejor estimación y conocimiento del mercado, es posible
que eventuales acontecimientos futuros obliguen a la Sociedad a modificarlas en los siguientes ejercicios.
De acuerdo con la legislación vigente se reconocerá prospectivamente los efectos del cambio de estimación
en la cuenta de resultados.
Se detallan a continuación las principales estimaciones y juicios realizados por la Sociedad:
- La vida útil de los activos materiales (véase Nota 4.1).
- La evaluación de posibles pérdidas por deterioro de determinados activos (véase Nota 4.1).
- La recuperabilidad de los activos fiscales (véase Nota 4.5).
- El reconocimiento de ingresos (véase Nota 4.6).
- La gestión de riesgos y en especial el riesgo de liquidez (véase Nota 7.2).
- Las obligaciones con el personal (véase Nota 11).
2.5. Comparación de la información
De acuerdo con la legislación mercantil, se presenta, a efectos comparativos, con cada una de las partidas
del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto, del estado
de flujos de efectivo y de la memoria, además de las cifras del ejercicio 2025, las correspondientes al
ejercicio anterior, sin que exista ninguna circunstancia que impida su comparación.
2.6. Agrupación de partidas
Las cuentas anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el balance, en la
cuenta de pérdidas y ganancias, en el estado de cambios en el patrimonio neto o en el estado de flujos de
efectivo.
2.7. Cambios en criterios contables
Durante el ejercicio 2025, no se han producido cambios de criterios contables significativos respecto a los
criterios aplicados en el ejercicio 2024.
2.8. Corrección de errores
Las cuentas anuales del ejercicio 2025 no incluyen ajustes realizados como consecuencia de errores
detectados en el ejercicio.
3. Aplicación del resultado
La propuesta de aplicación del resultado del ejercicio formulada por los Administradores de la Sociedad y
que se someterá a la aprobación de la Junta General de Accionistas, así como la distribución acordada del
ejercicio anterior, son las siguientes:
Ejercicio 2025 Ejercicio 2024
Base de reparto:
Beneficio ejercicio 1.127.723,75
847.177,32
1.127.723,75
847.177,32
Aplicación:
A reserva legal 0,00
0,00
A resultados negativos de ejercicios anteriores 0,00
0,00
A Reserva por Inversión en Baleares (RIB) (*) 0,00
0,00
Reservas voluntarias 1.127.723,75
847.177,32
Total 1.127.723,75
847.177,32
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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Durante los ejercicios 2025 y 2024 no se han distribuido dividendos a cuenta.
No existen limitaciones para la distribución de dividendos, salvo la dotación de la reserva legal.
(*).- Reserva para inversiones en Islas Baleares: la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023 introdujo en su Disposición adicional septuagésima (D.A.70ª) el
“Régimen fiscal especial de las Illes Balears”, que, entre otras medidas, incluye la Reserva para inversiones
en las Illes Balears (RIB) cuyo funcionamiento es el siguiente a grandes rasgos:
Esta medida tiene efectos para los períodos impositivos que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31
de diciembre de 2028.
Los contribuyentes del IS tendrán derecho a la reducción en la base imponible de las cantidades que, con
relación a sus establecimientos situados en las Illes Balears, destinen de sus beneficios a la RIB.
La reducción se aplicará a las dotaciones que en cada período impositivo se hagan a la RIB hasta el límite
del 90% de la parte de beneficio obtenido en el mismo período que no sea objeto de distribución, en cuanto
proceda de establecimientos situados en las Illes Balears.
La RIB debefigurar en los balances con absoluta separación y título apropiado y será indisponible en
tanto que los bienes en que se materializó deban permanecer en la empresa.
Las cantidades destinadas a la RIB deberán ser reinvertidas, entre otros, en la adquisición de inmovilizado
material o intangible, en activos que contribuyan a la protección del medioambiente, o en gastos en
innovación y desarrollo. Estos elementos deberán estar situados o ser recibidos en el archipiélago balear,
utilizados en el mismo, afectos y necesarios para el desarrollo de actividades económicas del contribuyente.
Dichas inversiones deben materializarse en un plazo máximo de tres años contados desde la fecha de
devengo del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en el que se dote la reserva.
Las inversiones deberán permanecer en funcionamiento en la empresa durante cinco años como mínimo,
sin ser objeto de transmisión, arrendamiento o cesión a terceros para su uso. Si su vida útil fuera inferior a
dicho período, deberá procederse, en un plazo de seis meses, a la adquisición de otro elemento patrimonial
que lo sustituya, por su mismo valor contable.
La aplicación del beneficio de la reserva para inversiones será incompatible, para los mismos bienes y
gastos, con las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades reguladas en el
capítulo IV del título VI LIS, como las deducciones en I+D e innovación tecnológica o la creación de
empleo, entre otras.
La RIB, junto con otros beneficios fiscales y ayudas públicas aplicables para las Islas Baleares, debe
ajustarse a los límites fijados en la normativa comunitaria relativa a las denominadas ayudas de "minimis".
Concretamente, el apartado Seis de la D.A.70ª establece que los beneficios fiscales contemplados en el
“Régimen fiscal especial de las Illes Balears” solo resultarán de aplicación para los contribuyentes que
desarrollen su actividad en los ámbitos regulados en los Reglamentos de la UE de ayudas de “minimis”
(Rgto UE/360/2012; Rgto UE/1407/2013; Rgto UE/1408/2013 y Rgto UE/717/2014, y los que les sucedan).
Entre estos Reglamentos, cabe destacar que el Rgto UE/1407/2013 tiene como ámbito de aplicación a las
empresas de todos los sectores, con excepción de algunos sectores entre los que no se encuentra el sector
hotelero.
En este sentido, de acuerdo con la citada norma, estos beneficios fiscales, conjuntamente con cualquier otra
ayuda percibida al amparo de la normativa que resulte de aplicación, no podrán superar los importes que,
para su respectivo ámbito de aplicación, establecen los Reglamentos de la UE de ayudas de “minimis” a lo
largo de un periodo de tres años. Concretamente, el citado Rgto UE/1407/2013, que resultaba aplicable
hasta el 31 de diciembre de 2023, establecía un límite trienal máximo de 200.000€ (“El importe total de las
ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200 000 EUR
durante cualquier período de tres ejercicios fiscales”).
A este respecto, el 1 de enero de 2024 entró en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2023/2831, que resulta
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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aplicable a las empresas de todos los sectores con excepción de algunos sectores entre los que no se
encuentra el sector hotelero, y que incrementa el límite trienal, pasando de 200.000€ a 300.000€. Es decir,
se aumenta hasta los 300.000€ el límite ximo de las ayudas de minimis que una única empresa puede
recibir por un Estado miembro en cualquier período de tres años (se indica que este nuevo Reglamento se
aplicará a las ayudas concedidas antes de su entrada en vigor si tales ayudas reúnen todas las condiciones
establecidas en él).
La Sociedad creó en 2023 una reserva para inversión de Baleares de un importe de 189.259,00 euros, que
se correspondía con la compra e instalación de una planta enfriadora marca HITSA-TOPAIR, cuyo
presupuesto fue aprobado el 24 de febrero de 2024. En la distribución del resultado de 2023 la reserva
figuró con una rúbrica aparte, con la consideración de “reserva indisponible”.
4. Normas de registro y valoración
Las principales normas de registro y valoración utilizadas por la Sociedad en la elaboración de sus cuentas
anuales de los ejercicios 2025 y 2024, de acuerdo con las establecidas por el Plan General de Contabilidad,
han sido las siguientes:
4.1. Inmovilizado intangible
Corresponden a aplicaciones informáticas adquiridas a terceros y se capitalizan sobre la base de los costes
en que se ha incurrido para adquirirlas.
Las aplicaciones informáticas, se amortizan linealmente durante su vida útil, a razón de un 25% anual.
Los gastos de mantenimiento de las aplicaciones informáticas incurridos durante el ejercicio se registran en
la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Tal y como se establece en la norma l letra h de la Norma de registro y valoración del PGC las inversiones
“no separables” del activo arrendado se realizarán en función de la duración del contrato de arrendamiento
incluidos los periodos de renovación.
De este modo la vida útil de las inversiones no separables del hotel se considera que finalizará el 13 de abril
de 2031, siempre que la vida útil del elemento sea superior a dicha fecha.
4.2. Inmovilizado material
El inmovilizado material se encuentra valorado por su precio de adquisición neto de la correspondiente
amortización acumulada y, en su caso, del importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro
reconocidas.
Los gastos de conservación y mantenimiento incurridos durante el ejercicio se cargan a la Cuenta de
Pérdidas y Ganancias. Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes del inmovilizado
material, que representan un aumento de la capacidad, productividad o un alargamiento de la vida útil, se
capitalizan como mayor valor de los correspondientes bienes, una vez dados de baja los valores contables
de los elementos que hayan sido sustituidos.
El inmovilizado material, neto en su caso del valor residual del mismo, se amortiza distribuyendo
linealmente el coste de los diferentes elementos que componen dicho inmovilizado entre los años de vida
útil estimada que constituyen el período en el que la Sociedad espera utilizarlos, según el siguiente detalle:
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Porcentaje
Anual
Años de Vida Útil
Estimados
Instalaciones técnicas 10 10
Mobiliario 10 10
Maquinaria 12-15 8,33 - 6,67
Utillaje 25 4
Equipos informáticos 25 4
Lencería, vajilla, cubertería 25 4
Cristalería 50 2
Tal y como se establece en la norma l letra h de la Norma de registro y valoración del PGC las inversiones
“no separables” del activo arrendado se realizarán en función de la duración del contrato de arrendamiento
incluidos los periodos de renovación.
De este modo la vida útil de las inversiones no separables del hotel se considera que finalizará el 13 de abril
de 2031, siempre que la vida útil del elemento sea superior a dicha fecha.
El importe en libros de un elemento de inmovilizado material se da de baja en cuentas por su enajenación
o disposición por otra vía; o cuando no se espera obtener beneficios o rendimientos económicos futuros por
su uso, enajenación o disposición por otra vía.
Al cierre del ejercicio, la Sociedad evalúa si existen indicios de deterioro del valor de un elemento del
inmovilizado material o de alguna unidad generadora de efectivo, en cuyo caso, se estiman los importes
recuperables y se efectúan las correcciones valorativas necesarias.
Se entiende que existe una pérdida por deterioro del valor de un elemento del inmovilizado material cuando
su valor contable supera a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor
razonable menos los costes de venta y su valor en uso.
Las correcciones valorativas por deterioro de los elementos del inmovilizado material, así como su
reversión cuando las circunstancias que las motivaron dejan de existir, se reconocen como un gasto o un
ingreso, respectivamente, en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
4.3. Arrendamientos
La Sociedad clasifica un arrendamiento como financiero cuando de las condiciones económicas del acuerdo
de arrendamiento se deduce que se le han transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios
inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. En caso de que no se cumplan las condiciones del
contrato de arrendamiento para ser considerado como financiero, éste se considerará como un
arrendamiento operativo.
La Sociedad, en base a la norma del PGC entiende el contrato de arrendamiento que mantiene sobre el
inmueble que gestiona como “operativo” ya que no se estipula ninguna opción de compra al finalizar el
arrendamiento y únicamente se cede al arrendatario el derecho de uso del bien por un período determinado
a cambio de un pago que no tiene carga financiera. Tampoco se dan ninguna de las demás condiciones que
establece la Norma para presumir la transferencia de todos los riesgos y beneficios inherentes a la
propiedad, aunque no exista opción de compra, tal y como se detalla en la Nota 7.
Aunque el compromiso legalmente adquirido a la fecha de cierre del ejercicio limita las obligaciones de
pago legalmente contraídas al 13 de abril de 2026, la intención de la Sociedad es llevar a término la totalidad
del contrato, es decir, hasta 2031.
En la Nota 1 de esta Memoria, se detallan los antecedentes, las condiciones, plazos, etc, del mencionado
contrato
Los gastos de arrendamientos operativos incurridos durante el ejercicio se cargan a la Cuenta de Pérdidas
y Ganancias.
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4.4. Instrumentos financieros
La Sociedad tiene registrados en el capítulo de instrumentos financieros, aquellos contratos que dan lugar
a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de
patrimonio en otra empresa. Por tanto, la presente norma resulta de aplicación a los siguientes instrumentos
financieros:
a) Activos financieros:
Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
Créditos por operaciones comerciales: clientes y deudores varios;
Créditos a terceros: tales como los préstamos y créditos financieros concedidos, incluidos los
surgidos de la venta de activos no corrientes;
Valores representativos de deuda de otras empresas adquiridos: tales como las obligaciones, bonos
y pagarés;
Instrumentos de patrimonio de otras empresas adquiridos: acciones, participaciones en
instituciones de inversión colectiva y otros instrumentos de patrimonio;
Derivados con valoración favorable para la empresa: entre ellos, futuros u operaciones a plazo,
opciones, permutas financieras y compraventa de moneda extranjera a plazo, y
Otros activos financieros: tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al
personal, fianzas y depósitos constituidos, dividendos a cobrar y desembolsos exigidos sobre
instrumentos de patrimonio propio.
b) Pasivos financieros:
bitos por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios;
Deudas con entidades de crédito;
Obligaciones y otros valores negociables emitidos: tales como bonos y pagarés;
Derivados con valoración desfavorable para la empresa: entre ellos, futuros u operaciones a plazo,
opciones, permutas financieras y compraventa de moneda extranjera a plazo;
Deudas con características especiales, y
Otros pasivos financieros: deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros
recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la
compra de activos no corrientes, fianzas y depósitos recibidos y desembolsos exigidos por terceros
sobre participaciones.
c) Instrumentos de patrimonio propio: todos los instrumentos financieros que se incluyen dentro de los
fondos propios, tal como las acciones ordinarias emitidas o participaciones en el capital social.
4.4.1 Activos financieros:
Activos financieros a coste amortizado. Un activo financiero se incluye en esta categoría, incluso cuando
esté admitido a negociación en un mercado organizado, si la empresa mantiene la inversión con el objetivo
de percibir los flujos de efectivo derivados de la ejecución del contrato, y las condiciones contractuales del
activo financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente cobros de
principal e intereses sobre el importe del principal pendiente. Los flujos de efectivo contractuales que son
únicamente cobros de principal e interés sobre el importe del principal pendiente son inherentes a un
acuerdo que tiene la naturaleza de préstamo ordinario o común, sin perjuicio de que la operación se acuerde
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a un tipo de interés cero o por debajo de mercado. Con carácter general, se incluyen en esta categoría los
créditos por operaciones comerciales (aquellos activos financieros que se originan en la venta de bienes y
la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa con cobro aplazado), y los créditos por
operaciones no comerciales aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio ni
derivados, no tienen origen comercial y cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable, que
proceden de operaciones de préstamo o crédito concedidos por la empresa). Es decir, dentro de esta
categoría estarían los préstamos y cuentas a cobrar, acomo aquellos valores representativos de deuda,
con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un
mercado activo y que la Sociedad tiene intención y capacidad de conservar hasta su vencimiento.
Valoración inicial: Inicialmente se valoran por su valor razonable, más los costes de transacción
que les sean directamente atribuibles. No obstante, los créditos por operaciones comerciales con
vencimiento no superior a un año y que no tienen un tipo de interés contractual explícito, así como
los créditos al personal, los dividendos a cobrar y los desembolsos exigidos sobre instrumentos de
patrimonio, cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, se podrán valorar por su valor nominal
cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
Valoración posterior: se hace a coste amortizado y los intereses devengados se contabilizan en la
cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
No obstante, los créditos con vencimiento no superior a un año que, de acuerdo con lo dispuesto
en el apartado anterior, se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por
dicho importe, salvo que se hubieran deteriorado.
Cuando los flujos de efectivo contractuales de un activo financiero se modifican debido a las
dificultades financieras del emisor, la empresa analizará si procede contabilizar una pérdida por
deterioro de valor.
Deterioro: La Sociedad registra los correspondientes deterioros por la diferencia existente entre el
importe a recuperar de las cuentas por cobrar y el valor en libros por el que se encuentran
registradas.
Al menos al cierre del ejercicio, se efectúan las correcciones valorativas necesarias siempre que
existe evidencia objetiva de que el valor de un activo financiero incluido en esta categoría, o de
un grupo de activos financieros con similares características de riesgo valorados colectivamente,
se ha deteriorado como resultado de uno o más eventos que hayan ocurrido después de su
reconocimiento inicial y que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados
futuros, que pueden venir motivados por la insolvencia del deudor.
La pérdida por deterioro del valor de estos activos financieros es la diferencia entre su valor en
libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros, incluidos, en su caso, los procedentes de
la ejecución de las garantías reales y personales, que se estima van a generar, descontados al tipo
de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial.
Las correcciones de valor por deterioro, así como su reversión cuando el importe de dicha pérdida
disminuyese por causas relacionadas con un evento posterior, se reconocen como un gasto o un
ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tiene
como límite el valor en libros del activo que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se
hubiese registrado el deterioro del valor.
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Correcciones valorativas por deudas de dudoso cobro
La Sociedad, como mínimo al cierre del ejercicio, realiza un análisis de los activos financieros que
no estuvieran registrados a valor razonable registrando, si aplica, en la cuenta de pérdidas y
ganancias el pertinente deterioro.
El indicio o la sospecha de que un cliente puede no afrontar sus obligaciones de pago pueden venir
de diferentes causas. La primera señal, obviamente, es que no atienda en su plazo los pagos
programados. La sociedad contactará con el cliente y aquí también se pueden observar distintas
situaciones, desde que no sea posible contactar con el cliente, que el cliente de excusas dilatorias
o que el cliente muestre una voluntad de solucionar la morosidad. Para la clasificación de cliente
dudoso también pueden existir causas objetivas como el conocimiento de que el cliente ha
presentado una declaración de concurso voluntario de acreedores.
En función del análisis de las distintas casuísticas la sociedad clasificará al cliente como dudoso
por el importe pendiente de cobro superior a un año de antigüedad, cuando el cliente sea imposible
de localizar o manifieste su imposibilidad de afrontar los pagos; se continuarán, en cualquier caso,
los intentos de cobro de estos saldos, incluso vía judicial.
La sociedad aplica los deterioros dotados contra los clientes dudosos correspondientes tras analizar
la inviabilidad y antigüedad de cada saldo.
Activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Se incluyen en
esta categoría todos los activos financieros, salvo que proceda su clasificación en alguna de las restantes
categorías. Se incluyen obligatoriamente en esta categoría los activos financieros mantenidos para negociar.
Los instrumentos de patrimonio que no se mantienen para negociar, ni se valoran al coste, la empresa puede
realizar la elección irrevocable en el momento de su reconocimiento inicial de presentar los cambios
posteriores en el valor razonable directamente en el patrimonio neto.
En todo caso, la empresa puede, en el momento del reconocimiento inicial, designar un activo financiero
de forma irrevocable como medido al valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias si
haciéndolo elimina o reduce significativamente una incoherencia de valoración o asimetría
Valoración inicial: Se valoran por su valor razonable. Los costes de transacción que les sean
directamente atribuibles se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
Valoración posterior: Valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Deterioro: No se deterioran puesto que están en todo momento valorados por su valor razonable,
imputándose las variaciones de valor al resultado del ejercicio.
Activos financieros a coste. Dentro de esta categoría se incluyen, entre otras, las inversiones en el
patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas, así como las restantes inversiones en
instrumentos de patrimonio cuyo valor razonable no puede determinarse por referencia a un precio cotizado
en un mercado activo para un instrumento idéntico, o no puede obtenerse una estimación fiable del mismo.
Se incluirán también en esta categoría los préstamos participativos cuyos intereses tengan carácter
contingente y cualquier otro activo financiero que inicialmente procediese clasificar en la cartera de valor
razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando no sea posible obtener una estimación
fiable de su valor razonable.
Valoración inicial: Se valoran al coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación
entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.
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Valoración posterior: Los instrumentos de patrimonio incluidos en esta categoría se valoran por
su coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.
Deterioro: Al menos al cierre del ejercicio, se efectúan las correcciones valorativas necesarias
siempre que existe evidencia objetiva de que el valor en libros de una inversión no es recuperable.
La Sociedad registra los correspondientes deterioros por la diferencia existente entre el valor en
libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable
menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la
inversión, que para el caso de instrumentos de patrimonio se calculan, bien mediante la estimación
de los que se espera recibir como consecuencia del reparto de dividendos realizado por la empresa
participada y de la enajenación o baja en cuentas de la inversión en la misma, bien mediante la
estimación de su participación en los flujos de efectivo que se espera sean generados por la
empresa participada, procedentes tanto de sus actividades ordinarias como de su enajenación o
baja en cuentas.
Salvo mejor evidencia del importe recuperable de las inversiones en instrumentos de patrimonio,
la estimación de la pérdida por deterioro de esta clase de activos se calcula en función del
patrimonio neto de la entidad participada y de las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la
valoración, netas del efecto impositivo. En la determinación de ese valor, y siempre que la empresa
participada haya invertido a su vez en otra, se tiene en cuenta el patrimonio neto incluido en las
cuentas anuales consolidadas elaboradas aplicando los criterios del Código de Comercio y sus
normas de desarrollo.
El reconocimiento de las correcciones valorativas por deterioro de valor y, en su caso, su reversión,
se registran como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias.
La reversión del deterioro tendrá como límite el valor en libros de la inversión que estaría
reconocida en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.
Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Un activo financiero se incluye
en esta categoría cuando las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas
especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente cobros de principal e intereses sobre el importe del
principal pendiente, y no se mantiene para negociar ni proceda clasificarlo en la categoría de activos
financieros a coste amortizado. También se incluyen en esta categoría las inversiones en instrumentos de
patrimonio para las que, debiéndose haberse incluido en la categoría de activos financieros a valor razonable
con cambios en rdidas y ganancias, se ha ejercitado la opción irrevocable de clasificarlas en esta
categoría.
Valoración inicial: Valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, es el precio de la
transacción, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada, más los costes de
transacción que les son directamente atribuibles
Valoración posterior: Valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pueda
incurrir en su enajenación. Los cambios que se producen en el valor razonable se registran
directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero causa baja del balance o se
deteriora, momento en que el importe así reconocido, se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias
Deterioro: Al menos al cierre del ejercicio, se efectúan las correcciones valorativas necesarias
siempre que existe evidencia objetiva de que el valor de un activo financiero se ha deteriorado
como resultado de uno o más eventos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial, y
que ocasionen: - retraso en los flujos de efectivo estimados futuros; o - la falta de recuperabilidad
del valor en libros del activo, evidenciada, por ejemplo, por un descenso prolongado o significativo
en su valor razonable.
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La corrección valorativa por deterioro del valor de estos activos financieros es la diferencia entre
su coste o coste amortizado menos, en su caso, cualquier corrección valorativa por deterioro
previamente reconocida en la cuenta de pérdidas y ganancias y el valor razonable en el momento
en que se efectúe la valoración. Las pérdidas acumuladas reconocidas en el patrimonio neto por
disminución del valor razonable, siempre que exista una evidencia objetiva de deterioro en el valor
del activo, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Si en ejercicios posteriores se incrementa el valor razonable, la corrección valorativa reconocida
en ejercicios anteriores revierte con abono a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. No
obstante, en el caso de que se incrementase el valor razonable correspondiente a un instrumento
de patrimonio, la corrección valorativa reconocida en ejercicios anteriores no revertirá con abono
a la cuenta de pérdidas y ganancias y se registra el incremento de valor razonable directamente
contra el patrimonio neto.
Reclasificación de activos financieros
Cuando la empresa cambie la forma en que gestiona sus activos financieros para generar flujos de efectivo,
reclasificará todos los activos afectados de acuerdo con los criterios establecidos en los apartados anteriores
de esta norma. La reclasificación de categoría no es un supuesto de baja de balance sino un cambio en el
criterio de valoración.
Se pueden dar las siguientes reclasificaciones:
Reclasificación de los activos financieros a coste amortizado a la categoría de activos financieros
a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias y al contrario.
Reclasificación de los activos financieros a coste amortizado a la categoría de activos financieros
a valor razonable con cambios en el patrimonio neto y, al contrario.
Reclasificación de los activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas
y ganancias a la categoría de activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio
neto y, al contrario.
Reclasificación de las inversiones en instrumentos de patrimonio valoradas a coste a la categoría
de activos financieros a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias y al contrario.
Intereses y dividendos recibidos de activos financieros
Los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento de la
adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias. Los intereses de los activos
financieros valorados a coste amortizado se reconocen por el método del tipo de interés efectivo y los
ingresos por dividendos procedentes de inversiones en instrumentos de patrimonio se reconocen cuando
han surgido los derechos para la Sociedad a su percepción.
En la valoración inicial de los activos financieros se registran de forma independiente, atendiendo a su
vencimiento, el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos en dicho momento, así como
el importe de los dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición.
Asimismo, si los dividendos distribuidos proceden inequívocamente de resultados generados con
anterioridad a la fecha de adquisición porque se hayan distribuido importes superiores a los beneficios
generados por la participada desde la adquisición, no se reconocen como ingresos, y minoran el valor
contable de la inversión.
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El juicio sobre si se han generado beneficios por la participada se realiza atendiendo exclusivamente a los
beneficios contabilizados en la cuenta de pérdidas y ganancias individual desde la fecha de adquisición,
salvo que de forma indubitada el reparto con cargo a dichos beneficios deba calificarse como una
recuperación de la inversión desde la perspectiva de la entidad que recibe el dividendo.
Baja de activos financieros
La Sociedad da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos
de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos y
beneficios inherentes a su propiedad. En el caso concreto de cuentas a cobrar se entiende que este hecho se
produce en general si se han transmitido los riesgos de insolvencia y mora.
Cuando el activo financiero se da de baja la diferencia entre la contraprestación recibida neta de los costes
de transacción atribuibles y el valor en libros del activo, más cualquier importe acumulado que se haya
reconocido directamente en el patrimonio neto, determina la ganancia o pérdida surgida al dar de baja dicho
activo, que forma parte del resultado del ejercicio en que ésta se produce.
Por el contrario, la Sociedad no da de baja los activos financieros, y reconoce un pasivo financiero por un
importe igual a la contraprestación recibida, en las cesiones de activos financieros en las que se retenga
sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad.
Efectivo y otros medios líquidos equivalentes
Bajo este epígrafe del balance de situación adjunto se registra el efectivo en caja y bancos, depósitos a la
vista y otras inversiones a corto plazo con vencimiento inferior a tres meses de alta liquidez que son
rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.
4.4.2 Pasivos financieros:
Los pasivos financieros, a efectos de su valoración, se incluyen en alguna de las siguientes categorías:
Pasivos financieros a coste amortizado. Dentro de esta categoría se clasifican todos los pasivos financieros
excepto cuando deben valorarse a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Con
carácter general, se incluyen en esta categoría los débitos por operaciones comerciales y los débitos por
operaciones no comerciales.
Los préstamos participativos que tengan las características de un préstamo ordinario o común también se
incluirán en esta categoría sin perjuicio de que la operación se acuerde a un tipo de interés cero o por debajo
de mercado.
Valoración inicial: Inicialmente se valoran por su valor razonable, que, salvo evidencia en
contrario, es el precio de la transacción, que equivale al valor razonable de la contraprestación
recibida ajustado por los costes de transacción que le sean directamente atribuibles. No obstante,
los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un
tipo de interés contractual, así como los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones,
cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, se pueden valorar por su valor nominal, cuando el
efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
Valoración posterior: se hace a coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizan en la
cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante, los
débitos con vencimiento no superior a un año que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado
anterior, se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.
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Pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Dentro de esta
categoría se clasifican los pasivos financieros que cumplan algunas de las siguientes condiciones:
o Son pasivos que se mantienen para negociar;
o Son pasivos, que, desde el momento del reconocimiento inicial, y de forma irrevocable,
han sido designados por la entidad para contabilizarlo al valor razonable con cambios en
la cuenta de pérdidas y ganancias, siempre que dicha designación cumpla con nel objetivo
fijado en la normativa contable.
o Opcionalmente y de forma irrevocable, se pueden incluir en su integridad en esta
categoría los pasivos financieros híbridos sujeto a los requisitos establecidos en el PGC.
Valoración inicial: Valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, es el precio de la
transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida. Los costes de
transacción que les sean directamente atribuibles se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias
del ejercicio.
Valoración posterior: Valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Baja de pasivos financieros
La empresa dará de baja un pasivo financiero, o parte del mismo, cuando la obligación se haya extinguido;
es decir, cuando haya sido satisfecha, cancelada o haya expirado.
Fianzas entregadas y recibidas
Los depósitos o fianzas constituidas en garantía de determinadas obligaciones se valoran por el importe
efectivamente satisfecho, que no difiere significativamente de su valor razonable.
En las fianzas entregadas o recibidas por arrendamientos operativos o por prestación de servicios, la
diferencia entre su valor razonable y el importe desembolsado se considera como un pago o cobro
anticipado por el arrendamiento o prestación del servicio, que se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias
durante el periodo del arrendamiento o durante el periodo en el que se presta el servicio, de acuerdo con la
norma sobre ingresos por ventas y prestación de servicios.
Al estimar el valor razonable de las fianzas, se toma como periodo remanente el plazo contractual mínimo
comprometido durante el cual no se pueda devolver su importe, sin tomar en consideración el
comportamiento estadístico de devolución.
Cuando la fianza sea a corto plazo, no es necesario realizar el descuento de flujos de efectivo si su efecto
no es significativo.
Valor razonable
El valor razonable es el precio que se recibe por la venta de un activo o se paga para transferir o cancelar
un pasivo mediante una transacción ordenada entre participantes en el mercado en la fecha de valoración.
El valor razonable se determina sin practicar ninguna deducción por los costes de transacción en que pudiera
incurrirse por causa de enajenación o disposición de otros medios. No tendrá en ningún caso el carácter de
valor razonable el que sea resultado de una transacción forzada, urgente o como consecuencia de una
situación de liquidación involuntaria.
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Con carácter general, en la valoración de instrumentos financieros valorados a valor razonable, la Sociedad
calcula éste por referencia a un valor fiable de mercado, constituyendo el precio cotizado en un mercado
activo la mejor referencia de dicho valor razonable. Para aquellos instrumentos respecto de los cuales no
exista un mercado activo, el valor razonable se obtiene, en su caso, mediante la aplicación de modelos y
técnicas de valoración.
Se asume que el valor en libros de los créditos y débitos por operaciones comerciales se aproxima a su valor
razonable.
4.4.3 Instrumentos financieros derivados y contabilización de coberturas
La Sociedad clasifica en las siguientes categorías las operaciones de cobertura:
a) Cobertura de valor razonable: cubre la exposición a los cambios en el valor razonable de activos
o pasivos reconocidos o de compromisos en firme aún no reconocidos, o de una parte concreta de
los mismos, atribuible a un riesgo concreto que pueda afectar a la cuenta de pérdidas y ganancias
(por ejemplo, la contratación de una permuta financiera para cubrir el riesgo de una financiación
a tipo de interés fijo).
Los cambios de valor del instrumento de cobertura y de la partida cubierta atribuibles al riesgo
cubierto se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Cuando la partida cubierta sea un compromiso en firme no reconocido o un componente de este,
el cambio acumulado en el valor razonable de la partida cubierta con posterioridad a su
designación se reconocerá como un activo o un pasivo, y la ganancia o pérdida correspondiente se
reflejará en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Las modificaciones en el importe en libros de las partidas cubiertas que se valoren a coste
amortizado implicarán la corrección, bien desde el momento de la modificación, bien (como tarde)
desde que cese la contabilidad de coberturas, del tipo de interés efectivo del instrumento
b) Cobertura de flujos de efectivo: cubre la exposición a la variación de los flujos de efectivo que se
atribuya a un riesgo concreto asociado a la totalidad o a un componente de un activo o pasivo
reconocido (tal como la contratación de una permuta financiera para cubrir el riesgo de una
financiación a tipo de interés variable), o a una transacción prevista altamente probable (por
ejemplo, la cobertura del riesgo de tipo de cambio relacionado con compras y ventas previstas de
inmovilizados materiales, bienes y servicios en moneda extranjera), y que pueda afectar a la cuenta
de pérdidas y ganancias. La cobertura del riesgo de tipo de cambio de un compromiso en firme
puede ser contabilizada como una cobertura de flujos de efectivo o como una cobertura de valor
razonable.
La Sociedad está expuesta a las fluctuaciones que se produzcan en los tipos de cambio de los
diferentes países donde opera. Con objeto de mitigar este riesgo, se sigue la práctica de formalizar,
sobre la base de sus previsiones y presupuestos, contratos de cobertura de riesgo en la variación
del tipo de cambio cuando las perspectivas de evolución del mercado así lo aconsejan.
Del mismo modo, mantiene una exposición al tipo de cambio por las variaciones potenciales que
se puedan producir en las diferentes divisas en que mantiene la deuda con entidades financieras,
por lo que realiza coberturas de este tipo de operaciones cuando las perspectivas de evolución del
mercado así lo aconsejan.
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Por otro lado, se encuentra expuesta a las variaciones en las curvas de tipo de interés al mantener
toda su deuda con entidades financieras a interés variable. En este sentido la Sociedad formaliza
contratos de cobertura de riesgo de tipos de interés, básicamente a través de contratos con
estructuras que aseguran tipos de interés máximos.
Al cierre del ejercicio se han valorado los contratos en vigor comparando, para cada contrato
individualmente considerado, el precio pactado con la cotización de cada divisa y, en su caso, con
el tipo de interés de referencia a la fecha de cierre, reconociéndose los cambios de valor de los
mismos en la cuenta de resultados.
4.4.4 Instrumentos financieros compuestos
La emisión de bonos canjeables realizada por la Sociedad cumple con los requisitos necesarios establecidos
por el Plan General de Contabilidad para ser considerados como pasivos financieros. Por este motivo, del
importe neto recibido desde la emisión de los bonos se ha diferenciado el importe correspondiente al
elemento de pasivo del componente de patrimonio neto, que representa el valor razonable de la opción
incorporada de este instrumento.
4.4.5 Inversiones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas
Las inversiones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas, se valoran inicialmente por su coste, que
equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción.
Al menos al cierre del ejercicio, la Sociedad procede a evaluar si ha existido deterioro de valor de las
inversiones. Las correcciones valorativas por deterioro y en su caso la reversión, se llevan como gasto o
ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias.
La corrección por deterioro se aplicará siempre que exista evidencia objetiva de que el valor en libros de
una inversión no será recuperable. Se entiende por valor recuperable, el mayor importe entre su valor
razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la
inversión, calculados bien mediante la estimación de los que se espera recibir como consecuencia del
reparto de dividendos realizados por la empresa participada y de la enajenación o baja en cuentas de la
inversión misma, bien mediante la estimación de su participación en los flujos de efectivo que se espera
que sean generados por la empresa participada. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se tomará
en consideración el patrimonio neto de la Entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes
en la fecha de la valoración.
Los pasivos financieros y los instrumentos de patrimonio se clasifican conforme al contenido de los
acuerdos contractuales pactados y teniendo en cuenta el fondo económico. Un instrumento de patrimonio
es un contrato que representa una participación residual en el patrimonio del grupo una vez deducidos todos
sus pasivos.
4.5. Existencias
Las existencias se valoran a su precio de adquisición, coste de producción o valor neto realizable, el menor.
Los descuentos comerciales, las rebajas obtenidas, otras partidas similares y los intereses incorporados al
nominal de los débitos se deducen en la determinación del precio de adquisición.
El valor neto realizable representa la estimación del precio de venta menos todos los costes estimados para
terminar su fabricación y los costes que serán incurridos en los procesos de comercialización, venta y
distribución.
En la asignación de valor a sus inventarios la Sociedad utiliza el método del coste medio ponderado.
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La Sociedad efectúa las oportunas correcciones valorativas, reconociéndolas como un gasto en la cuenta de
pérdidas y ganancias cuando el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición.
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024, las existencias de la Sociedad corresponden a productos de
alimentación, bebidas y otros elementos incorporables necesarios para el desarrollo de su actividad.
4.6. Impuesto sobre Beneficios
El gasto o ingreso por Impuesto sobre Beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por el
impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.
El impuesto corriente es la cantidad que la Sociedad satisface como consecuencia de las liquidaciones
fiscales del Impuesto sobre el Beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales
en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las rdidas fiscales
compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del
impuesto corriente.
El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponden con el reconocimiento y la cancelación de los
activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como
aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes
en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de
compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran
aplicando a la diferencia temporaria o crédito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera
recuperarlos o liquidarlos.
Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto
aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una
operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios.
Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere
probable que la Sociedad vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos
efectivos.
Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en
cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.
En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las
oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura.
Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos
son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios
fiscales futuros.
4.7. Ingresos y gastos
Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo con independencia del momento en
que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Los ingresos operativos derivados de
los contratos con clientes se registran a medida que se produce la transferencia de control de los bienes y
servicios comprometidos con dichos clientes. El control de un bien o servicio hace referencia a la capacidad
de decidir plenamente sobre el uso de ese elemento y obtener sustancialmente todos sus beneficios restantes.
Para aplicar este criterio, se sigue un proceso que consta de las siguientes etapas sucesivas:
• Identificación del contrato con el cliente.
• Identificación de la obligación a cumplir en el contrato.
• Determinación del precio de transacción.
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Asignación del precio de transacción a las obligaciones a cumplir, en función de los precios de venta de
cada bien o servicio, o bien, realizando una estimación del precio de venta cuando el mismo no sea
observable de forma independiente.
Reconocimiento del ingreso por actividades ordinarias a medida que la empresa cumple una obligación
comprometida.
Los ingresos por la venta de bienes o servicios se reconocen por el valor razonable de la contrapartida
recibida o a recibir derivada de los mismos. Los descuentos por pronto pago, por volumen u otro tipo de
descuentos, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos, se registran como una
minoración de los mismos. No obstante, la Sociedad incluye los intereses incorporados a los créditos
comerciales con vencimiento no superior a un año que no tienen un tipo de interés contractual, cuando el
efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.
Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo
y los dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos. En cualquier caso, los intereses y
dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen
como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Venta de habitaciones y otros servicios relacionados:
Identificación de las obligaciones de desempeño: la principal obligación de ejecución es la del propio
servicio hotelero, que supone la puesta a disposición de los clientes de la habitación de hotel.
Adicionalmente al servicio de alojamiento, en los casos en que la tarifa hotelera incluya servicios de comida
y bebida (desayuno, media pensión o pensión completa), se identifica una obligación de ejecución. También
se prestan servicios de bar-piscina y otros residuales a los clientes alojados. El desglose y cuantificación de
los importes recogidos dentro del importe neto de la cifra de negocios por cada una de estas obligaciones
se muestran en la Nota 15 de esta memoria.
Detalle de los juicios y estimaciones aplicados para asignar el precio de la transacción a las distintas
obligaciones de desempeño: la Sociedad determina el precio de venta independiente para cada obligación,
estimado, para el servicio de alojamiento, mediante la evidencia del precio observable. En los casos en que
la tarifa hotelera incluya servicios de comida y bebida (desayuno, media pensión o pensión completa), se
identifica una obligación de ejecución adicional, a la que se asigna un precio diferenciado en base al enfoque
del coste esperado más un margen. Asimismo, las contraprestaciones recibidas por banquetes, eventos,
alquiler de espacios, etc. se reparten entre los servicios contratados.
Reconocimiento contable de ingresos: el ingreso de la venta de habitaciones y otros servicios relacionados
se reconoce diariamente en función de los servicios prestados en el hotel, incluyendo los clientes que
todavía se hospedan en el hotel a la hora del cierre de la producción diaria. La Sociedad reconoce el ingreso
cuando se considera proporcionado el servicio y, por tanto, satisfecha la obligación de ejecución asumida
en el “Check-in” Es por ello que, por ejemplo, en el caso de un servicio de alojamiento que comprende
varias noches, el ingreso se reconoce de manera diaria con cada una de las pernoctaciones.
En el caso de las empresas hoteleras no se puede interpretar que el servicio se haya prestado al cliente
cuando se realice o se cancele la reserva que éste haya efectuado, aunque ésta fuera no cancelable.
Las prestaciones recibidas se reparten entre los servicios contratados. Por tanto, las obligaciones se
encuentran totalmente separadas y el registro de las mismas se produce en el momento en que ocurren. Para
el caso de la venta de varios servicios de manera conjunta, como por ejemplo un servicio de alojamiento
junto con uno de desayuno, la Sociedad establece, cuando hace la oferta, el precio para cada una de las
obligaciones asumidas, por lo que en el momento que se considera proporcionado el servicio se registra el
ingreso por el precio fijado anteriormente. Sólo en el caso de promociones en las que un servicio se
proporciona de manera “gratuita” junto a otro, la Sociedad aplica una metodología por la cual reparte la
contraprestación en función de una ratio que se calcula por hotel con base en los costes del servicio para
ese hotel más un margen adicional.
Tratamiento contable aplicado a los premios de fidelización e impacto en el reconocimiento de ingresos: el
“premio de fidelización” de la cadena TRH, conocido comercialmente como “TRH Explorer” no implica
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obligaciones futuras para la Sociedad frente al cliente, únicamente supone una gratuidad de una botella de
agua y un descuento comercial previo a la fijación final del precio de venta. Se trata de “descuentos” que
ni si quiera están segregados en la factura de venta de forma separada ya que están previamente incluidos
en la fijación del precio de venta. Tal y como se especifica en la norma de valoración 14ª del PGC “Ingresos
por ventas y prestación de servicios” en su apartado “Valoración”: “Los ingresos ordinarios procedentes
de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el importe monetario o, en su caso,
por el valor razonable de la contrapartida, recibida o que se espere recibir, derivada de la misma, que,
salvo evidencia en contrario, será el precio acordado para los activos a trasferir al cliente, deducido: el
importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda
conceder, a como los intereses incorporados al nominal de los créditos.”. Por tanto, no serían
“beneficios” que estuvieran incluidos entre los descritos en el artículo 27 “Opciones del cliente sobre bienes
y servicios adicionales” de la RICAC de 10/02/2021, y, conforme a la norma, la Sociedad no realiza ningún
reflejo contable de esos descuentos comerciales previos a la fijación del precio de prestación del servicio.
Política y tratamiento contable de cobros anticipados y reembolsos: ambas políticas dependen del tipo de
cliente y tarifa aplicable. En el caso de clientes particulares existen, principalmente dos tipos de tarifa,
reembolsables y no reembolsables; de las “tarifas no reembolsables” se cobra el 100% de la estancia
reservada de forma anticipada en el momento en que se realiza la reserva y, como su nombre indica, no son
reembolsables. Las tarifas reembolsables no tienen obligación de pago hasta la llegada del cliente (no hay
pago anticipado) y la reserva es “cancelable” (no es “reembolsable” porque no ha existido pago) hasta 24
horas antes de la llegada, si se cancela durante las últimas 24 horas o el cliente no se presenta solo se
facturaría la primera noche de la estancia reservada.
En el caso de agencias y TTOO también hay tarifas reembolsables y no reembolsables. Las tarifas
reembolsables no tienen obligación de pago y se pueden cancelar hasta 2 días antes de la llegada de cliente.
La política de reembolsables en todas las agencias y TTOO es que si se cancela durante las últimas 24 horas
solo se facturaría la primera noche. Si se cancela en el día de llegada o si es un No-show se cobra 50% de
toda la estancia. La estancia de No reembolsable no se cobra en caso de fuerza mayor previamente
justificada. Las agencias y TTOO pactan sus condiciones de pago de forma individual con el hotel y su
casuística es muy diversa.
De acuerdo con el artículo 28 “Anticipos de clientes y pagos iniciales no reembolsables” de la RICAC de
10/02/2021, la Sociedad reconoce un pasivo “anticipos de clientes” cuando recibe el pago de la
contraprestación acordada y en el momento en que se devenga la prestación de los servicios al cliente y,
por lo tanto, cumple la obligación comprometida, da de baja ese pasivo y se reconoce el correspondiente
ingreso.
4.8. Provisiones y contingencias
Los Administradores de la Sociedad en la formulación de las cuentas anuales diferencian entre:
a) Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados,
cuya cancelación es probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados
en cuanto a su importe y/ o momento de cancelación.
b) Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya
materialización futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros
independientes de la voluntad de la Sociedad.
Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad
de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Salvo que sean considerados como
remotos, los pasivos contingentes no se reconocen en las Cuentas Anuales, sino que se informa sobre los
mismos en las notas de la memoria.
Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para
cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus
consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un
gasto financiero conforme se va devengando.
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La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, siempre que no existan
dudas de que dicho reembolso será percibido, se registra como activo, excepto en el caso de que exista un
vínculo legal por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la Sociedad no esté
obligada a responder; en esta situación, la compensación se tendrá en cuenta para estimar el importe por el
que, en su caso, figurará la correspondiente provisión.
4.9 Indemnizaciones por despido
De acuerdo con la legislación vigente, la Sociedad está obligada al pago de indemnizaciones a aquellos
empleados con los que, bajo determinadas condiciones, rescinda sus relaciones laborales. Por tanto, las
indemnizaciones por despido susceptibles de cuantificación razonable se registran como gasto en el
ejercicio en el que se adopta la decisión del despido. En las cuentas anuales adjuntas no se ha registrado
provisión alguna por este concepto, ya que no están previstas situaciones de esta naturaleza.
4.10 Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental
Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la
actividad de la Sociedad, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la
protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.
La actividad de la Sociedad, por su naturaleza no tiene un impacto medioambiental significativo.
4.11 Compromisos por premios por vinculación
La Sociedad, en virtud del Convenio Colectivo vigente, tiene contraído con sus empleados un compromiso
de satisfacer un premio de vinculación en el momento en que se produzca la desvinculación laboral del
trabajador, siempre que la permanencia en la empresa haya sido como mínimo de 15 años. Dicho premio
consiste en una aportación en metálico equivalente a un número a estipulado de mensualidades que se fija
en función de dos variables, la edad del trabajador cuando se produce la extinción de la relación laboral y
el número de años de servicio a la empresa.
Dicho compromiso se encuentra parcialmente exteriorizado mediante pólizas colectivas suscritas con una
compañía de seguros. Desde el ejercicio 2012 la sociedad, en base a distintas respuestas publicadas por la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y con el asesoramiento de su Correduría, dado que
no existe obligatoriedad legal de exteriorizar las tales aportaciones, decidió cambiar el criterio aplicado
hasta dicha fecha, de manera que se mantiene lo hasta ahora aportado en la compañía de seguros como un
fondo de inversión que cubra parcialmente dichos premios, además de seguir imputando desde entonces a
los resultados del ejercicio con cargo a Fondos Propios la parte proporcional que se devengue y sea
imputable a cada ejercicio.
En primer lugar, las provisiones hacen referencia a premios de vinculación a los que tienen derecho los
trabajadores siempre que (i) cumplan con un período mínimo de permanencia en la empresa de 15 años y
(ii) que su desvinculación se produzca por una de las causas que recoge el convenio sectorial de Baleares.
En segundo lugar, destacamos que no se trata de un premio de jubilación, ni un seguro de vida, sino un
premio de vinculación. En este sentido, al no estar el premio vinculado directamente a la jubilación su
regulación no debe estar ajustada a la misma normativa que los premios por jubilación, es decir, no tienen
la obligación de estar externalizados o, en caso de ser dotados internamente, tener asignados activos
indisponibles.
En este sentido, la Sociedad decidió que, en primer lugar, dejaba de aportar las primas anuales al fondo
externo (aunque no se pediría su rescate anticipado por razones de prudencia) y, en segundo lugar,
empezaría a dotar la provisión equivalente. Por ello, en la actualidad, la Sociedad, por un lado, es tomadora
de una serie de fondos a nombre de los trabajadores que estaban dados de alta cuando se constituyeron y
que no han causado baja en la empresa que, a 31 de diciembre de 2025, tiene un valor de 82.569,10 euros
(83.653,92 euros a 31 de diciembre de 2024). Estos fondos no son disponibles por la Sociedad y están
íntegramente ligados a la existencia de la obligación frente a los trabajadores. En consecuencia, la Sociedad
considera correcta su presentación neta en el balance, informando de los mismos en la memoria, en concreto
en la nota 12.1 Provisiones a largo plazo, al no existir la obligación de tener activos indisponibles asignados,
como se ha explicado en el párrafo anterior.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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Por otro lado, con objeto de cubrir los compromisos no contemplados en el acuerdo de externalización, la
Sociedad procede a complementar en forma de provisión de riesgos y gastos los importes estimados para
hacer frente a las obligaciones frente a los trabajadores, en concepto de premio de vinculación. En el
ejercicio 2025 se han dotado 33.914,88 euros (40.042,31 euros en 2024) en relación con las provisiones por
retribuciones a largo plazo al personal, aplicando parecidas premisas que mantiene la gestora de los fondos
externalizados (en cuanto hipótesis de vinculación dependiendo de antigüedad, puesto, edad, etc.), salvo la
revalorización de los fondos, que evidentemente no se produce. En el ejercicio 2024 la Sociedad, habiendo
analizado los trabajadores que se han desvinculado de la empresa en los últimos 10 años con derecho a
percibir el premio, ha comprobado que la edad media a la que este hecho se produce es a los 64 años, es
decir, antes de la edad máxima posible, por lo que ha ajustado el premio a cobrar por los trabajadores a esa
edad y, obviamente, la dotación correspondiente.
El detalle de esta partida se desglosa en la Nota 12 de la presente Memoria.
4.12 Transacciones con partes vinculadas
La Sociedad realiza todas sus operaciones con partes vinculadas a valores de mercado. Los Administradores
de la Sociedad consideran que no existen riesgos significativos por este aspecto de los que puedan derivarse
pasivos de consideración en el futuro.
Las operaciones entre empresas del mismo grupo, con independencia del grado de vinculación, se
contabilizan de acuerdo con las normas generales. Los elementos objeto de las transacciones que se realicen
se contabilizarán en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realiza de acuerdo
con lo previsto en las normas particulares para las cuentas que corresponda.
Esta norma de valoración afecta a las partes vinculadas que se explicitan en la Norma de elaboración de
cuentas anuales 13ª del Plan General de Contabilidad. En este sentido:
a) Se entenderá que una empresa forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una
relación de control, directa o indirecta, análoga a la prevista en el artículo 42 del Código de
Comercio, o cuando las empresas estén controladas por cualquier medio por una o varias personas
jurídicas que actúen conjuntamente o se hallen bajo dirección única por acuerdos o cláusulas
estatutarias.
b) Se entenderá que una empresa es asociada cuando, sin que se trate de una empresa del grupo en el
sentido señalado, la empresa o las personas físicas dominantes, ejerzan sobre esa empresa asociada
una influencia significativa, tal como se desarrolla detenidamente en la citada Norma de
elaboración de cuentas anuales 13ª.
c) Una parte se considera vinculada a otra cuando una de ellas ejerce o tiene la posibilidad de ejercer
directa o indirectamente o en virtud de pactos o acuerdos entre accionistas o partícipes, el control
sobre otra o una influencia significativa en la toma de decisiones financieras y de explotación de
la otra, tal como se detalla detenidamente en la Norma de elaboración de cuentas anuales 15ª.
Se consideran partes vinculadas a la Sociedad, adicionalmente a las empresas del grupo, asociadas y
multigrupo, a las personas físicas que posean directa o indirectamente alguna participación en los derechos
de voto de la Sociedad, o en su dominante, de manera que les permita ejercer sobre una u otra una influencia
significativa, acomo a sus familiares próximos, al personal clave de la Sociedad o de su dominante
(personas físicas con autoridad y responsabilidad sobre la planificación, dirección y control de las
actividades de la empresa, ya sea directa o indirectamente), entre la que se incluyen los Administradores y
los Directivos, junto a sus familiares próximos, así como a las entidades sobre las que las personas
mencionadas anteriormente puedan ejercer una influencia significativa. Asimismo, tienen la consideración
de parte vinculadas las empresas que compartan algún consejero o directivo con la Sociedad, salvo cuando
éste no ejerza una influencia significativa en las políticas financiera y de explotación de ambas, y, en su
caso, los familiares próximos del representante persona física del Administrador, persona jurídica, de la
Sociedad.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
29
5. Inmovilizado material
El movimiento habido en este capítulo del balance de situación, en los ejercicios 2025 y 2024, así como la
información más significativa que afecta a este epígrafe han sido los siguientes:
Ejercicio 2025
31/12/2024 Altas Bajas Traspasos 31/12/2025
Coste:
Terrenos y Construcciones 13.662,00
-
-
-
13.662,00
Instalaciones técnicas y maquinaria 433.820,09
79.688,54
-
-
513.508,63
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario 143.892,14
45.800,00
-
-
189.692,14
Equipos proceso de información 14.650,85
3.463,00
-
-
18.113,85
Otro inmovilizado material 46.688,47
6.751,42
-
-
53.439,89
Inmovilizado en curso y anticipos 117.717,63
12.950,00
-
(88.700,00)
41.967,63
Total coste 770.431,18
148.652,96
-
(88.700,00)
830.384,14
Amortización Acumulada:
Construcciones (13.662,00)
-
-
-
(13.662,00)
Instalaciones técnicas y maquinaria (113.101,65)
-
-
(55.007,56)
(168.109,21)
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario (63.844,75)
-
-
(15.352,11)
(79.196,86)
Equipos proceso de información (13.630,35)
-
-
(1.309,38)
(14.939,73)
Otro Inmovilizado material (38.802,75)
-
-
(6.432,96)
(45.235,71)
Total amortización (243.041,50)
-
-
(78.102,01)
(321.143,51)
Neto 527.389,68
148.652,96
-
-
509.240,63
Ejercicio 2024
31/12/2023 Altas Bajas Traspasos 31/12/2024
Coste:
Terrenos y construcciones 13.662,00
-
-
-
13.662,00
Instalaciones técnicas y maquinaria 121.282,17
166.543,67
-
145.994,25
433.820,09
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario 143.892,14
-
-
-
143.892,14
Equipos proceso de información 14.650,85
-
-
-
14.650,85
Otro inmovilizado material 46.688,47
-
-
-
46.688,47
Inmovilizado en curso y anticipos 36.150,00
227.561,88
-
(145.994,25)
117.717,63
Total coste 376.325,63
394.105,55
0,00
0,00
770.431,18
Amortización Acumulada:
Construcciones
(13.662,00)
-
-
-
(13.662,00)
Instalaciones técnicas y maquinaria
(95.500,80)
(17.600,85)
-
-
(113.101,65)
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario
(49.083,31)
(14.761,44)
-
-
(63.844,75)
Equipos proceso de información
(12.269,07)
(1.361,28)
-
-
(13.630,35)
Otro Inmovilizado material
(32.369,79)
(6.432,96)
-
-
(38.802,75)
Total amortización
(202.884,97)
(40.156,53)
-
-
(243.041,50)
Neto 173.440,66
353.949,02
-
-
527.389,68
Todos los activos corresponden a infraestructuras, mobiliario e instalaciones ubicadas en el Hotel Jardín
del Mar, cuya explotación constituye la actividad de la Sociedad.
El importe del inmovilizado en curso corresponde a la reforma de habitaciones piloto para valorar la
realización de una potencial reforma integral.
Durante el ejercicio 2025, se han producido altas que corresponden a la incorporación de mobiliario para
las habitaciones y de nueva maquinaria para ascensores.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
30
Durante el ejercicio 2024, se produjeron altas correspondientes a la incorporación de una máquina
enfriadora traspasada desde inmovilizado en curso, y de otras instalaciones en el Hotel.
En el ejercicio 2025 se han realizado traspasos de inmovilizado material en curso al inmovilizado
intangible, que corresponden al desarrollo de una nueva web (Nota 6).
En el ejercicio 2024 se produjeron traspasos de inmovilizado en curso a maquinaria.
Al cierre de los ejercicios 2025 y 2024, la Sociedad tiene elementos del inmovilizado material totalmente
amortizados que continúan en condiciones de uso, conforme al siguiente detalle:
Descripción 31.12.2025 31.12.2024
Construcciones 13.662,00
13.662,00
Instalaciones técnicas 2.282,20
2.282,20
Maquinaria 71.310,66
63.751,51
Mobiliario 3.383,50
3.383,50
Equipo proceso de información 9.205,91
9.205,91
Otro inmovilizado material 19.292,73
11.598,47
Total 119.137,00
103.883,59
En los ejercicios 2025 y 2024 no se han producido enajenaciones de elementos del inmovilizado material.
En los ejercicios 2025 y 2024 no se han realizado correcciones valorativas de los bienes de inmovilizado
material.
No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en los ejercicios
2025 y 2024 o en ejercicios futuros que afecte a valores residuales, vidas útiles o métodos de amortización.
No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en los ejercicios
2025 y 2024 o en ejercicios futuros respecto a las estimaciones de costes de desmantelamiento, retiro o
rehabilitación.
No se han capitalizado gastos financieros en los ejercicios.
La Sociedad dispone de la plena titularidad de los bienes del inmovilizado material.
No existen bienes afectos a reversión, fuera del territorio español o no afectos a la explotación
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024 no se han contraído compromisos en firme para la compra o venta de
inmovilizado material.
No existen bienes del inmovilizado material afectos a garantías.
No existen bienes del inmovilizado material arrendados, en litigio, embargados o cualquier otra
circunstancia de parecida naturaleza.
La política de la Sociedad es formalizar pólizas de seguros para cubrir los posibles riesgos a que están
sujetos los diversos elementos de su inmovilizado material. La administración revisa anualmente, o cuando
alguna circunstancia lo hace necesario, las coberturas y los riesgos cubiertos y se acuerdan los importes que
razonablemente se deben cubrir para el año siguiente. Al cierre de los ejercicios 2025 y 2024 no existe
déficit de cobertura alguno relacionado con dichos riesgos.
6. Inmovilizado intangible
El movimiento habido en este capítulo del balance de situación, en los ejercicios 2025 y 2024, así como la
información más significativa que afecta a este epígrafe han sido los siguientes:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
31
Ejercicio 2025
31/12/2024 Altas Bajas Traspasos 31/12/2025
Coste:
Aplicaciones informáticas 3.365,00
6.706,62
-
88.700,00
98.771,62
Total coste 3.365,00
6.706,62
-
88.700,00
98.771,62
Amortización Acumulada:
Aplicaciones informáticas
(3.365,00)
(13.671,69)
-
-
(17.036,69)
Total amortización
(3.365,00)
(13.671,69)
-
-
(17.036,69)
Neto -
(6.965,07)
-
88.700,00
81.734,93
En el ejercicio 2025 se han realizado traspasos de inmovilizado material en curso al inmovilizado
intangible, que corresponden al desarrollo de una nueva web (Nota 5).
Ejercicio 2024
31/12/2023 Altas Bajas Traspasos 31/12/2024
Coste:
Aplicaciones informáticas 3.365,00
-
-
-
3.365,00
Total coste 3.365,00
-
-
-
3.365,00
Amortización Acumulada:
Aplicaciones informáticas
(3.365,00)
-
-
-
(3.365,00)
Total amortización
(3.365,00)
-
-
-
(3.365,00)
Neto -
-
-
-
-
Al cierre de los ejercicios 2025 y 2024, la Sociedad mantiene registrados elementos del inmovilizado
intangible totalmente amortizados que continúan en condiciones de uso, conforme al siguiente detalle:
Descripción 31.12.2025 31.12.2024
Aplicaciones informáticas 3.365,00
3.365,00
Total 3.365,00
3.365,00
7. Arrendamientos
El cargo a los resultados del ejercicio 2025 en concepto de arrendamientos operativos ha ascendido a
252.058,68 euros (252.237,19 euros en el ejercicio anterior). De este importe, 250.000,00 euros (250.000,00
euros en el ejercicio anterior) corresponden al gasto por el canon de explotación hotelera.
En virtud del contrato firmado con la empresa vinculada Ilitia Investments, S.L., descrito en la Nota 1 de
esta Memoria, mediante el que ésta cede los derechos de explotación del inmueble de su propiedad a la
Sociedad, al cierre de los ejercicios 2025 y 2024, la Sociedad tiene contratadas con el arrendador las
siguientes cuotas de arrendamiento máximas, de acuerdo con los actuales contratos en vigor, sin tener en
cuenta repercusión de gastos comunes, incrementos futuros por IPC, ni actualizaciones futuras de rentas
pactadas contractualmente, incluyendo las prórrogas del contrato de arrendamiento aún no ejercidas:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
32
Arrendamientos Operativos Cuotas
Máximas
Valor Nominal
2025(*) 2024(*)
Menos de un año 250.000,00
250.000,00
Entre uno y cinco años 1.083.333,33
1.250.000,00
Más de cinco años 0,00
83.333,33
Total 1.333.333,33
1.583.333,33
(*) Se considera el plazo máximo de vigencia del contrato de arrendamiento incluyendo
todas las prórrogas potenciales. Se incluye la cuota proporcional correspondiente a enero-
abril 2031.
La Sociedad, en base a la norma 8ª del PGC entiende este contrato de arrendamiento como “operativo” ya
que no se estipula ninguna opción de compra al finalizar el arrendamiento y únicamente se cede al
arrendatario el derecho de uso del bien por un período determinado a cambio de un pago que no tiene carga
financiera. Tampoco se dan ninguna de las demás condiciones que establece la Norma para presumir la
transferencia de todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, aunque no exista opción de
compra.
El plazo del arrendamiento no coincide ni cubre la mayor parte de la vida económica del activo.
En el contrato de arrendamiento no se pactan pagos mínimos.
La utilidad del activo es independiente de la identidad del arrendatario. La utilidad del activo arrendado
sería la misma arrendándoselo a otro inquilino.
Aunque el arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento (en las ventanas estipuladas), las
pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación no serían asumidas por el arrendatario.
Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual NO recaen sobre
el arrendatario. En el contrato firmado ni siquiera se menciona el valor residual ya que la duración del
contrato no se acerca a dicho momento económico.
El arrendatario NO tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo, con unos
pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del mercado. El arrendatario
no puede prorrogar el contrato más allá de la vida máxima actualmente establecida en 2031. En caso de
pretender dicha prórroga debería negociarla con el arrendador. Si bien es cierto que siendo empresas
vinculadas dicha negociación sería, a priori, más sencilla que frente a un tercero, la realidad económica es
que ambas empresas deberían negociar y firmar un contrato nuevo o renegociar los términos del presente.
En la Nota 1 de esta Memoria, se detallan los antecedentes, las condiciones, plazos, etc, del mencionado
contrato.
8. Activos financieros
8.1. Activos financieros a largo plazo
Activos financieros, salvo inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas.
El análisis del movimiento durante el ejercicio para cada clase de activos financieros no corrientes es el
siguiente:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
33
Clases de activos financieros no corrientes
Instrumentos
de patrimonio
Valores
representativos
de deuda
Créditos,
derivados y
otros
TOTAL
Saldo al inicio del ejercicio 2024 -
-
771,30
771,30
(+) Altas -
-
48,40
48,40
(-) Salidas y reducciones -
-
-
-
(+/-) Traspasos y otras variaciones -
-
-
-
Saldo final del ejercicio 2024 -
-
819,70
819,70
(+) Altas -
-
-
-
(-) Salidas y reducciones -
-
-
-
(+/-) Traspasos y otras variaciones -
-
-
-
Saldo final del ejercicio 2025 -
-
819,70
819,70
La información de los instrumentos financieros del activo del balance de la Sociedad a largo plazo,
clasificados por categorías, es la siguiente:
CLASES
Instrumentos de
patrimonio
Valores
representativos de
deuda
Créditos Derivados
Otros
TOTAL
Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024
CATEGORÍAS
Activos a valor razonable con cambios en
pérdidas y ganancias, del cual:
— Cartera de negociación -
-
-
-
-
-
-
-
— Designados -
-
-
-
-
-
-
-
— Otros -
-
-
-
-
-
-
-
Activos financieros a coste amortizado -
-
-
-
-
-
-
-
Activos financieros a coste -
-
-
-
819,70
819,70
819,70
819,70
Activos a valor razonable con cambios en
el patrimonio neto
-
-
-
-
-
-
-
-
Derivados de cobertura -
-
-
-
-
-
-
-
TOTAL -
-
-
-
819,70
819,70
819,70
819,70
Los activos financieros a largo plazo corresponden a fianzas constituidas que no tienen una fecha de
vencimiento determinada, no existiendo diferencias significativas entre su valor en libros y su valor
razonable.
8.2. Activos financieros a corto plazo
La información de los instrumentos financieros del activo del balance de la Sociedad a corto plazo, sin
considerar el efectivo y otros activos equivalentes, clasificados por categorías, se muestra a continuación:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
34
CLASES
Instrumentos de
patrimonio
Valores
representativos de
deuda
Créditos Derivados
Otros
TOTAL
Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024 Ej. 2025 Ej. 2024
CATEGORÍAS
Activos a valor razonable con cambios
en pérdidas y ganancias, del cual:
— Cartera de negociación -
-
-
-
-
-
-
-
— Designados -
-
-
-
-
-
-
-
— Otros -
-
-
-
-
-
-
-
Activos financieros a coste amortizado -
-
-
-
-
-
-
-
Activos financieros a coste -
-
-
-
85.704,80
2.453.317,08
85.704,80
2.453.317,08
Activos a valor razonable con cambios
en el patrimonio neto
-
-
-
-
-
-
-
-
Derivados de cobertura -
-
-
-
-
-
-
-
TOTAL -
-
-
-
85.704,80
2.453.317,08
85.704,80
2.453.317,08
La reducción de activos financieros está motivada por el vencimiento en 2025 de imposiciones a plazo fijo
por importe de 2.300.000,00 euros.
8.3. Clasificación por vencimientos
La clasificación por vencimientos de los activos financieros de la Sociedad, de los importes que vencen en
cada uno de los siguientes años al cierre del ejercicio y hasta el último vencimiento, es la siguiente:
Ejercicio 2025
Vencimiento en años
1 2 3 4 5 Indefinido TOTAL
Inversiones financieras -
-
-
-
-
819,70
819,70
Valores representativos de deuda -
-
-
-
-
-
-
Otros activos financieros -
-
-
-
-
-
-
Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 85.704,80
-
-
-
-
-
85.704,80
Clientes por ventas y prestación de servicios 85.704,80
-
-
-
-
-
85.704,80
Personal -
-
-
-
-
-
-
TOTAL 85.704,80
-
-
-
-
819,70
86.524,50
Ejercicio 2024
Vencimiento en años
1 2 3 4 5 Indefinido TOTAL
Inversiones financieras 2.311.714,30
-
-
-
-
819,70
2.312.534,00
Valores representativos de deuda -
-
-
-
-
-
-
Otros activos financieros 2.311.714,30
-
-
-
-
819,70
2.312.534,00
Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 141.602,78
-
-
-
-
-
141.602,78
Clientes por ventas y prestación de servicios 141.602,78
-
-
-
-
-
141.602,78
Personal -
-
-
-
-
-
-
TOTAL 2.453.317,08
-
-
-
-
819,70
2.454.136,78
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
35
8.4. Clientes por ventas y prestación de servicios
Este epígrafe del balance de situación presenta el siguiente detalle al 31 de diciembre de 2025 y 2024:
Euros
2025 2024
Clientes por ventas y prestaciones de servicios 85.704,80
141.602,78
Clientes de dudoso cobro 23.159,02
33.688,49
Deterioros de clientes por operaciones comerciales (23.159,02)
(33.688,49)
Total 85.704,80
141.602,78
Correcciones por deterioro del valor originadas por el riesgo de crédito:
Los saldos deudores comerciales y de otras cuentas a cobrar incluyen deterioros causados por riesgos de
insolvencia, según el detalle adjunto:
Clases de activos
financieros
Total
Créditos, derivados y otros
Largo plazo
Corto plazo Largo plazo
Corto plazo
Pérdida por deterioro al inicio del ejercicio 2024 -
(179.652,44)
-
(179.652,44)
(+) Corrección valorativa por deterioro -
-
-
-
(-) Traspasos y otras variaciones -
140.699,22
-
140.699,22
(-) Reversión del deterioro -
5.264,73
-
5.264,73
Pérdida por deterioro al final del ejercicio 2024 -
(33.688,49)
-
(33.688,49)
(+) Corrección valorativa por deterioro -
-
-
-
(-) Traspasos y otras variaciones
-
-
(-) Reversión del deterioro -
10.529,47
-
10.529,47
Pérdida por deterioro al final del ejercicio 2025 -
(23.159,02)
-
(23.159,02)
El saldo de los clientes pendientes de cobro al cierre del ejercicio actual y su peso relativo en función de
los diferentes periodos de cobro considerados es el siguiente:
Periodo Pdte. Cobro
2025 2024
Importe Porcentajes Importe Porcentajes
Entre 0-30 días 0,00
0,00%
0,00
0,00%
Entre 31-60 días 3.896,44
4,55%
0,00
0,00%
Entre 61-90 días 57.228,40
66,77%
16.691,88
11,79%
Entre 90-120 días 24.579,96
28,68%
26.258,44
18,54%
Más de 120 días 0,00
0,00%
98.652,46
69,67%
85.704,80
100,00%
141.602,78
100,00%
De este saldo de clientes, el 89% está formado por 4 clientes agencias/TTOO que, a pesar de la demora en
el pago, existe, por parte de la Sociedad, la estimación de confianza plena en el cobro de los importes
pendientes
8.5. Información sobre naturaleza y nivel de crédito de los instrumentos financieros
Las actividades de la Sociedad están expuestas a diferentes tipos de riesgos, destacando fundamentalmente
los riesgos operativos, los riesgos de mercado, de crédito y de liquidez. Los riesgos aquí expuestos tienen
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
36
distintos grados de probabilidad y algunos son meramente potenciales.
8.5.1. Riesgos operativos
Riesgo regulatorio
La Sociedad, al igual que el resto de operadores económicos, está expuesta a los cambios en la normativa,
tanto en sus distintos niveles territoriales (local, autonómico o nacional) como en sus distintas facetas
(mercantil, tributario, medioambiental, habitacional…). Este riesgo puede estar más incrementado
últimamente por la volátil y cambiante situación política en las distintas administraciones, si bien, por el
momento, debe ser considerado más una incertidumbre que un riesgo.
La “tasa turística” de la Comunidad Autónoma de Baleares que soportan los clientes alojados, siendo la
Sociedad un mero “recaudador” (sujeto pasivo sustituto) y que fue puesta en servicio en julio de 2016, ya
cambió su regulación para el ejercicio 2017 y, nuevamente en 2018, aumentando la carga tributaria por el
método de estimación objetiva (el elegido por la Sociedad).
Mediante dicho método de estimación los establecimientos hoteleros abonan un importe anual determinado
que se calcula en función de su tipología, categoría, número de plazas turísticas y número de días de apertura
durante el ejercicio. Al ser una estimación por parámetros objetivos, el importe resultante es independiente
del número real de clientes alojados, que finalmente son los verdaderos sujetos pasivos y los generadores
de la liquidez que finalmente se debe ingresar a la administración autonómica.
Por lo que existe un riesgo de que el importe a ingresar sea mayor que el importe recaudado por haber
tenido un número insuficiente de clientes o que las características de éstos (menores de 16 os o largas
estancias con bonificaciones en la tasa) haga que la recaudación real sea inferior al importe objetivamente
calculado.
En los ejercicios 2025 y 2024 la Sociedad considera que no existe un impacto significativo debido a la
exposición a este riesgo.
Riesgo operacional
La Sociedad tiene implantados, vigentes y operativos todos los controles y medios para mantener y mejorar
la seguridad de la explotación, tanto a nivel físico como a nivel operativo, para evitar ataques informáticos
o pérdidas de datos accidentales.
La Sociedad ha implementado todos estos controles y medidas de seguridad a su alcance, en función de los
legalmente establecidos, así como como los recomendados por el sector, en razón de lo cual, se estima que
el impacto de este riesgo no es relevante para la actividad y resultados.
Evidentemente, el COVID19 puso trágicamente de manifiesto que existen otros riesgos operacionales fuera
de las posibles medidas a adoptar por la Sociedad. Las circunstancias descritas en la nota 2.4, o posibles
alzas de precios, son riesgos ajenos a los controles y medios propios que ésta monitoriza permanentemente
para evitar o minimizar sus posibles consecuencias.
Riesgo de concentración de clientes
Si bien unos clientes pudieran tener más peso significativo que otros, la gran demanda de habitaciones de
la zona y el gran número de potenciales clientes competidores de los actuales conllevan que la Sociedad
estime que el impacto de este riesgo no es relevante para la actividad y resultados.
8.5.2 Riesgos de mercado
Los principales factores de riesgo relativos al sector hotelero y a la actividad específica de la Sociedad se
detallan a continuación:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
37
- El sector hotelero es una actividad con un alto grado de apalancamiento financiero y operativo.
- El sector hotelero es altamente competitivo y está condicionado por el ciclo económico.
- Desastres naturales, enfermedades contagiosas, actos terroristas y guerras podrían reducir la
demanda de alojamiento hotelero y/o a los medios de transporte necesarios para el desplazamiento
de los clientes hasta la isla y, por tanto, afectar negativamente a la Sociedad.
- Fallos en el mantenimiento de la protección e integridad de los datos internos o de clientes podría
provocar decisiones de negocio erróneas, dañar la reputación de la Sociedad y otros efectos
adversos.
- Un incremento en la utilización de servicios de Internet por parte de terceros para realizar reservas
on-line de hotel podría afectar de forma adversa los ingresos de la Sociedad.
- La incapacidad de mantener el nivel de desarrollo tecnológico podría perjudicar las operaciones y
la posición competitiva de la Sociedad.
- Riesgos asociados con nuevos hoteles y con el lanzamiento de nuevos productos.
- La ausencia actual de endeudamiento en la sociedad reduce al mínimo actual el riego al tipo de
interés.
- La práctica totalidad de las operaciones de la Sociedad se desarrollan en euros salvo algunas
peticiones de cambio de efectivo en moneda extranjera que inmediatamente se ingresan en cuenta
bancaria en euros, por lo que la exposición al riesgo por tipo de cambio es prácticamente
inexistente.
Dadas las medidas y controles implementados, la Sociedad estima que el impacto de este riesgo no es
relevante para su actividad y resultados.
8.5.3. Riesgo de crédito
Los principales activos financieros de la Sociedad son saldos de caja y efectivo, deudores comerciales y
otras cuentas a cobrar e inversiones, que representan la exposición máxima de la Sociedad al riesgo de
crédito en relación con los activos financieros.
El riesgo de crédito de la Sociedad es atribuible principalmente a sus créditos comerciales. Los importes se
reflejan en el balance de situación netos de provisiones para insolvencias, estimadas por la Dirección de la
Sociedad en función de la experiencia de ejercicios anteriores y de su valoración del entorno económico
actual.
La tesorería y las inversiones a corto plazo se mantienen en entidades financieras de reconocida solvencia.
Dado lo expuesto anteriormente, la Sociedad estima que el impacto de este riesgo no es relevante para su
actividad y resultados.
8.5.4 Riesgo de liquidez
La situación general de los mercados financieros, especialmente el mercado bancario, durante los últimos
tiempos ha sido particularmente desfavorable para los demandantes de crédito. La Sociedad presta una
atención permanente a la evolución de los diferentes factores que pueden ayudar a solventar una potencial
crisis de liquidez y, en especial, a las fuentes de financiación y sus características.
En especial, se pueden resumir los puntos en los que se presta mayor atención:
- Liquidez de activos monetarios: la colocación de excedentes se realiza siempre a plazos muy
cortos.
- Si fuera necesario se adoptarían políticas de diversificación de vencimientos de líneas de crédito
y control de financiaciones y refinanciaciones.
- Control de la vida remanente de líneas de financiación.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
38
- Diversificación de fuentes de financiación: la financiación bancaria es fundamental debido a la
facilidad de acceso a este mercado y a su coste, en muchas ocasiones, sin competencia con otras
fuentes alternativas.
La importancia de los activos líquidos o liquidables de la Sociedad conllevan que el impacto de este riesgo
no sea relevante para la actividad y resultados.
9. Existencias
La composición de las existencias es la siguiente:
31/12/2025
31/12/2024
Comerciales 6.280,65
5.866,54
Existencia de comida y bebida 6.280,65
5.866,54
Materias primas y otros aprovisionamientos 5.504,72
7.666,25
Productos de Limpieza 2.652,43
2.885,65
Combustibles 298,48
1.601,72
Otros 2.553,81
3.178,88
Anticipos a proveedores 520,36
18.921,37
Total 12.305,73
32.454,16
La Sociedad gestiona y controla sus existencias por el método basado en el inventario permanente o sistema
“administrativo”, de este modo las existencias se obtienen mediante inventarios físicos mensuales. Las
compras que la sociedad va registrando (cuentas 6010 y 602, junto con las compras de gasóleo
62810000003) suponen, al mismo tiempo, una variación de existencias positiva y los consumos de estas
existencias suponen variaciones de existencias negativas y se calculan por diferencia con el inventario real.
Las existencias de la sociedad consisten en productos de alimentación y bebida, tanto productos para
elaborar como productos para su venta directa, así como otras mercancías inventariables como artículos de
limpieza, artículos para amenities para clientes, material de oficina, lencería, menaje, gasóleo… El gasto
del consumo de algunos de estos artículos, como el gasóleo o la manutención del personal, se lleva en
cuentas específicas.
La variación de existencias total, sin tener en cuenta los anticipos a proveedores, diferencia entre las
existencias iniciales y las existencias finales, ha sido de (1.747,37) euros:
Existencias Iniciales 13.532,79
Total Variación de existencias (1.747,42)
Existencias Finales 11.785,37
En la Nota 15 se muestra la información de los aprovisionamientos, que refleja los consumos efectivos de
mercancías, tanto de “materias primas” como de “otros aprovisionamientos”.
10. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
El epígrafe “Efectivo y otros activos líquidos equivalentes” incluye la tesorería de la Sociedad. Al 31 de
diciembre de 2025 y 2024, no existen restricciones a la disponibilidad de estos fondos, a excepción de los
vinculados a la compensación a la extinción de la relación laboral que se describe en la nota 12.1 de la
memoria, que, a 31 de diciembre de 2025, ascienden a 82.569,10 euros (83.653,92 euros a 31 de diciembre
de 2024). Estos fondos no son disponibles por la Sociedad y están íntegramente ligados a la existencia de
la obligación frente a los trabajadores.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
39
Su detalle es el siguiente:
Ejercicio 2025 Ejercicio 2024
Tesorería 4.397.843,95
1.099.391,51
Caja euros 3.195,74
15.267,72
Bancos euros 4.394.648,21
1.084.123,79
Otros activos líquidos equivalentes -
-
Total 4.397.843,95
1.099.391,51
11. Patrimonio neto y fondos propios
11.1 Capital Social
Al 31 de diciembre de 2025 y de 2024, el capital social está representado por 300.000 acciones nominativas
de 1,00 euros nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas. Estas acciones gozan de iguales
derechos políticos y económicos.
Por consiguiente, el capital social asciende a 300.000 euros nominales y tiene la composición siguiente, al
31 de diciembre de 2025 y 2024:
Clases Series Nº de Acciones Valor Nominal (euros)
Desembolsos
No Exigidos
Fecha
Exigibilidad
Capital
Desembolsado
Única 300.000
1,00
-
-
300.000,00
Total 300.000
1,00
-
-
300.000,00
Las sociedades con participación directa o indirecta igual o superior al 10% del capital social son las
siguientes:
Accionista
2025 2024
Nº Acciones % Participación Nº Acciones
% Participación
Grupo Inmobiliario Tremón, S.A. 59.999
20,00
59.999
20,00
SEM Iberia Investment S.L. 178.505
59,50
178.505
59,50
Al 31 de diciembre de 2025, la cotización de la acción fue de 1,02 euros por acción. Al 31 de diciembre de
2024, la cotización de la acción fue de 1,02 euros por acción.
11.2. Reservas
El detalle de las reservas es el siguiente:
2025 2024
Reserva legal 60.000,00
60.000,00
Reservas voluntarias 2.891.808,34
2.044.631,02
Reservas especiales 189.259,00
189.259,00
Total 3.141.067,34
2.104.631,02
De acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad anónima debe destinar una cifra igual al 10%
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
40
del beneficio del ejercicio a la reserva legal hasta que ésta alcance, al menos, el 20% del capital social. La
reserva legal podrá utilizarse para aumentar el capital en la parte de su saldo que exceda del 10% del capital
ya aumentado. Salvo para la finalidad mencionada anteriormente, y mientras no supere el 20% del capital
social, esta reserva sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas y siempre que no existan otras
reservas disponibles suficientes para este fin.
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024, la reserva legal se encuentra dotada en su totalidad.
En 2024 se dotó un Reserva especial para Inversiones en las Islas Baleares (RIIB), reserva indisponible
mientras los bienes en que se materializa la inversión tengan la obligación de permanecer en el activo de la
empresa, esto es, durante un periodo mínimo de cinco años. La Reserva para Inversiones en las Islas
Baleares (RIIB) fue creada mediante la publicación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE, en
su disposición adicional septuagésima.
La reserva de inversiones en Baleares asciende a un importe de 189.259,00 euros y corresponde en su
totalidad a la compra e instalación de una planta enfriadora para optimizar el sistema de aire acondicionado
del hotel, tratándose, pues, de un activo no separable del hotel, cuya vida útil se estimará, una vez puesto
en funcionamiento, en correlación con el tiempo de vida del contrato de arrendamiento, prórrogas incluidas.
12. Provisiones y contingencias
12.1 Provisiones a largo plazo
El detalle y movimiento de las provisiones a largo plazo a lo largo de los ejercicios 2025 y 2024, es el
siguiente:
Ejercicio 2025
Provisiones a largo plazo Saldo Inicial Dotaciones
Aumentos por
Actualización
Aplicaciones Saldo final
Retribuciones a l/p al personal 167.232,14
33.914,88
- (29.908,30)
171.238,72
Total provisiones a largo plazo 167.232,14
33.914,88
- (29.908,30)
171.238,72
Ejercicio 2024
Provisiones a largo plazo Saldo Inicial Dotaciones
Aumentos por
Actualización
Aplicaciones
Saldo final
Retribuciones a l/p al personal 137.418,59
40.042,31
- (10.228,76)
167.232,14
Total provisiones a largo plazo 137.418,59
40.042,31
- (10.228,76)
167.232,14
La Sociedad, en virtud del convenio colectivo vigente, tiene contraída con sus empleados una
Compensación a la Extinción de la Relación Laboral, a partir de los 55 años de edad, siempre que la
permanencia en la empresa haya sido como mínimo de 15 años, y que consiste en una aportación en
metálico equivalente a un número de mensualidades que se fija en función de dos variables, la edad del
trabajador cuando se produce la extinción de la relación laboral y el número de años de servicio a la
empresa.
Según los términos del convenio, la compensación premia a aquellos empleados que deciden desvincularse
anticipadamente, de tal forma que, un empleado con 55 años de edad y 15 años de vinculación recibiría una
contraprestación de 10 mensualidades. En cambio, un empleado que se desvincula con 65 años de edad y
15 años de vinculación recibiría una contraprestación de 3 mensualidades, o, en el caso de llevar 35 años
de vinculación, recibiría una contraprestación de 7 mensualidades.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
41
Mensualidades en función de la edad
Años
vincul.
55 a 59
años
60 años 61 años 62 años 63 años 64 años 65 años 66 años 67 años
15 10 9 7,5 6 5 4 3
2 1
20 11 10 8,5 7 6 5 4 3
2
25 12 11 9,5 8 7 6 5 4 3
30 13 12 10,5 9 8 7 6 5 4
35 14 13 11,5 10 9 8 7 6 5
La Sociedad reconoce como provisión por retribuciones al personal a largo plazo los costes por servicios
pasados surgidos por este tipo de compensación, que se registran inmediatamente como gastos en la cuenta
de pérdidas y ganancias por su valor actual, en el epígrafe de cargas sociales.
Dicho compromiso se encuentra parcialmente exteriorizado mediante pólizas colectivas suscritas con una
compañía de seguros. Desde el ejercicio 2012 la Sociedad, en base a distintas respuestas publicadas por la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y con el asesoramiento de su Correduría, dado que
no existe obligatoriedad legal de exteriorizar las tales aportaciones, decidió cambiar el criterio aplicado
hasta dicha fecha, de manera que se mantiene lo hasta ahora aportado en la compañía de seguros como un
fondo de inversión que cubra parcialmente dichos premios, además de seguir imputando desde entonces los
resultados del ejercicio con cargo a Fondos Propios la parte proporcional que se devengue y sea imputable
a cada ejercicio.
En primer lugar, las provisiones hacen referencia a premios de vinculación a los que tienen derecho los
trabajadores siempre que (i) cumplan con un período mínimo de permanencia en la empresa de 15 años y
(ii) que su desvinculación se produzca por una de las causas que recoge el convenio sectorial de Baleares.
En segundo lugar, destacamos que no se trata de un premio de jubilación, ni un seguro de vida, sino un
premio de vinculación. En este sentido, al no estar el premio vinculado directamente a la jubilación, su
regulación no debe estar ajustada a la misma normativa que los premios por jubilación, es decir, no tienen
la obligación de estar externalizados o, en caso de ser dotados internamente, tener asignados activos
indisponibles.
En este sentido, la Sociedad decidió que, en primer lugar, dejaba de aportar las primas anuales al fondo
externo (aunque no se pediría su rescate anticipado por razones de prudencia) y, en segundo lugar,
empezaría a dotar la provisión equivalente. Por ello, en la actualidad, la Sociedad, por un lado, es tomadora
de una serie de fondos a nombre de los trabajadores que estaban dados de alta cuando se constituyeron y
que no han causado baja en la empresa que, a 31 de diciembre de 2025, tiene un valor de 82.569,10 euros
(83.653,92 euros a 31 de diciembre de 2024). Estos fondos no son disponibles por la Sociedad y están
íntegramente ligados a la existencia de la obligación frente a los trabajadores. En consecuencia, la Sociedad
considera correcta su presentación neta en el balance, informando de los mismos en la memoria, en concreto
en la nota 12.1 Provisiones a largo plazo, al no existir la obligación de tener activos indisponibles asignados,
como se ha explicado en el párrafo anterior.
Por otro lado, con objeto de cubrir los compromisos no contemplados en el acuerdo de externalización, la
Sociedad procede a complementar en forma de provisión de riesgos y gastos los importes estimados para
hacer frente a las obligaciones frente a los trabajadores, en concepto de premio de vinculación. En el
ejercicio 2025 se han dotado 33.914,88 euros (40.042,31 euros en 2024) en relación con las provisiones por
retribuciones a largo plazo al personal, aplicando parecidas premisas que mantiene la gestora de los fondos
externalizados (en cuanto hipótesis de vinculación dependiendo de antigüedad, puesto, edad, etc.), salvo la
revalorización de los fondos, que evidentemente no se produce. La Sociedad, habiendo analizado los
trabajadores que se han desvinculado de la empresa en los últimos 10 años con derecho a percibir el premio,
ha comprobado que la edad media a la que este hecho se produce es a los 64 años, es decir, antes de la edad
máxima posible, por lo que ha ajustado el premio a cobrar por los trabajadores a esa edad y, obviamente,
la dotación correspondiente.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
42
Los rescates de las provisiones de los trabajadores que han causado baja o han dejado de tener derecho a
dicho premio se han plasmado en la cuenta 795 de ingresos por excesos de provisiones por 29.908,30 euros
en 2025 (10.228,76 euros en 2024). Y los rescates de las provisiones externas por los motivos expuestos
han sido de 5.881,97 euros en 2025 (0,00 euros en 2024). Además, las diferencias pagadas a los
trabajadores entre lo “ahorrado” (externo e interno) y lo devengado han sido por importe de 12.270,61 euros
en 2025 (0,00 euros en 2024).
El saldo de la provisión interna contabilizada en el pasivo no corriente a 31 de diciembre de 2024 es de
171.238,72 euros (167.232,14 euros a 31 de diciembre de 2024).
Está también contabilizado el activo por diferencia temporaria deducible correspondiente a dicha provisión
al tipo impositivo vigente del 25 % por importe, por tanto, de 42.809,68 euros a 31 de diciembre de 2025
(41.808,04 euros en 2024), ya que dicha provisión no es deducible fiscalmente en el Impuesto sobre
Sociedades hasta que no se realiza, plasmándose en una salida efectiva de tesorería.
La Sociedad tiene contratada la gestión de los fondos externalizados con una compañía aseguradora de
reconocido prestigio, experiencia y solvencia, Generali, la cual establece las hipótesis actuariales en función
de su experiencia y conocimiento experto de la materia, por lo que la Sociedad aplica en el cálculo de la
provisión interna las mismas hipótesis actuariales que Generali:
1º) Un coeficiente revalorizador anual lineal del 2%.
2º) La probabilidad de que un trabajador permanezca vinculado a la sociedad durante más de 15 años es del
0% durante su primer año de contrato, no calculándose, por tanto, en el primer ejercicio ninguna previsión
de premio para dicho trabajador.
3º) La sociedad, después del análisis realizado en el presente ejercicio 2025, de los trabajadores que se han
desvinculado de la empresa en los últimos 10 años con derecho a percibir el premio, ha comprobado que la
edad media a la que este hecho se produce es a los 64 años, es decir, antes de la edad máxima posible.
4º) Como quiera que la mayoría de los trabajadores de la sociedad que devengan este derecho son fijos
discontinuos y, dependiendo de las necesidades de la sociedad trabajan un mayor o menor número de días
al año, el importe de la dotación anual, que se recalcula cada ejercicio, se realiza como si en los ejercicios
futuros, el trabajador fuera a estar vinculado con la empresa el mismo número de días que en el último
ejercicio y dividiendo dicho cálculo (el número total de días a trabajar hasta los 65 años) en períodos de
274 días ya que a partir de este número de días trabajados el convenio colectivo equipara dicho periodo con
una anualidad. Con una limitación, que el número total de períodos de 274 días no puede nunca ser superior
al número de ejercicios restantes, con el ánimo de no favorecer a estos trabajadores por encima de los que
estén vinculados más de ese número de días.
13. Pasivos financieros
13.1. Pasivos financieros a largo plazo
La Sociedad carece de pasivos financieros a largo plazo durante los ejercicios 2025 y 2024.
13.2. Pasivos financieros a corto plazo
La información de los instrumentos financieros del pasivo del balance de la Sociedad a corto plazo,
clasificados por categorías, es la siguiente:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
43
CLASES
Deudas con
entidades de
crédito
Obligaciones y otros
valores negociables
Derivados y otros TOTAL
2025 2024 2025 2024 2025 2024 2025 2024
CATEGORÍAS
Pasivos financieros a coste amortizado o coste -
-
-
-
203.802,35
330.892,58
203.802,35
330.892,58
Pasivos a valor razonable con cambios en
pérdidas y ganancias:
— Cartera de negociación -
-
-
-
-
-
-
-
— Designados -
-
-
-
-
-
-
-
— Otros -
-
-
-
-
-
-
-
Derivados de cobertura -
-
-
-
-
-
-
-
TOTAL -
-
-
-
203.802,35
330.892,58
203.802,35
330.892,58
13.3. Clasificación por vencimientos
La clasificación por vencimientos de los pasivos financieros de la Sociedad, de los importes que vencen en
cada uno de los siguientes años al cierre del ejercicio y hasta el último vencimiento, se detalla de la forma
siguiente:
Ejercicio 2025
Vencimiento en años
1 2 3 4 5 Más de 5 TOTAL
Deudas -
-
-
-
-
-
-
Otros pasivos financieros -
-
-
-
-
-
-
Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar 203.802,35
-
-
-
-
-
203.802,35
Proveedores 15.952,82
-
-
-
-
-
15.952,82
Acreedores varios 133.702,91
-
-
-
-
-
133.702,91
Personal 14.516,44
-
-
-
-
-
14.516,44
Anticipos de clientes 39.630,18
-
-
-
-
-
39.630,18
TOTAL 203.802,35
-
-
-
-
-
203.802,35
Ejercicio 2024
Vencimiento en años
1 2 3 4 5 Más de 5 TOTAL
Deudas 44.636,75
-
-
-
-
-
44.636,75
Otros pasivos financieros 44.636,75
-
-
-
-
-
44.636,75
Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar 286.255,83
-
-
-
-
-
286.255,83
Proveedores 2.356,35
-
-
-
-
-
2.356,35
Acreedores varios 240.768,17
-
-
-
-
-
240.768,17
Personal 10.325,36
-
-
-
-
-
10.325,36
Anticipos de clientes 32.805,95
-
-
-
-
-
32.805,95
TOTAL 330.892,58
-
-
-
-
-
330.892,58
Los saldos por deudas con el personal a 31 de diciembre de 2025 y 2024 corresponden a las deudas con los
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
44
trabajadores por los salarios del mes anterior a dicha fecha que son abonados en los primeros días del mes
siguiente y por la parte proporcional de pagas extras devengadas y no vencidas.
En el epígrafe “Anticipos de clientes” del pasivo corriente del balance de situación se incluyen 39.630,18
euros a 31 de diciembre de 2025 y 32.805,95 euros al cierre de 2024, que corresponden a cobros pendientes
de asignar a las cuentas correspondientes de clientes.
13.4. Información sobre los plazos de pagos efectuados a proveedores.
Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera.
“Deber de información” de la Ley 15/2010, de 5 de julio.
A continuación, se detalla la información requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010,
de 5 de julio (modificada a través de la Disposición final segunda de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre)
preparada conforme a la Resolución del ICAC de 29 de enero de 2016, sobre la información a incorporar
en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones
comerciales.
2025 2024
Días Días
Periodo medio de pago a proveedores 29,65 23,69
Ratio de operaciones pagadas 27,07 22,02
Ratio de operaciones pendientes de pago 123,06 50,71
Importe Importe
Total pagos realizados 4.009.972,09
3.934.952,01
Total pagos pendientes 149.655,73
243.124,52
Conforme a la Resolución del ICAC, para el cálculo del período medio de pago a proveedores, se han tenido
en cuenta las operaciones comerciales correspondientes a la entrega de bienes o prestaciones de servicios
devengadas desde la fecha de entrada en vigor de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre.
Se consideran proveedores, a los exclusivos efectos de dar la información prevista en esta Resolución, a los
acreedores comerciales por deudas con suministradores de bienes o servicios, incluidos en las partidas
“Proveedores” y “Acreedores varios” del pasivo corriente del balance de situación.
Se entiende por Periodo medio de pago a proveedores” el plazo que transcurre desde la entrega de los
bienes o la prestación de los servicios a cargo del proveedor y el pago material de la operación.
De acuerdo a la normativa exigida por el artículo 9 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, adicionalmente
a la información anterior, se indica la siguiente información:
Volumen (miles de euros)
2025
Facturas pagadas antes del cumplimiento del plazo máximo legal de pago a proveedores
3.338.665,48
Porcentaje sobre el total de facturas de proveedores
83,25%
Número (unidades)
2025
Facturas pagadas antes del cumplimiento del plazo máximo legal de pago a proveedores
2.155,00
Porcentaje sobre el total de facturas de proveedores
87,38%
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
45
Volumen (miles de euros)
2024
Facturas pagadas antes del cumplimiento del plazo máximo legal de pago a proveedores
3.604.165,91
Porcentaje sobre el total de facturas de proveedores
91,59%
Número (unidades)
2024
Facturas pagadas antes del cumplimiento del plazo máximo legal de pago a proveedores
2
.
419
Porcentaje sobre el total de facturas de proveedores
93,72%
14. Administraciones Públicas y situación fiscal
14.1. Saldos con las Administraciones Públicas
La composición de los saldos con las Administraciones Públicas es la siguiente, en euros:
Saldos deudores
2025 2024
No corrientes
Activo por impuesto diferido 42.809,68
41.808,04
Corrientes
Hacienda Pública deudora por IVA 27.821,06
27.765,14
Hacienda Pública deudora por Impuesto sobre Sociedades -
-
Total 70.630,74
69.573,18
Saldos acreedores
2025 2024
Corrientes
Hacienda Pública acreedora por IVA -
-
Hacienda Pública acreedora por IRPF (39.090,99)
(33.224,30)
Hacienda Pública acreedora por Impuesto sobre Sociedades (181.544,19)
(208.991,07)
Organismos de la Seguridad Social acreedores (4.183,08)
(9.557,84)
Total (224.818,26)
(251.773,21)
14.2. Conciliación resultado contable y base imponible fiscal
La conciliación entre los ingresos y gastos del ejercicio y la base imponible de Impuesto sobre Sociedades
es la siguiente:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
46
Euros
2025 2024
Resultado contable (antes de impuestos) 1.449.899,89
1.129.809,44
Diferencias permanentes:
Sanciones no deducibles 8.240,11
453,24
Reserva por inversiones en Baleares (RIB) -
-
Diferencias temporarias:
Amortización no deducible (*) -
(1.329,19)
Dotaciones netas por provisiones y gastos por pensiones 33.914,88
40.042,31
Exceso de provisiones por pensiones (29.908,30)
(10.228,76)
Reducción reserva de capitalización (169.435,46)
-
Compensación de B.I.N. de ejercicios anteriores -
-
Base imponible (resultado fiscal) 1.292.711,12
1.158.747,04
(*) Disposición transitoria trigésima séptima. Deducción por reversión de medidas temporales. Los contribuyentes que tributen al tipo
de gravamen previsto en el apartado 1 del artículo 29 de esta Ley y les haya resultado de aplicación la limitación a las amortizaciones
establecida en el artículo 7 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la
consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra
del 5 por ciento de las cantidades que integren en la base imponible del período impositivo de acuerdo con el párrafo tercero del citado
artículo, derivadas de las amortizaciones no deducidas en los períodos impositivos que se hayan iniciado en 2013 y 2014.
14.3. Conciliación entre resultado contable y gasto por Impuesto sobre Sociedades
La conciliación entre el resultado contable y el gasto por Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:
2025 2024
Resultado contable antes de impuestos 1.449.899,89
1.129.809,44
Diferencias permanentes 8.240,11
453,24
Diferencias temporales 4.006,58
28.484,36
Reducción reserva de capitalización (169.435,46)
-
Compensación de B.I.N. de ejercicios anteriores -
-
Cuota al 25% 323.177,78
289.686,76
Impuesto diferido (1.001,64)
(7.121,09)
Ajuste por modificación de tipo de gravamen/provisiones -
(66,46)
Total gasto por impuesto reconocido en la cuenta de pérdidas y
ganancias
322.176,14
282.499,21
14.4. Desglose del gasto por Impuesto sobre Sociedades
El desglose del gasto por Impuesto sobre Sociedades es el siguiente:
2025 2024
Impuesto corriente 323.177,78
289.686,76
Impuesto diferido (1.001,64)
(7.121,09)
Ajuste por modificación de tipo de gravamen -
(66,46)
Total gasto por impuesto 322.176,14
282.499,21
14.5. Activos por impuesto diferido registrados
El detalle del saldo de esta cuenta al cierre del ejercicio 2025 y 2024 es el siguiente:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
47
2024 Adiciones Bajas Reclasificaciones
2025
Diferencias temporarias (Impuestos anticipados):
Amortización no deducible 0,00
-
0,00
-
0,00
Provisiones y gastos por pensiones 41.808,04
1.001,64
-
-
42.809,67
Derechos por deducciones y bonificaciones pendientes de aplicar
0,00
-
0,00
-
0,00
Total activos por impuesto diferido 41.808,04
1.001,64
0,00
0,00
42.809,67
2023 Adiciones Bajas Reclasificaciones
2024
Diferencias temporarias (Impuestos anticipados):
Amortización no deducible 332,29
-
(332,29)
-
0,00
Provisiones y gastos por pensiones 34.354,65
7.453,39
-
-
41.808,04
Derechos por deducciones y bonificaciones pendientes de aplicar
66,46
-
(66,46)
-
0,00
Total activos por impuesto diferido 34.753,40
7.453,39
(398,75)
0,00
41.808,04
Los activos por impuesto diferido indicados anteriormente han sido registrados en el balance de situación
por considerar los Administradores que, conforme a la mejor estimación sobre los resultados futuros de la
Sociedad, incluyendo determinadas actuaciones de planificación fiscal, es probable que dichos activos sean
recuperados.
14.6. Bases imponibles negativas
No existen a 31 de diciembre de 2025 y 2024 bases imponibles negativas a compensar en ejercicios futuros.
14.7. Ejercicios pendientes de comprobación y actuaciones inspectoras
Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados
hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya
transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. La Sociedad tiene pendientes de inspección los cuatro
últimos ejercicios para todos los impuestos que le son de aplicación. Los Administradores de la Sociedad
consideran que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo
que, aún en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento
fiscal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían
de manera significativa a las cuentas anuales adjuntas.
15. Ingresos y gastos
15.1 Importe neto de la cifra de negocios
La totalidad del importe neto de la cifra de negocios por un importe de 5.240.282,22 euros en 2025 y de
4.984.490,29 euros en 2024, corresponde a prestaciones de servicios hoteleros en el municipio de Calviá,
en Mallorca.
El desglose de dicha cifra en función de las obligaciones de desempeño es el siguiente:
2025 2024
Alojamiento 4.171.904,41
79,61% 4.304.406,66
86,36%
A&B 1.035.245,49
19,76% 655.484,64
13,15%
Otros 33.132,33
0,63% 24.598,99
0,49%
INCN 5.240.282,23
100,00% 4.984.490,29
100,00%
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
48
15.2. Aprovisionamientos
El saldo de las cuentas “Consumo de mercaderías”, “Consumo de materias primas y otras materias
consumibles”, “Variación de existencias”, y “Trabajos realizados por otras empresas”, de los ejercicios
2025 y 2024, presenta la siguiente composición, en euros:
2025 2024
Consumo de mercaderías: 265.638,96
207.325,31
- Compras comida/bebida (6010) 266.435,72
235.433,50
- Rappels (609) (381,85)
(314,81)
- Variación existencias comida-bebida (6100) + (6011) (414,91)
(27.793,38)
Consumo de materias primas y otros aprovisionamientos 66.024,89
61.907,34
- Compras otros aprovisionamientos (602) 63.863,36
37.805,08
- Variación de existencias (6120 + 6122 + 603) 2.161,53
24.102,26
Trabajos realizados por otras empresas 1.165,21
-
- Trabajos realizados por otras empresas (607) 1.165,21
-
Total 332.829,06
269.232,65
La Sociedad no realiza adquisiciones intracomunitarias o importaciones.
15.3. Gastos de personal
La composición de este epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta es el siguiente, en euros:
2025 2024
Sueldos y salarios 1.222.137,94
1.178.499,33
Indemnizaciones 6.900,00
5.050,00
Seguridad Social a cargo de la empresa 324.155,34
282.580,95
Dotaciones netas por provisiones y gastos por pensiones 46.185,49
40.042,31
Otros gastos sociales 14.323,79
100.293,77
Exceso de provisión por retribuciones al personal (35.790,27)
(10.228,76)
Total Gastos de personal 1.577.912,29
1.596.237,60
La partida “Dotaciones netas por provisiones y gastos por pensiones” corresponde al gasto devengado en
el ejercicio en concepto del premio de vinculación descrito en la Nota 12.1.
El exceso de provisión por retribuciones al personal se debe a los premios de vinculación correspondientes
a la baja de los trabajadores en los ejercicios 2025 y 2024.
15.4. Servicios exteriores
La composición de este epígrafe de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias durante los dos últimos ejercicios y
la variación entre ambos es la siguiente, en euros:
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
49
2025 2024
Arrendamientos y cánones 252.058,68
252.237,19
Reparaciones y conservación 259.408,27
391.892,51
Servicios de profesionales independientes 907.978,39
956.144,61
Transportes 131,00
58,80
Primas de seguros 10.839,77
15.640,10
Servicios bancarios y similares 60.550,96
44.107,72
Publicidad, propaganda y relaciones públicas 6.855,90
15.719,47
Suministros 160.987,56
208.378,07
Otros servicios 33.161,68
22.933,27
Total Servicios exteriores 1.691.972,21
1.907.111,74
El epígrafe de arrendamientos y cánones recoge, principalmente, el canon de gestión descrito en la Nota 7.
Dentro del epígrafe reparaciones y conservación, están registradas las reparaciones y mantenimientos de
instalaciones del Hotel.
Dentro de “servicios profesionales independientes” se incluyen los siguientes capítulos:
Servicios Profesionales independientes: servicios centrales, Notaría, Auditoría, Consultoría,
Registros, Motor de reservas, Página web, Bolsa y otros.
sica, animación y espectáculos.
Servicios de seguridad externa.
Comisiones de agencias.
Lavandería.
15.5. Gastos e ingresos financieros
El detalle de los ingresos y gastos financieros es el siguiente, en euros:
2025 2024
Ingresos: 37.429,16
93.635,46
Ingresos de valores negociables, empresas del Grupo y asociadas -
-
Otros ingresos 37.429,16
93.635,46
Variación del valor razonable de instrumentos financieros
Gastos: -
-
Por deudas con terceros -
-
Perdidas en valores negociables -
-
Resultados financieros 37.429,16
93.635,46
15.6 Otros resultados
Los resultados originados fuera de la actividad normal de la empresa incluidos en la partida “Otros
resultados”, ascienden en el ejercicio 2025 a (9.903,73) euros de gastos y se corresponden con sanciones y
recargos.
Los resultados originados fuera de la actividad normal de la empresa incluidos en la partida “Otros
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
50
resultados”, ascendieron en el ejercicio 2024 a (453,24) euros de gastos y se corresponden con sanciones y
recargos.
16. Operaciones con partes vinculadas
16.1. descripción de las operaciones con partes vinculadas
Tal y como se señala en la Notas 1 y 11.1 de esta memoria la Sociedad forma parte del grupo de sociedades
conocido como “Grupo SEM” cuya sociedad dominante es SEM IBERIA INVESTMENTS, S.L.
Asimismo, Grupo Inmobiliario Tremón, S.A. tiene una participación significativa en el capital de TR Hotel
Jardín del Mar S.A.
La Sociedad ha realizado operaciones comerciales y financieras con otras sociedades vinculadas que
forman parte de los denominado “Grupo SEM” y “Grupo Tremón”, registrándose éstas como operaciones
con “Otras partes vinculadas”.
La tipología de estas relaciones es:
Arrendamiento del inmueble entre la Sociedad y la entidad Ilitia Investments, S.L. propietaria del
inmueble desde la fecha de traspaso de la propiedad (23/07/2020), fecha desde la cual asumió la
posición de arrendador manteniéndose todas las condiciones del anterior contrato de
arrendamiento. La operación sigue siendo vinculada, al ser Ilitia Investmensts, S.L. una sociedad
dependiente de SEM Investments, S.L. El importe del arrendamiento en 2025 y 2024 se
corresponde con el tope máximo establecido en el contrato.
Refacturación de los impuestos inherentes al inmueble, tasa de basuras, tasa de reciclaje, paso de
carruajes, IBI, etc…por parte de Ilitia Investmensts, S.L. a la Sociedad.
Refacturación de las distintas pólizas de seguros que SEM IBERIA CORPORATE, S.L. centraliza.
Se emite nota de cargo por el importe de la prima correspondiente.
Contrato de recepción de servicios centrales” que incluyen servicios laborales, jurídicos, fiscales,
contables, administrativos, técnicos, comerciales…, por un importe de 105.734,94 euros anuales,
prestado por SEM IBERIA CORPORATE, S.L.
Recepción y prestación de servicios de alojamiento bien de clientes propios enviados al otro hotel
de la cadena en la isla por overbookings ocasionales, bien por la situación inversa (recepción de
clientes del otro hotel de la cadena en la isla), o bien por el alojamiento de personal del hotel en
otros hoteles de la cadena por desplazamientos laborales.
Operaciones financieras: no se han realizado este tipo de operaciones en los ejercicios 2025 y
2024.
Pueden existir operaciones de depósito de fondos entre sociedades vinculadas con origen en
pequeños cobros y/o pagos por cuenta de otra sociedad vinculada y que son saldados en el mismo
día o en días inmediatamente próximos, estas operaciones tienen importes mínimos y no generan
intereses, ni positivos ni negativos según correspondiera al asimilarlas a pequeñas operaciones de
caja.
Otra información relativa a las operaciones entre sociedades vinculadas:
La política de precios
La política de precios seguida por la Sociedad es de precios de mercado, detallando a continuación las
características concretas para cada tipología de operación llevada a cabo durante los ejercicios 2025 y 2024:
Préstamos: no se ha realizado esta operativa durante los ejercicios 2025 y 2024.
Alojamientos: este concepto recoge aquellas facturaciones o cargos realizados a otros hoteles de
la cadena en relación con clientes desviados de estos últimos a TR Hotel Jardín del Mar o
viceversa. El precio que se factura por estos alojamientos es el mismo que el que el hotel inicial
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
51
cobra al cliente externo, es decir, el beneficio neto de la operación es para el hotel donde finalmente
se aloja el cliente. Esta política es práctica habitual en el sector en el que opera al respetarse,
recíprocamente, los precios de origen del cliente desviado.
Prestación de servicios: se basan en precios razonables de mercado, lo que un tercero de calidad,
confianza y reconocido prestigio cobraría por estos mismos servicios.
Arrendamiento: el contrato de arrendamiento, que mantiene la sociedad con Ilitia Investmensts,
S.L., es de iguales características que el formalizado con otras sociedades gestoras de hoteles de
la cadena, así como de otros contratos de gestión que la cadena mantiene o ha mantenido con
propietarios de inmuebles hoteleros no vinculados al Grupo, tales como TR Hotel Torrenova con
ANIDA (BBVA) o TR Hotel Tirant Playa con CISA (BANKIA-SAREB).
Plazos, condiciones, naturaleza de la contraprestación establecida para su liquidación y garantías
otorgadas o recibidas, de los saldos pendientes al cierre del ejercicio.
Los plazos de pago y condiciones varían dependiendo del tipo de operación antes mencionada. En este
sentido, (i) el contrato de arrendamiento establece que éste ha de ser abonado antes de la finalización del
primer trimestre del ejercicio siguiente de su devengo, (ii) los contratos de prestación de servicios y de
préstamo (así como los correspondientes intereses remuneratorios devengados) tienen que ser abonados
antes del 31 de diciembre del ejercicio en curso, en caso contrario devengarán el tipo de interés legal del
dinero y (iii) las operaciones de alojamiento se abonan en el menor plazo posible, no existiendo una
condición específica al respecto ya que ni el importe ni el plazo de pago/cobro de estas operaciones ha sido
históricamente significativo.
No se han prestado ni recibido garantías por los saldos pendientes.
Gastos reconocidos en el ejercicio como consecuencia de deudas incobrables o de dudoso cobro de
partes vinculadas:
No se ha reconocido gasto alguno en la cuenta de pérdidas y ganancias de los ejercicios 2025 y 2024 por
no haberse puesto de manifiesto ninguna necesidad de deterioro como resultado del test de deterioro que
lleva a cabo la Sociedad sobre sus activos financieros no registrados a valor razonable.
Consecuentemente la Sociedad no ha considerado necesario incluir el detalle del movimiento de los saldos
de correcciones valorativas del ejercicio, en tanto en cuanto no lo identificó como una información relevante
que fuera necesaria para entender las cuentas anuales.
16.2. Saldos entre vinculadas
A 31 de diciembre 2025 y 2024 todas las operaciones de vinculadas han sido cobradas o pagadas antes del
cierre del ejercicio.
16.3. Transacciones entre vinculadas
No se han realizado operaciones con accionistas significativas en los ejercicios actual y anterior.
Las operaciones más significativas efectuadas con “otras partes vinculadas” durante los ejercicios 2024 y
2023, se indican a continuación, según conceptos
Gastos
Por arrendamientos (los importes se presentan sin IVA) (nota 7):
Gastos por alquileres 2025 2024
Ilitia Investments, S.L. 250.000,00
250.000,00
TOTAL 250.000,00
250.000,00
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
52
Recepción de servicios, según su naturaleza (los importes se presentan sin IVA):
Recepción de servicios 2025 2024
- De alojamiento:
TR Hotel La Motilla, S.L. 302,76
1.264,47
Hotel SEM Mijas, S.L. 438,31
252,90
Hotel SEM Baeza, S.L. 247,18
247,18
Hotel SEM Palmanova, S.L. 582,51
5.242,60
1.570,76
7.007,15
- De refacturación tasas y tributos:
Ilitia Investmensts, S.L. 73.940,39
80.867,32
73.940,39
80.867,32
- De asesoramiento, consultoría, …:
SEM Iberia Corporate, S.L. 120.632,97
105.734,94
120.632,97
105.734,94
TOTAL 196.144,12
193.609,41
Ingresos
Prestación de servicios (los importes se presentan sin IVA), de alojamiento:
Prestación de servicios 2025 2024
SEM Iberia Corporate, S.L. 4.582,73
-
TOTAL 4.582,73
-
Remuneración de acuerdos de financiación (los importes se presentan son los ingresos brutos, sin
considerar la retención): no se han realizado operaciones de financiación con partes vinculadas en
los ejercicios 2025 y 2024
16.4 Saldos y transacciones con Consejo de Administración y alta dirección
Durante los ejercicios 2025 y 2024, en la Sociedad no se ha devengado retribución alguna a los miembros
del Órgano de Administración, ni existen créditos ni anticipos con los mismos, ni tampoco existen otros
compromisos, avales y otros.
Aparte de los miembros del Órgano de Administración, no existe otro personal de la Sociedad que cumpla
la definición de personal de alta dirección. En este sentido, al formar TR Hotel Jardín del Mar, S.A. parte
de la cadena TRH Hoteles, existen ciertas decisiones de carácter estratégico a nivel cadena que superan su
ámbito de decisión y que son tomadas por personal de las sociedades cabeceras, tales como contratos con
proveedores o clientes, que se formalizan a nivel cadena para aprovechar las sinergias beneficiosas que se
derivan de la negociación conjunta de toda una cadena hotelera con respecto a una negociación individual
a la hora de fijar precios de compra/venta, condiciones de pago/cobro, y otras estipulaciones, si bien, estos
acuerdos/contratos de cadena han de ser ratificados por los órganos de administración de la Sociedad para
que sean lidos y operativos para la Sociedad, manteniendo en todo momento la capacidad de toma de
decisión por parte del órgano administrativo. Hasta la fecha, estas decisiones estratégicas no han incluido
acuerdos/contratos con partes vinculadas por no haberse dado las circunstancias para ello.
Al 31 de diciembre de 2025 y 2024, no existen compromisos por complementos a pensiones, avales o
garantías concedidas a favor del Órgano de Administración.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
53
16.5 Participación y ejercicio de funciones o cargos de Administradores en sociedades con actividad
similar a la de la Sociedad. Realización de actividades análogas o complementarias al objeto social.
Al cierre de los ejercicios 2025 y 2024, los miembros del Consejo de Administración no han comunicado
situación alguna de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos, según se define
en la Ley de Sociedades de Capital, pudieran tener con el interés de la Sociedad.
17. Información sobre medio ambiente
La Sociedad no tiene activos de importancia ni ha incurrido en gastos relevantes destinados a la
minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente. Asimismo, no
existen provisiones para riesgos y gastos ni contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio
ambiente.
18. Otra información
El número medio de personas empleadas durante el ejercicio 2025 y 2024, así como la distribución de
personas empleadas por sexos al término del ejercicio 2025 y 2024, es el siguiente:
Descripción Fijos
Eventuales
Total 2025 Sexo Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Trabajadores en alta al inicio 3
0
0
0
3
Altas durante el periodo
33
33
0
0
66
Bajas durante el periodo
33
31
0
0
64
Trabajadores en alta al final 3
2
0
0
5
Plantilla media discapacitados
0
0
0
0
0
Plantilla media 20,14
17,35
0
0
37,49
Descripción Fijos
Eventuales
Total 2024 Sexo Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Trabajadores en alta al inicio 4
0
0
0
4
Altas durante el periodo
33
36
0
0
69
Bajas durante el periodo
34
36
0
0
70
Trabajadores en alta al final 3
0
0
0
3
Plantilla media discapacitados
0
0
0
0
0
Plantilla media 19,81
17,6
0
0
37,41
En los ejercicios 2025 y 2024 la sociedad no ha tenido contratado ningún trabajador con discapacidad mayor
o igual al 33%.
19. Honorarios de auditoría
Durante el ejercicio 2025, los honorarios relativos a los servicios de auditoría de cuentas han ascendido a
8.065,00 euros (7.770,00 euros en el ejercicio 2024).
Adicionalmente, la entidad auditora ha facturado a partes vinculadas un total de 26.440,00 euros en
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concepto de auditoría de cuentas anuales (24.600,00 en 2024) y un total de 18.320,00 euros en concepto de
revisiones limitadas y otros trabajos (17.300,00 en 2024).
20. Hechos posteriores
Con posterioridad al cierre del ejercicio, el incremento de la tensión geopolítica internacional derivado del
conflicto en Oriente Medio, incluido el ataque de los Estados Unidos a Irán, ha generado una situación de
incertidumbre que podría afectar a los mercados energéticos y de materias primas.
A la fecha de formulación de las presentes cuentas anuales, la Sociedad se encuentra evaluando los posibles
efectos que dicha situación pudiera tener sobre sus costes de aprovisionamiento. No obstante, con la
información disponible en este momento, no es posible determinar de forma fiable su eventual impacto
económico, ni se han identificado circunstancias que requieran la realización de ajustes en las presentes
cuentas anuales. (nota 2.4).
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TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A.
INFORME DE GESTIÓN DEL EJERCICIO 2025
1.- SITUACION DE LA ENTIDAD:
1.1 Estructura organizativa:
La Sociedad será administrada, representada y gestionada por un Consejo de Administración integrado por
un número mínimo de cuatro (4) y un máximo de quince (15) Consejeros, que serán designados por acuerdo
de la Junta General.
El poder de representación corresponde al Consejo de Administración, que lo ejercerá colegiadamente.
Los Administradores ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos, una o
más veces, por periodos de igual duración.
Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o haya
transcurrido el término legal para la celebración de la Junta General Ordinaria.
No obstante, los administradores podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por la Junta
General.
1.2 Funcionamiento:
1.2.1 Composición.
El Consejo de Administración elegirá de su seno un Presidente, así como un Secretario.
El Secretario podrá ser no Consejero.
El presidente es el máximo responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración y le
corresponden las facultades otorgadas por la ley, los estatutos sociales y el reglamento del consejo de
administración, y sin perjuicio de las específicas disposiciones vigentes, el Presidente del Consejo estará
facultado para la elevación a instrumento público de los acuerdos sociales.
El cargo de presidente del consejo de administración podrá recaer en un consejero ejecutivo. En este caso,
la designación del presidente requerirá el voto favorable de los dos tercios de los miembros del consejo de
administración.
En caso de que el presidente tenga la condición de consejero ejecutivo, el consejo de administración, con
la abstención de los consejeros ejecutivos, deberá nombrar necesariamente a un consejero coordinador entre
los consejeros independientes, que estará especialmente facultado para solicitar la convocatoria del consejo
de administración o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día de un consejo ya convocado, coordinar
y reunir a los consejeros no ejecutivos y dirigir, en su caso, la evaluación periódica del presidente del
consejo de administración.
El nombramiento y cese del Secretario del Consejo será informado por la Comisión de Nombramientos, en
su caso, y aprobado por el Consejo en pleno, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del
Consejo de Administración.
El Consejo de Administración podrá también nombrar potestativamente a uno o varios Vicepresidentes, a
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los que asignará un número de orden, en caso de ser varios, y un Vicesecretario, que podrá ser no consejero.
1.2.2. Convocatoria.
La convocatoria del Consejo corresponde a su Presidente, quien ejercerá dicha facultad siempre que lo
exijan las necesidades y conveniencias de la Sociedad y tantas veces como fuera necesario, a su juicio, para
que el Consejo de Administración pueda desempeñar con eficacia sus funciones. Asimismo, deberá
convocar necesariamente el Consejo de Administración para que se reúna una vez al año dentro del primer
trimestre del ejercicio social, al objeto de formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta
de aplicación de resultados del ejercicio social anterior.
El Presidente convocará asimismo el Consejo, cuando lo soliciten al menos dos (2) Consejeros, en cuyo
caso deberá convocarlo para ser celebrado dentro de los treinta (30) días siguientes a la petición. En caso
de que el Presidente no atendiera dicha petición, estará facultado para convocar formalmente el Consejo
cualquier Consejero. Asimismo, el Presidente deberá incluir en la convocatoria del Consejo de
Administración aquellos puntos del orden del día que soliciten al menos dos (2) Consejeros, en los términos
que se regulen en el Reglamento del Consejo de Administración.
El Reglamento del Consejo de Administración podrá, en su caso, otorgar la facultad de convocar el Consejo
de Administración a otros Consejeros en casos extraordinarios, en los términos y condiciones que en aquél
se determinen.
La convocatoria se enviará por el Presidente, o por delegación de éste, por el Secretario, mediante correo
ordinario o electrónico dirigido a cada Consejero y remitido al domicilio, teléfono o dirección de correo
electrónico a tal fin designado por cada uno de ello, con cinco (5) días de antelación a la fecha de la reunión;
en dicha convocatoria se indicará el día, hora y lugar de la reunión y a la misma se acompañará toda la
información y documentación que proceda y se encuentre disponible en relación con los puntos del orden
del día. Salvo acuerdo unánime en contrario, el lugar de la reunión se fijará en el municipio correspondiente
al domicilio de la Sociedad. Si el Presidente apreciara la concurrencia de circunstancias extraordinarias y
urgentes que así lo requieran, podrá convocar el Consejo con una antelación inferior a la ordinaria, que no
será inferior a cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha y hora prevista para la reunión.
1.2.3. Constitución
El Consejo quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la
mayoría de sus componentes.
Podrán participar en las reuniones Consejeros que se encuentren en lugares distintos de aquel en que se
celebra el Consejo, siempre y cuando lo hagan a través de medios audiovisuales, telefónicos o telemáticos
que garanticen de un modo suficiente y adecuado la comunicación recíproca completa y en tiempo real, y
por tanto, la unidad del acto.
1.2.4. Representación.
Los consejeros deben asistir personalmente a las sesiones que se celebren; no obstante, podrán delegar su
representación en otro consejero.
Los consejeros no ejecutivos solo podrán hacerlo en otro no ejecutivo. La representación se conferirá por
escrito y con carácter especial para cada sesión, mediante carta dirigida al Presidente.
1.2.5. Forma de deliberar y tomar acuerdos.
Todos los Consejeros tendrán derecho a manifestarse sobre cada uno de los asuntos a tratar, sin perjuicio
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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de que corresponde al Presidente el otorgamiento de la palabra y la determinación de la duración de las
intervenciones.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes a la sesión, salvo
disposición legal específica. El voto del Presidente será dirimente en caso de empate en las votaciones.
La votación por escrito y sin sesión será igualmente válida siempre que ningún Consejero se oponga a este
procedimiento.
1.2.6. Derecho de información de los Consejeros.
Cualquier Consejero podrá recabar al Presidente del Consejo de Administración la información adicional
que juzgue precisa sobre los asuntos de la competencia del Consejo, debiendo éste atender dicha solicitud.
Asimismo, los Consejeros de la Sociedad tendrán derecho a obtener de ésta el asesoramiento preciso para
el cumplimiento de sus funciones, debiendo arbitrar ésta los mecanismos adecuados para el ejercicio de
dicho derecho.
1.27. Acta.
Las discusiones y acuerdos del Consejo se llevarán a un libro de actas. Las actas serán aprobadas por el
propio órgano, al final de la reunión o en la siguiente; también podrán ser aprobadas por el Presidente y el
Secretario, dentro del plazo de siete (7) días desde la celebración de la reunión del Consejo, siempre que
así lo hubieren autorizado por unanimidad los Consejeros concurrentes a la misma. Las actas han de ser
firmadas por el Presidente y el Secretario del Consejo.
1.2.8. Delegación de facultades.
El Consejo de Administración, cumpliendo con lo establecido en el artículo 249 de la Ley de Sociedades
de Capital, podrá designar de entre sus miembros a uno o varios Consejeros delegados o comisiones
ejecutivas, estableciendo el contenido, los límites y las modalidades de delegación, pudiendo delegar en
ellos, total o parcialmente, con carácter temporal o permanente, todas las facultades que no sean
indelegables conforme a la Ley.
El Consejo de Administración podrá delegar también con carácter permanente, sus facultades
representativas en uno o más Consejeros, determinando, si son varios, si han de actuar conjuntamente o
pueden hacerlo por separado.
La delegación permanente de alguna facultad del Consejo en la comisión ejecutiva o en el Consejero
delegado y la designación de los Consejeros que hayan de ocupar tales cargos requerirá para su validez el
voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirá efecto alguno hasta
su inscripción en el Registro Mercantil.
Cuando un miembro del Consejo sea nombrado Consejero delegado o se le atribuyan funciones ejecutivas
en virtud de otro título, será necesario que se celebre un contrato entre este y la sociedad que deberá ser
aprobado previamente por el Consejo con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros. El
Consejero afectado deberá abstenerse de asistir a la deliberación y de participar en la votación. El contrato
aprobado deberá incorporarse como anexo al acta de la sesión.
En el contrato se detallarán todos los conceptos por los que pueda obtener una retribución por el desempeño
de funciones ejecutivas, incluyendo, en su caso, la eventual indemnización por cese anticipado en dichas
funciones y las cantidades a abonar por la sociedad en concepto de primas de seguro o de contribución a
sistemas de ahorro. El Consejero no pod percibir retribución alguna por el desempeño de funciones
ejecutivas cuyas cantidades o conceptos no estén previstos en ese contrato. El contrato deberá ser conforme
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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con la política de retribuciones aprobada, en su caso, por la junta general.
No podrán ser objeto de delegación aquellas facultades legal o estatutariamente reservadas al exclusivo
conocimiento del Consejo, ni aquellas otras necesarias para un responsable ejercicio de su función básica
de supervisión y control.
No obstante lo anterior, se reservan al conocimiento directo del Consejo de Administración, con carácter
indelegable, las siguientes funciones:
a) La supervisión del efectivo funcionamiento de las comisiones que hubiera constituido y de la
actuación de los órganos delegados y de los directivos que hubiera designado.
b) La determinación de las políticas y estrategias generales de la Sociedad.
c) La autorización o dispensa de las obligaciones derivadas del deber de lealtad conforme a lo
dispuesto legalmente.
d) Su propia organización y funcionamiento.
e) La formulación de las cuentas anuales y su presentación a la Junta General.
f) La formulación de cualquier clase de informe exigido por la ley al Consejo de Administración
siempre y cuando la operación a que se refiere el informe no pueda ser delegada.
g) El nombramiento y destitución de los Consejeros Delegados de la Sociedad, así como el
establecimiento de las condiciones de su contrato.
h) El nombramiento y destitución de los directivos que tuvieran dependencia directa del Consejo
o de alguno de sus miembros, así como el establecimiento de las condiciones básicas de sus
contratos, incluyendo su retribución.
i) Las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y, en
su caso, de la política de remuneraciones aprobada por la Junta General.
j) La convocatoria de la Junta General de Accionistas y la elaboración del orden del día y la
propuesta de acuerdos.
k) La política relativa a las acciones propias.
l) Las facultades que la Junta General hubiera delegado en el Consejo de Administración, salvo
que hubiera sido expresamente autorizado por ella para subdelegarlas.
m) La aprobación del plan estratégico o de negocio, los objetivos de gestión y presupuesto anuales,
la política de inversiones y de financiación, la política de responsabilidad social corporativa y la
política de dividendos.
n) La determinación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, y la
supervisión de los sistemas internos de información y control.
o) La determinación de la política de gobierno corporativo de la Sociedad y del grupo del que sea
entidad dominante; su organización y funcionamiento y, en particular, la aprobación y
modificación de su propio reglamento.
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p) La aprobación de la información financiera que, por su condición de cotizada, deba hacer
pública la Sociedad periódicamente.
q) La definición de la estructura del grupo de sociedades del que la Sociedad sea entidad
dominante.
r) La aprobación de las inversiones u operaciones de todo tipo que por su elevada cuantía o
especiales características, tengan carácter estratégico o especial riesgo fiscal, salvo que su
aprobación corresponda a la Junta General.
s) La aprobación de la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial
o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como
cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad,
pudieran menoscabar la transparencia de la sociedad y su grupo.
t) La aprobación, previo informe de la comisión de auditoría, de las operaciones que la sociedad o
sociedades de su grupo realicen con consejeros, en los términos legalmente previstos, o con
accionistas titulares, de forma individual o concertadamente con otros, de una participación
significativa, incluyendo accionistas representados en el consejo de administración de la sociedad
o de otras sociedades que formen parte del mismo grupo o con personas a ellos vinculadas. Los
consejeros afectados o que representen o estén vinculados a los accionistas afectados deberán
abstenerse de participar en la deliberación y votación del acuerdo en cuestión. El Reglamento del
Consejo de Administración regulará, de acuerdo con lo legalmente previsto, aquellas transacciones
para las cuales no será precisa esta aprobación.
u) La determinación de la estrategia fiscal de la Sociedad.
2. EVOLUCION Y RESULTADO DE LOS NEGOCIOS
2.1 Evolución del negocio de la sociedad
** PÉRDIDAS Y GANANCIAS **
Año
2025
Año
2024
Diferencia
25
-
24
en miles de euros
A) OPERACIONES CONTINUADAS
1. Importe neto de la cifra de negocios
5.240
4.984
256
4. Aprovisionamientos
-333
-269
-64
5. Otros ingresos de explotación
12
0
12
6. Gastos de personal
-1.578
-1.596
18
7. Otros gastos de explotación
-1.827
-2.042
215
8. Amortización del inmovilizado
-92
-40
-52
11. Deterioro y resultado por enaj del inmovilizado
-10
0
-10
A.1) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+4+5+6+7+8+9+11)
1.412
1.036
376
12. Ingresos financieros
37
94
-56
13. Gastos financieros
0
0
14. Variación de valor razonable en instrum financieros
0
0
16. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrum financ.
0
0
A.2) RESULTADO FINANCIERO (12+13+14+15)
37
94
-56
A.3) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2)
1.450
1.130
320
17. Impuestos sobre beneficios
-322
-283
-40
A.4) RESULTADO DEL EJERCICIO
1.128
847
281
La sociedad en 2025 mantiene su consolidado crecimiento tanto a nivel de cifra de negocios como de
resultados, incrementando notablemente el volumen de ingresos incluso respecto a los ejercicios
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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prepandemia y con el lógico incremento del volumen de costes.
Podemos ver en la comparativa de algunas magnitudes como el porcentaje de ocupación y del ingreso por
habitación ocupada en los ejercicios referidos, 2024, 2023 y 2022:
Magnitud
2025 2024 2023
% Ocupación
78,39%
79,92%
75,41%
ADR*
109,16
110,32
97,94
*ADR: “Ingreso medio de alojamiento por habitación ocupada” (en inglés Average Daily Rate (ADR)) cuya definición es: el cociente
del ingreso total de habitaciones para un periodo específico dividido por las habitaciones ocupadas (vendidas) en ese periodo
específico. Éste índice se utiliza para comparar con empresas del sector los precios medios por habitación de los hoteles. No es una
magnitud conciliable con los estados financieros ya que utiliza únicamente uno de los tipos de ingresos de los que componen el
“importe neto de la cifra de negocios” y una magnitud física externa como denominador. Sin embargo, si es una medida comparativa
y consistente en el tiempo.
Podemos ver que en 2025 ha disminuido ligeramente tanto en porcentaje de ocupación como en el ingreso
medio de alojamiento por habitación ocupada (ADR) respecto al último ejercicio.
Sin embargo, a pesar de tener menos ADR y ocupación, los ingresos son 256 miles de euros superiores a
2024, y además, los gastos corrientes son inferiores en 118 miles de euros al ejercicio anterior,
especialmente 215 miles de euros menos en otros gastos de explotación y 18 miles de euros menos en gastos
de personal respecto a 2024.
El detalle (en miles de euros) de los aprovisionamientos sería:
EI 31/12/2024 Compras EF 31/12/2025 Aprovisionamientos
14 330 12 332
A&B 6 266 6 266
Otros 8 64 6 66
Sumándole los 1 miles de euros de los “trabajos realizados por otras empresas” nos darían
los 333 miles de euros de la cuenta de resultados.
Los costes de aprovisionamiento son 64 miles de euros superiores a 2024, aunque hay menos clientes
alojados este decremento se produce en clientes sin régimen alimenticio, creciendo, por el contrario, el
número de clientes alojados con algún régimen alimenticio. Añadiendo al incremento de los costes de A&B
y el de la mejoría en la calidad de los productos ofrecidos como estrategia añadida de “justificación” de los
incrementos de precios de venta.
2025 2023 2022
Nº de clientes SA
72.183
68,88%
76.951
72,64%
76.289
77,70%
Nº de clientes HD
17.516
16,71%
13.913
13,13%
10.025
10,21%
Nº de clientes MP
15.094
14,40%
15.066
14,22%
11.866
12,09%
Nº de clientes PC
0
0
0
Nº de clientes TI
0
0
0
Total
104.793
105.930
98.180
La variación de los “otros gastos de explotación” en -215 miles de euros se compone de incrementos y
decrementos, principalmente:
Reparaciones y conservación (-133 miles de euros): en 2024 se acometieron una serie de
reparaciones (montacargas, cámaras de seguridad, mantenimientos de pinturas e instalaciones),
que en 2025 no se han realizado.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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Servicios profesionales independientes (-48 miles de euros): ahorros provenientes principalmente
de los contratos de consultoría de revenue (-15 miles de euros), del motor de reservas (-12 miles
de euros), los servicios de seguridad (-17 miles de euros) y las comisiones de agencias (-10 miles
de euros), compensado en parte por algunas subidas como el contrato de servicios con SEM Iberia
Corporate (+3 miles de euros) o la lavandería (+5 miles de euros) …
Seguros (-5 miles de euros).
Servicios bancarios (+16 miles de euros).
Publicidad (-9 miles de euros).
Suministros (-47 miles de euros), además de ahorros en agua (-3 miles de euros) o electricidad (-
12 miles de euros) hay que tener en cuenta que las compras de gasóleo (-33 miles de euros) en este
ejercicio se llevan dentro de la partida de aprovisionamientos.
Diversos (+10 miles de euros).
Otros tributos (+8 miles de euros).
Los costes de personal se han incrementado (7 miles de euros) respecto a 2024, aunque la plantilla media,
se ha mantenido estable en 37,5 trabajadores (37,4 en 2024 y 33,3 en 2023), los costes laborales también
se han incrementado en estos ejercicios por el incremento de salarios pactado por convenio, compensado
parcialmente por ahorros en otros gastos sociales y porque partidas de compras de A&B que se
contabilizaban como “manutención” se han mantenido como “aprovisionamientos” en este ejercicio 2025.
Todo lo cual ha llevado a un resultado positivo antes de impuestos de 1.562 miles de euros miles de euros
en el segundo semestre del ejercicio 2025 (1.028 miles de euros en el mismo periodo del ejercicio anterior)
y a 1.450 miles de euros en el ejercicio 2025 completo (1.130 miles de euros en el ejercicio anterior).
2.2. Medio ambiente
Las instalaciones de la entidad están adaptadas a la normativa vigente en cuanto a la protección y mejora
del medio ambiente. La Sociedad no tiene activos de importancia ni ha incurrido en gastos relevantes
destinados a la minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente.
Asimismo, no existen provisiones para riesgos y gastos ni contingencias relacionadas con la protección y
mejora del medio ambiente.
2.3 Personal
La Sociedad, en virtud del Convenio Colectivo vigente, tiene contraído con sus empleados un compromiso
de satisfacer un premio de vinculación en el momento de que se produzca la desvinculación laboral del
trabajador, siempre que la permanencia en la empresa haya sido como mínimo de 15 años. Dicho premio
consiste en una aportación en metálico equivalente a un número a estipulado de mensualidades que se fija
en función de dos variables, la edad del trabajador cuando se produce la extinción de la relación laboral y
el número de años de servicio a la empresa.
Dicho compromiso se encuentra parcialmente exteriorizado mediante pólizas colectivas suscritas con una
compañía de seguros. Desde el ejercicio 2012 la sociedad, en base a distintas respuestas publicadas por la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y con el asesoramiento de su Correduría, dado que
no existe obligatoriedad legal de exteriorizar las tales aportaciones, ha decido cambiar el criterio que
aplicado hasta dicha fecha, de manera que se mantiene lo hasta ahora aportado en la compañía de seguros
como un fondo de inversión que cubra parcialmente dichos premios, además de seguir imputando desde
ahora a los resultados del ejercicio con cargo a Fondos Propios la parte proporcional que se devengue y sea
imputable a cada ejercicio.
En primer lugar debemos enfatizar que las provisiones hacen referencia a premios de vinculación a los que
tienen derecho los trabajadores siempre que (i) cumplan con un período mínimo de permanencia en la
empresa de 15 años y (ii) que su desvinculación se produzca por una de las causas que recoge el convenio
sectorial de Baleares.
En segundo lugar, también queremos volver a destacar que no es un premio de jubilación, ni un seguro de
vida, sino un premio de vinculación. En este sentido, y según una consulta sobre esta materia realizada a la
Dirección General de Seguros en la que ésta especifica que al no estar el premio vinculado directamente a
la jubilación su regulación no debe estar ajustada a la misma normativa que los premios por jubilación, es
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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decir, no tienen la obligación de estar externalizados o, en caso de ser dotados internamente, tener asignados
activos indisponibles.
En este sentido, la sociedad decidque, en primer lugar, dejaba de aportar las primas anuales al fondo
externo (aunque no se pediría su rescate anticipado por razones de prudencia) y, en segundo lugar,
empezaría a dotar la provisión equivalente. Por ello, en la actualidad, la Sociedad, por un lado, es tomadora
de una serie de fondos a nombre de los trabajadores que estaban dados de alta cuando se constituyeron y
que no han causado baja en la empresa que, a 31 de diciembre de 2025, tiene un valor de 82.569,10 euros
(83.653,92 euros a 31 de diciembre de 2024). Estos fondos no son disponibles por la Sociedad y están
íntegramente ligados a la existencia de la obligación frente a los trabajadores. En consecuencia, la Sociedad
considera correcto su presentación neta en el balance, informando de los mismos en la memoria, en concreto
en la nota 12.1 Provisiones a largo plazo, al no existir la obligación de tener activos indisponibles asignados,
como se ha explicado en el párrafo anterior.
Por otro lado, con objeto de cubrir los compromisos no contemplados en el acuerdo de externalización, la
Sociedad procede a complementar en forma de provisión de riesgos y gastos los importes estimados para
hacer frente a las obligaciones frente a los trabajadores, en concepto de premio de vinculación. En el
ejercicio 2025 se han dotado 33.914,88 euros (40.042,31euros en 2024) en relación con las provisiones por
retribuciones a largo plazo al personal, aplicando parecidas premisas que mantiene la gestora de los fondos
externalizados (en cuanto hipótesis de vinculación dependiendo de antigüedad, puesto, edad, etc.), salvo la
revalorización de los fondos, que evidentemente no se produce. La sociedad, después del análisis de los
trabajadores que se han desvinculado de la empresa en los últimos 10 años con derecho a percibir el premio
ha comprobado que la edad media a la que este hecho se produce es a los 64 años, es decir, antes de la edad
máxima posible, por lo que ha ajustado el premio a cobrar por los trabajadores a esa edad y, obviamente,
la dotación correspondiente.
Los rescates de las provisiones de los trabajadores que han causado baja o han dejado de tener derecho a
dicho premio se han plasmado en la cuenta 795 de ingresos por excesos de provisiones por 29.908,30 euros
en 2025 (10.228,76 euros en 2024). Y los rescates de las provisiones externas por los motivos expuestos
han sido de 5.881,97 euros en 2025 (0,00 euros en 2024). Además, las diferencias pagadas a los trabajadores
entre lo “ahorrado” (externo e interno) y lo devengado han sido por importe de 12.270.61 euros en 2025
(0,00 euros en 2024).
El saldo de la provisión interna contabilizada en el pasivo no corriente a 31 de diciembre de 2025 es de
171.238,72 euros (167.232,14 euros a 31 de diciembre de 2024).
PROV.RETRIBUCION JUBILACION AL PERSONAL 1/1/2025 167.232,14
Dotación fondo interno (643) 33.914,88
Bajas fondo interno (795) 29.908,30
PROV.RETRIBUCION JUBILACION AL PERSONAL 31/12/2025 171.238,72
Pagos liquidaciones trabajadores (643) 12.270,61
Cobros rescates externos (795) 5.881,97
Está también contabilizado el activo por diferencia temporaria deducible correspondiente a dicha provisión
al tipo impositivo vigente del 25 % por importe, por tanto, de 42.809,68 euros a 31 de diciembre de 2025
(41.808,04 euros en 2024) ya que dicha provisión no es deducible fiscalmente en el Impuesto sobre
Sociedades hasta que no se plasma en una salida efectiva de tesorería.
La Sociedad tiene contratada la gestión de los fondos externalizados con una compañía aseguradora de
reconocido prestigio, experiencia y solvencia, Generali, la cual establece las hipótesis actuariales en función
de su experiencia y conocimiento experto de la materia, por lo que la Sociedad aplica en el cálculo de la
provisión interna las mismas hipótesis actuariales que Generali.
1º) Un coeficiente revalorizador anual lineal del 2%.
2º) La probabilidad de que un trabajador permanezca vinculado a la sociedad durante más de 15 años
es del 0% durante su primer año de contrato, no calculándose, por tanto, en el primer ejercicio ninguna
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
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previsión de premio para dicho trabajador.
3º) La sociedad, después del análisis de los trabajadores que se han desvinculado de la empresa en los
últimos 10 años con derecho a percibir el premio ha comprobado que la edad media a la que este hecho
se produce es a los 64 años, es decir, antes de la edad máxima posible.
4º) Como quiera que la mayoría de los trabajadores de la sociedad que devengan este derecho son
fijos discontinuos y, dependiendo de las necesidades de la sociedad trabajan un mayor o menor número
de días al año, el importe de la dotación anual, que se recalcula cada ejercicio, se realiza como si en
los ejercicios futuros, el trabajador fuera a estar vinculado con la empresa el mismo número de días
que en el último ejercicio y dividiendo dicho lculo (el número total de días a trabajar hasta los 65
años) en períodos de 274 días ya que a partir de este número de días trabajados el convenio colectivo
equipara dicho periodo con una anualidad. Con una limitación, que el número total de períodos de 274
días no puede nunca ser superior al número de ejercicios restantes con el ánimo de no favorecer a
estos trabajadores por encima de los que estén vinculados más de ese número de días.
En primer lugar hay que tener en cuenta que con la modificación de la legislación laboral el término
“eventuales” ha desaparecido siendo todos los trabajadores considerados “Fijos” ya sean fijos a tiempo
completo o fijos discontinuos. Teniendo en cuenta esa consideración el análisis lo haremos sobre el total
de la plantilla.
Así, el volumen de la plantilla ya sobrepasa a los números prepandemia, tanto en cuanto a su número total
como a su reparto entre hombres y mujeres prácticamente paritario.
2024
Descripción Fijos Eventuales
Total
Sexo Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Trabajadores en alta al inicio 4
0
0
0
4
Altas durante el periodo 33
36
0
0
69
Bajas durante el periodo 34
36
0
0
70
Trabajadores en alta al final 3
0
0
0
3
Plantilla media discapacitados 0
0
0
0
0
Plantilla media 19.81
17.6
0
0
37.41
2025
Descripción Fijos Eventuales
Total
Sexo Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Trabajadores en alta al inicio 3
0
0
0
3
Altas durante el periodo 33
33
0
0
66
Bajas durante el periodo 33
31
0
0
64
Trabajadores en alta al final 3
2
0
0
5
Plantilla media discapacitados 0
0
0
0
0
Plantilla media 20.14
17.35
0
0
37.49
Además, la distribución entre hombres y mujeres además de ser casi paritaria también se ha ido creciendo
respecto a anteriores ejercicios:
Ejercicio
2025 2024 2023 2022 2021 2020 2019
PLANTILLA MEDIA
37 37 33
29 18 22 32
Hombres 20 20 19
16 11 14 19
Mujeres 17 17 14
13 7 8 13
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
64
3.- LIQUIDEZ Y RECURSOS DE CAPITAL
3.1 Liquidez y recursos de capital
La sociedad se financia íntegramente con los recursos generados por su actividad, lo que le ha supuesto a
cierre del periodo analizado un remante de tesorería de 4.398 miles de euros, (1.099 miles de euros al cierre
del mismo periodo del ejercicio anterior).
La sociedad no espera tener dificultades de liquidez gracias a sus propios recursos y a los recursos de
terceros obtenidos.
3.2 Análisis de obligaciones contractuales y operaciones fuera de balance.
La sociedad no tiene compromisos firmados, s allá de los contratos operativos o comerciales y del
contrato de arrendamiento, que le supongan riesgos o desembolsos extraordinarios o relevantes.
Respecto del contrato de arrendamiento, con fecha 25 de febrero de 2016 la sociedad firmó junto con TR
Hoteles, Alojamientos y Hosterías, S.A., sociedad que traspasó la propiedad del inmueble a ILITIA
INVESTMENTS, S.L. el 23 de julio de 2020, subrogándose ésta en la posición de arrendadora como
propietaria del inmueble que conforma la explotación hotelera Jardín del Mar, la ejecución del derecho que
le asiste de prorrogar durante los siguientes cinco años el contrato de arrendamiento que las une, ello en
virtud del contrato privado suscrito entre ambas en fecha 22 de junio de 2011 que en su única cláusula dice:
“El arrendamiento mencionado tendrá una vigencia de veinte años, finalizando por tanto, el 13
de abril de 2031. A estos efectos, la arrendataria podrá exigir a la arrendadora la firma de la
correspondiente escritura pública de arrendamiento por cada uno de los tres plazos de cinco años
que restan hasta completar la citada vigencia de veinte años. La formalización en documento
público de cada uno de los tres períodos de cinco años podrá ser exigida por la arrendataria con
el solo requisito de comunicárselo a la arrendadora con treinta días de antelación como mínimo
a la fecha de terminación de cada uno de los períodos de cinco años ya mencionados.”.
En fecha 10 de marzo de 2016, dicha prórroga ha sido elevada a público mediante escritura con protocolo
447 del notario de Madrid D. José Blanco Losada, pasando a el vencimiento del contrato de
arrendamiento al 13 de abril de 2021 y quedando, entonces, pendientes dos opciones de prórroga de 5 años
cada una en manos de la sociedad. A fecha 2 de marzo de 2021 se ejecutó la segunda prórroga de 5 años
mediante escritura con protocolo 791 del notario de Madrid D. Jorge Sáez-Santurtún Prieto, pasando así el
vencimiento del contrato de arrendamiento al 13 de abril de 2026 y quedando, ahora, pendiente una opción
de prórroga de 5 años en manos de la sociedad
En virtud de dicha ejecución de prórroga la sociedad tiene un compromiso de pago del 80% del GOP con
un importe máximo de 250.000 € anuales. Aunque hasta el momento de la ejecución de la prórroga, que es
potestad exclusivamente de la Sociedad, el compromiso de pago adquirido se limita al 13 de abril de 2026,
en tanto en cuanto la intención de la Sociedad es prolongar al máximo la duración del contrato, se informa
aquí de la cuantía de dichos compromisos máximos:
Arrendamientos Operativos Cuotas Máximas
Valor Nominal
2025(*) 2024(*)
Menos de un año
250.000,00 250.000,00
Entre uno y cinco años
1.083.333,33 1.250.000,00
Más de cinco años
83.333,33
Total
1.333.333,33 1.583.333,33
(*) Se considera el plazo máximo de vigencia del contrato de arrendamiento incluyendo todas
las prórrogas potenciales. Se incluye la cuota proporcional correspondiente a enero-abril
2031.
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
65
Por último, la sociedad siempre tiene previsto llevar a cabo pequeños trabajos de reparación, conservación
y mantenimiento, bien con personal propio o bien mediante la contratación de profesionales externos y que,
si bien individualmente no sean significativos, en su conjunto si pueden alcanzar una cifra medianamente
relevante para el tamaño de nuestra Sociedad.
4.- PRINCIPALES RIESGOS E INCERTIDUMBRES
Las actividades de la Sociedad están expuestas a diferentes tipos de riesgos, destacando fundamentalmente
los riesgos operativos, los riesgos de mercado, de crédito y de liquidez. Los riesgos aquí expuestos tienen
distintos grados de probabilidad y algunos son meramente potenciales.
19.1 Riesgos operativos
Riesgo regulatorio
La sociedad, al igual que el resto de operadores económicos está expuesta a los cambios en la normativa,
tanto en sus distintos niveles territoriales (local, autonómico o nacional) como en sus distintas facetas
(mercantil, tributario, medioambiental, habitacional,…). Este riesgo puede estar más incrementado
últimamente por la volátil y cambiante situación política en las distintas administraciones, si bien, por el
momento, debe ser considerado más una incertidumbre que un riesgo.
La “tasa turística” de la Comunidad Autónoma de Baleares que soportan los clientes alojados, siendo la
Sociedad un mero “recaudador” (sujeto pasivo sustituto) y que fue puesta en servicio en julio de 2016 ya
cambió su regulación para el ejercicio 2017 y nuevamente en 2018 aumentando la carga tributaria por el
método de estimación objetiva (el elegido por la Sociedad).
Mediante dicho método de estimación los establecimientos hoteleros abonan un importe anual determinado
que se calcula en función de su tipología, categoría, número de plazas turísticas y número de días de apertura
durante el ejercicio. Al ser una estimación por parámetros objetivos, el importe resultante es independiente
del número real de clientes alojados, que finalmente son los verdaderos sujetos pasivos y los generadores
de la liquidez que finalmente se debe ingresar a la administración autonómica.
Por lo que existe un riesgo de que el importe a ingresar sea mayor que el importe recaudado por haber
tenido un número insuficiente de clientes o que las características de éstos (menores de 16 os o largas
estancias con bonificaciones en la tasa) haga que la recaudación real sea inferior al importe objetivamente
calculado.
Este riesgo también se puso de manifiesto en los ejercicios 2020 y 2021 debido al reiterado COVID-19 de
manera que las medidas de las distintas administraciones, locales, nacionales y/o de los países de origen de
los clientes del hotel para frenar la propagación del virus han ocasionado bien el cierre del establecimiento
directamente o bien han provocado tal disminución en la afluencia de éstos que la sociedad se ha visto
obligada a decidir dicho cierre.
Riesgo operacional
La sociedad pone todos los medios para mejorar la seguridad de la explotación, tanto a nivel “físico” para
evitar robos, como a nivel operativo para evitar ataques informáticos o pérdidas de datos accidentales. Se
implementó una copia de seguridad virtual diaria del servidor, cuyo procedimiento es automático y cuyo
chequeo se realiza diariamente saltando una alerta en el hipotético caso de un mal funcionamiento.
Durante los ejercicios 2020-2021 se implementaron todas las medidas higiénico-sanitarias que bien
decretaron las distintas administraciones o bien recomendaron los expertos para impedir la transmisión del
COVID-19 entre clientes, empleados y/o los unos con los otros, no habiéndose registrado ningún contagio
conocido en el establecimiento.
Riesgo de concentración de clientes
Si bien, unos clientes pueden tener más peso significativo que otros, la gran demanda de habitaciones de la
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
66
zona y el gran número de potenciales clientes competidores de los actuales hacen minimizar dicho riesgo.
19.2 Riesgos de mercado
Los principales factores de riesgo relativos al sector hotelero y a la actividad específica de la Sociedad se
detallan a continuación:
- El sector hotelero es una actividad con un alto grado de apalancamiento financiero y operativo.
- El sector hotelero es altamente competitivo y está condicionado por el ciclo económico.
- Desastres naturales, enfermedades contagiosas, actos terroristas y guerras podrían reducir la
demanda de alojamiento hotelero y/o a los medios de transporte necesarios para el desplazamiento
de los clientes hasta la isla y, por tanto, afectar negativamente a la Sociedad.
- Fallos en el mantenimiento de la protección e integridad de los datos internos o de clientes podría
provocar decisiones de negocio erróneas, dañar la reputación de la Sociedad y otros efectos adversos.
- Un incremento en la utilización de servicios de Internet por parte de terceros para realizar reservas
on-line de hotel podría afectar de forma adversa los ingresos de la Sociedad.
- La incapacidad de mantener el nivel de desarrollo tecnológico podría perjudicar las operaciones y
la posición competitiva de la Sociedad.
- Riesgos asociados con nuevos hoteles y con el lanzamiento de nuevos productos.
- La ausencia actual de endeudamiento en la sociedad reduce al mínimo actual el riego al tipo de
interés, lo que no implica que un cambio en la situación económica y/o de la explotación le expusiera
en el futuro a dicho riesgo.
- La práctica totalidad de las operaciones de la sociedad se desarrollan en euros salvo algunas
peticiones de cambio de efectivo en moneda extranjera que inmediatamente se ingresan en cuenta
bancaria en euros, por lo que la exposición al riesgo por tipo de cambio es prácticamente inexistente.
Desgraciadamente uno de los riesgos expuestos, el de las enfermedades contagiosas, se puso de manifiesto
en los ejercicios 2021-2020 con toda su crudeza y con una fuerza y efectos absolutamente inesperados
desde todos los ámbitos públicos y privados, nacionales e internacionales. Ante esta situación, la empresa
reconoce su impotencia contra medidas legislativas nacionales e internacionales que impiden o dificultan
el acceso de sus potenciales clientes, por lo que lo puede buscar en las fuentes de clientes que
permanezcan abiertas o comiencen a estarlos para intentar recuperar la actividad en grado suficiente para
que ésta sea rentable. Del mismo modo permanecerá atenta a la reapertura de los distintos mercados para
lanzar las ofertas o campañas necesarias.
19.3 Riesgo de crédito
Los principales activos financieros de la Sociedad son saldos de caja y efectivo, deudores comerciales y
otras cuentas a cobrar, e inversiones, que representan la exposición máxima de la Sociedad al riesgo de
crédito en relación con los activos financieros.
El riesgo de crédito de la Sociedad es atribuible principalmente a sus deudas comerciales. Los importes se
reflejan en el balance de situación netos de provisiones para insolvencias, estimadas por la Dirección de la
Sociedad en función de la experiencia de ejercicios anteriores y de su valoración del entorno económico
actual.
La tesorería y las inversiones a corto plazo se mantienen en entidades financieras de reconocida solvencia.
19.4 Riesgo de liquidez
La situación general de los mercados financieros, especialmente el mercado bancario, durante los últimos
tiempos ha sido particularmente desfavorable para los demandantes de crédito. La Sociedad presta una
atención permanente a la evolución de los diferentes factores que pueden ayudar a solventar una potencial
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
67
crisis de liquidez y, en especial, a las fuentes de financiación y sus características.
En especial, podemos resumir los puntos en los que se presta mayor atención:
- Liquidez de activos monetarios: la colocación de excedentes se realiza siempre a plazos muy cortos.
- Si fuera necesario se adoptarían políticas de diversificación de vencimientos de líneas de crédito y
control de financiaciones y refinanciaciones.
- Control de la vida remanente de líneas de financiación.
- Diversificación de fuentes de financiación: la financiación bancaria es fundamental debido a la
facilidad de acceso a este mercado y a su coste, en muchas ocasiones, sin competencia con otras
fuentes alternativas.
La importancia de los activos líquidos o liquidables de la compañía minimizan este riesgo.
5.- CIRCUNSTANCIAS IMPORTANTES OCURRIDAS TRAS EL CIERRE DEL EJERCICIO
No se han producido circunstancias relevantes desde el cierre del ejercicio hasta la fecha de elaboración del
presente informe.
6.- INFORMACION SOBRE LA EVOLUCION PREVISIBLE DE LA ENTIDAD
Las expectativas del sector son optimistas de cara a la temporada 2025 en la zona de Mallorca, siempre
teniendo en cuenta el entorno de incertidumbres en el que nos movemos en los últimos ejercicios con una
guerra en Europa y una pandemia que no termina de desaparecer. Casi todos los profesionales hablan de
una excelente temporada aunque, insistimos, con la mayor de las cautelas. La sociedad, en cualquier caso,
permanecerá atenta a la evolución del mercado nacional e internacional, a la evolución del cambiante marco
regulatorio que rodee al sector y a las posibilidades de realizar operativas que generen rentabilidad.
7.- ACTIVIDADES DE I+D+I
La Sociedad no ha llevado a cabo durante el ejercicio actividades de investigación y desarrollo.
8.- ADQUSICION Y ENAJENACION DE ACCIONES PROPIAS
El capital de la sociedad está representado por 300.000 acciones de un valor nominal 1,00 euros por acción
íntegramente desembolsadas.
La sociedad no mantiene en su patrimonio acciones propias a 31 de diciembre de 2024, ni ha operado, ni
comprado, ni vendido acciones propias.
9.- OTRA INFORMACION RELEVANTE
No se ha realizado ninguna operación de compraventa de acciones de la sociedad durante el ejercicio.
La sociedad, como en ejercicios anteriores, no ha repartido dividendos.
10.- ESTADO DE INFORMACION NO FINANCIERA
Como la sociedad cuenta con menos de 500 empleados no está incluida en el ámbito de aplicación del Real
Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, que recoge las obligaciones impuestas por la Directiva
2014/95/UE del parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre información no
financiera y diversidad.
Ni por el ámbito de aplicación de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, aplicable a los ejercicios económicos
iniciados a partir del 1 de enero de 2018, modificó el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital (TRLSC) y la Ley de Auditoría de Cuentas (LAC) y derogó el citado RDL,
ampliando su alcance y aumentando el contenido de información no financiera sobre el que deben ir
Cuentas Anuales de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. – Ejercicio 2025_______________________
68
FORMULACIÓN DE CUENTAS ANUALES
En cumplimiento de la normativa mercantil vigente, los Administradores de TR HOTEL JARDÍN DEL
MAR, S.A. formulan las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre
de 2025 que se componen de las adjuntas hojas número 1 a 67.
Hasta donde alcanza nuestro conocimiento, las cuentas anuales han sido elaboradas con arreglo a los
principios de contabilidad aplicables y ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y
de los resultados del emisor, y el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados
empresariales y de la posición de la sociedad junto con la descripción de los principales riesgos e
incertidumbres a que se enfrenta.
Madrid, 31 de marzo de 2026
Fernando Dopacio Acevedo
Presidente del Consejo
D. Rafael Rodríguez Collados
Consejero
SEM IBERIA INVESTMENTS, S.L.
(Representada por D. Manuel Varela Mateos)
Consejero
Dña. Mercedes López Alonso
Consejero
Dña. Nora Reina Padrón
Consejero
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
Fecha fin del ejercicio de referencia:
31/12/2025
CIF:
A84511567
Denominación Social:
TR HOTEL JARDIN DEL MAR, S.A.
Domicilio social:
HERMOSILLA, 57 - 1ª PLANTA (MADRID)
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los
correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[  ]
[ √ ]
No
Fecha de última
modificación
Capital social (€)
Número de
acciones
Número de
derechos de voto
10/05/2011 300.000,00 300.000 300.000
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[  ]
[ √ ]
No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio,
incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
Nombre o
denominación
social del accionista
Directo Indirecto Directo Indirecto
% total de
derechos de voto
GRUPO
INMOBILIARIO
TREMON, S.A.
20,00 0,00 0,00 0,00 20,00
HALF MOON
INVESTMENTS LTD
59,50 0,00 0,00 0,00 59,50
Detalle de la participación indirecta:
Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Sin datos
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
3 / 63
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
Movimientos más significativos
No existen movimientos significativos en la estructura accionarial de la sociedad durante el ejercicio analizado.
Los últimos movimientos significativos se produjeron en el ejercicio 2018 y se informó de ello en el IAGC de dicho ejercicio y siguientes hasta 2021.
A cierre del ejercicio analizado los titulares directos e indirectos de participaciones significativas de la Sociedad Tr Hotel Jardín del Mar S.A. son los
siguientes:
- Grupo Inmobiliario Tremon S.A. es titular, de forma directa, de 59.999 acciones de la Sociedad Tr Hotel Jardín del Mar S.A., lo que supone el 20 %
del capital social, -y por tanto el 20% de los derechos de voto-, de la Sociedad.
- Half Moon Investments Ltd con NIF número N64712176 es titular, de forma indirecta, del 59,50% de los derechos de voto de Tr Hotel Jardín del
Mar S.A., a través de la entidad Sem Iberia Investments S.L., de quien Half Moon Investments Ltd es titular del 55,16 % de su capital social y Grupo
Inmobiliario Tremon S.A. es titular del restante 44,84 % de su capital social.
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo
de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de
instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
Del % total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
en su caso, el % de
los votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Nombre o
denominación
social del consejero
Directo Indirecto Directo Indirecto
% total de
derechos de voto
Directo Indirecto
DON FERNANDO
DOPACIO ACEVEDO
2,49 0,00 0,00 0,00 2,49 0,00 0,00
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 2,49
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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Detalle de la participación indirecta:
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 0,00
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los
titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean
escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el
apartado A.6:
Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de
participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del
giro o tráfico comercial ordinario:
Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los
accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de
administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán
aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos
cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a
accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones
de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del
consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de
administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad
cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
GRUPO INMOBILIARIO
TREMON, S.A.
SEM IBERIA INVESTMENTS
S.L.
D. Fernando Dopacio
Acevedo, Consejero
Delegado de la Sociedad
es, a su vez, responsable
de tesorería del accionista
Grupo Inmobiliario Tremon
S.A., su relación laboral con
esta sociedad cesó el día 1
de junio de 2019 debido a
que D. Fernando Dopacio
Acevedo ha accedido a la
jubilación.
DON MANUEL VARELA
MATEOS
SEM IBERIA INVESTMENTS
S.L.
SEM IBERIA INVESTMENTS
S.L.
D. Manuel Varela Mateos,
Consejero Dominical por
cooptación del accionista
SEM IBERIA INVESTMENS,
S.L. en donde ejerce el
cargo de director financiero
mediante relación de
carácter laboral por cuenta
ajena.
DON RAFAEL RODRÍGUEZ
COLLADOS
GRUPO INMOBILIARIO
TREMON, S.A.
GRUPO INMOBILIARIO
TREMON, S.A.
D. Rafael Rodriguez
Collados, Consejero
dominical de la Sociedad
es, a su vez, Director
Financiero del accionista
Grupo Inmobiliario Tremon
S.A.
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
6 / 63
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en
los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los
accionistas vinculados por el pacto:
[  ]
[ √ ]
No
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso,
descríbalas brevemente:
[  ]
[ √ ]
No
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o
acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
La Sociedad no conoce que existan acciones concertadas entre sus accionistas.
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de
acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
[ √ ]
[  ]
No
Nombre o denominación social
HILARIO RODRÍGUEZ ELÍAS
SHAUKAT ENVER MURAD
D. Hilario Rodriguez Elías tiene el control del 100 % de Grupo Inmobiliario Tremon S.A. accionista del 20 % de la Sociedad Tr Hotel Jardin del Mar
S.A. y el control del 44,84 % de Sem Iberia Investments S.L. a través de la que controla, de forma indirecta, el 26,41% de la Sociedad Tr Hotel Jardín
del Mar S.A.
D. Shaukat Enver Murad tiene el control del 100 % de Half Moon Investments Ltd y el control del 55,16 % de Sem Iberia Investments S.L. a través de
la que controla, de forma indirecta, el 33,09 % de la Sociedad Tr Hotel Jardín del Mar S.A.
A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:
A fecha de cierre del ejercicio:
Número de
acciones directas
Número de acciones
indirectas(*)
% total sobre
capital social
0,00
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DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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(*) A través de:
Nombre o denominación social del titular directo de la participación
Número de
acciones directas
Sin datos
Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:
Explique las variaciones significativas
No existen variaciones sobre la Autocartera durante el ejercicio.
A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración
para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:
No existe acuerdo a tal efecto.
A.11. Capital flotante estimado:
%
Capital flotante estimado 18,01
A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de
valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier
tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus
acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las
adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa
sectorial.
[  ]
[ √ ]
No
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de
adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
[  ]
[ √ ]
No
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las
restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
[  ]
[ √ ]
No
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones
que confiera:
B. JUNTA GENERAL
B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades
de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
[  ]
[ √ ]
No
B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital
(LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
[  ]
[ √ ]
No
B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán
las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la
tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.
El artículo 18 de los Estatutos Sociales de la Sociedad exige que para que la junta pueda acordar válidamente cualquier modificación de los
estatutos sociales será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el
cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento de
dicho capital. Cuando concurran accionistas que representen menos del cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto, los acuerdos
a que se refiere el párrafo anterior sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital, presente o representado,
en la junta.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, en caso de modificación de estatutos, los
administradores, o en su caso, los socios autores de la propuesta, deberán redactar el texto íntegro de la modificación que proponen y un informe
escrito justificativo de la modificación, que deberá ser puesto a disposición de l os accionistas con motivo de la convocatoria de la junta que
delibere sobre dicha modificación.
Adicionalmente, tal y como prevé el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, en el anuncio de la convocatoria de la junta general se
deberán expresar con claridad los extremos que hayan de modificarse y se hará constar el derecho que asiste a todos los accionistas a examinar
en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y el referido informe, así como a pedir la entrega o envío gratuito de estos
documentos.
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B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente
informe y los de los dos ejercicios anteriores:
Datos de asistencia
% voto a distancia
Fecha junta general
% de
presencia física
% en
representación
Voto electrónico Otros
Total
29/06/2023 81,99 3,73 0,00 0,00 85,72
De los que Capital flotante 2,49 3,73 0,00 0,00 6,22
04/07/2024 81,99 3,89 0,00 0,00 85,88
De los que Capital flotante 0,00 3,89 0,00 0,00 3,89
25/11/2024 81,99 0,00 0,00 0,00 81,99
De los que Capital flotante 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
28/07/2025 84,99 1,89 0,00 0,00 86,88
De los que Capital flotante 3,00 1,89 0,00 0,00 4,89
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por
cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
[  ]
[ √ ]
No
B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para
asistir a la junta general, o para votar a distancia:
[  ]
[ √ ]
No
B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan
una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones
corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
[  ]
[ √ ]
No
B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno
corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a
través de la página web de la Sociedad:
La dirección web es www.trhhoteles.com y el modo de acceso a la página que alberga las obligaciones de información de TR HOTEL JARDÍN DEL
MAR, S.A. es a través del enlace de "Accionistas" que figura en la parte superior derecha de la página que le llevará al siguiente sitio:
https://jardindelmar.wixsite.com/trhjardindelmar
Aquí, haciendo scroll hacia abajo en las diferentes pestañas se pueden ver la documentación de la sociedad organizada según su naturaleza.
Toda la información es accesible a través de documentos en formato PDF.
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En el mismo sitio web, a través de la pestaña gobierno corporativo se puede acceder al sitio http://accionistasjardin.foroactivo.com en donde existe
un foro disponible para los accionistas e interesados que quieran acceder a él.
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C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD
C.1. Consejo de administración
C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la
junta general:
Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 4
Número de consejeros fijado por la junta 5
C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:
Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante
Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON
FERNANDO
DOPACIO
ACEVEDO
Dominical
PRESIDENTE-
CONSEJERO
DELEGADO
29/06/2012 04/07/2022
ACUERDO
CONSEJO DE
ADMINISTRACION
DOÑA
MERCEDES
LOPEZ ALONSO
Independiente CONSEJERO 25/11/2024 25/11/2024
ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON MANUEL
VARELA
MATEOS
Dominical CONSEJERO 04/07/2022 04/07/2022
ACUERDO
CONSEJO DE
ADMINISTRACION
DON NORA
REINA
PADRON
Independiente CONSEJERO 31/08/2017 30/06/2021
ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON RAFAEL
RODRÍGUEZ
COLLADOS
Dominical CONSEJERO 15/06/2011 30/06/2021
ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
Número total de consejeros 5
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Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo
de administración durante el periodo sujeto a información:
Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja
Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
Sin datos
C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:
CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON FERNANDO
DOPACIO
ACEVEDO
PRESIDENTE
- CONSEJERO
DELEGADO
Fernando Dopacio Acevedo fue nombrado Consejero en fecha 29
de junio de 2012 y ha sido nombrado Consejero Delegado en fecha
04/07/2022. Ha desarrollado casi toda su carrera profesional en el sector
de la banca. Inicialmente ejerció la Dirección del Banco Hipotecario
de España en la Comunidad Autónoma de Cantabria, posteriormente
ejerció ese mismo cargo en la Región de Murcia. También ha sido
Director de Argentaria para la provincia de Sevilla para pasar después
a desempeñar la Dirección Regional de la Unidad Hipotecaria de
la entidad BBVA para las comunidades autónomas de Galicia y
Asturias. Desde el 2007 ha venido prestando sus servicios para Grupo
Inmobiliario Tremon S.A. y sus sociedades fiscales, asumiendo cargos de
control de tesorería, relaciones con entidades financieras.
Número total de consejeros ejecutivos 1
% sobre el total del consejo 20,00
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON MANUEL
VARELA MATEOS
SEM IBERIA
INVESTMENTS S.L.
D. Manuel Varela Mateos es licenciado en Ciencias Económicas y
Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid. Master
en Dirección Financiera por el CEF. Ha desarrollado prácticamente
la totalidad de su carrera profesional en el departamento financiero
del Grupo Inmobiliario Tremon hasta el año 2013, llegando a ostentar
la Dirección Financiera del Grupo Mercantil. Desde el año 2014 se
ha integrado en SEM Iberia Investments, S.L. en donde ha seguido
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CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
desarrollando su actividad al frente del departamento financiero y
estrategias económicas.
DON RAFAEL
RODRÍGUEZ
COLLADOS
GRUPO INMOBILIARIO
TREMON, S.A.
Don Rafael Rodríguez Collados fue nombrado consejero en fecha 15 de
junio de 2011. Es Licenciado en Administración y Dirección de Empresas
por la UCM y cuenta con un Máster en Contabilidad y Auditoría
por la Universidad de Alcalá de Henares, y un Máster en Auditoría
de Cuentas por el CEF. Desde su incorporación en 1999 a GRUPO
INMOBILIARIO TREMON, S.A., ha desempeñado distintos puestos de
responsabilidad hasta que, en 2007, fue nombrado Director General del
Área Internacional. Desde el 2009 ostenta el cargo de Director General
Financiero.
Número total de consejeros dominicales 2
% sobre el total del consejo 40,00
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA MERCEDES
LOPEZ ALONSO
Dª. Mercedes López Alonso fue nombrada Consejera el 25 de noviembre de 2024. Es Licenciada
en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1989) y miembro del Ilustre Colegio
de Abogados de Madrid. Ha realizado diversos cursos de especialización en la Universidad
Complutense (Práctica Jurídica, Derecho Inmobiliario) y en el CEF en materia Laboral y de
Seguridad Social, así como Fiscal. Ha llevado a cabo una amplia y permanente formación
durante estos años en todos los ámbitos del derecho del trabajo, en todas sus áreas de actividad,
incluida su actualización tanto en la Jurisprudencia de los Tribunales nacionales, como de
Estrasburgo (TEDH) y Luxemburgo (TJUE). Durante los años 1990 a 1995 trabajó en la Asesoría
Jurídica de un Grupo de Empresas. Desde 1995 ejerce como Letrada por cuenta propia, con
treinta años de experiencia en el ámbito jurídico y en los Tribunales, como especialista y
responsable del Área laboral (Derecho del Trabajo y Procedimiento Laboral), en diversas firmas
de Abogados. Presta asesoramiento profesional en todas las materias relativas a las relaciones
laborales, tanto a Grandes Empresas como a Pymes, en todas las áreas de negocio. Altamente
especializada en la solución de todo tipo de conflictos en este ámbito. Amplia experiencia
procesal en los juzgados y tribunales de la jurisdicción social.
DON NORA REINA
PADRON
Dª. Nora Reina Padrón fue nombrada Consejera el 31 de agosto de 2017. Es licenciada en Derecho
por la Universidad de Salamanca 2009, fecha desde la cual ejerce como Letrada. Principalmente
las funciones que desempeña se centran en materia contencioso administrativo, civil y penal.
Entre otros cursos, ha realizado en el año 2004 un curso de derecho y economía de la Unión
Europea ampliada, perspectivas de futuro de las singularidades canarias y de la cooperación con
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CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
la integración americana en la facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna (Santa Cruz
de Tenerife) y en el año 2007 un curso sobre el ejercicio profesional de la abogacía (Colegio de
Abogados de Santa Cruz de Tenerife).
Número total de consejeros independientes 2
% sobre el total del consejo 40,00
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo,
cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha
mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de
su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad
que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho
consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
Nombre o
denominación
social del consejero
Descripción de la relación Declaración motivada
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos
Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Sin datos
Número total de otros consejeros externos N.A.
% sobre el total del consejo N.A.
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada
consejero:
Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos
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C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos
4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:
Número de consejeras
% sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2025
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2025
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 0,00 0,00 0,00 0,00
Independientes 2 2 2 2 100,00 2,00 100,00 100,00
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 2 2 2 2 40,00 40,00 40,00 40,00
C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de
la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la
formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición
contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que
tengan establecida en relación con la diversidad de género.
[ √ ]
[  ]
[  ]
No
Políticas parciales
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que
se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas
adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para
conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no
lo hace.
Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos
Entre otras funciones, la comisión de nombramientos debe evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir
las aptitudes y funciones necesarias en los candidatos para cubrir vacantes en su seno, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan
desempeñar bien su cometido; procurando que entre los potenciales candidatos exista un número equitativo entre hombres y mujeres para que
esta igualdad pueda ser finalmente reproducida en el consejo.
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que
los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de
consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos,
mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de
mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente
con un número significativo de altas directivas:
Explicación de las medidas
Entre otras funciones, la comisión de nombramientos debe evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir
las aptitudes y funciones necesarias en los candidatos para cubrir vacantes en su seno, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan
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desempeñar bien su cometido; procurando que entre los potenciales candidatos exista un número equitativo entre hombre y mujeres para que
esta igualdad pueda ser finalmente reproducida en el consejo.
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de
consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:
Explicación de los motivos
La sociedad aumentó en el año 2017 el número de miembros del Consejo de Administración desde los cuatro (4) a los cinco (5). Con motivo de este
aumento del número de Consejeros se ha optado por una mujer, cuyo nombramiento recayó en D. Nora Reina Padron que tendrá el carácter de
independiente.
Con el anterior nombramiento el número de Consejeras dentro del total del Consejo de administración asciende a 2 lo que supone un 40 %.
La sociedad cumple con el objetivo de que el número de Consejeras represente, al menos, el 40% del total de miembros del consejo de
administración.
C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la
política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.
La sociedad aumentó en el año 2017 el número de miembros del Consejo de Administración desde los cuatro (4) a los cinco (5). Con motivo de este
aumento del número de Consejeros se ha optado por una mujer, cuyo nombramiento recayó en D. Nora Reina Padron que tendrá el carácter de
independiente.
Con el anterior nombramiento el número de Consejeras dentro del total del Consejo de administración asciende a 2 lo que supone un 40 %.
La sociedad ya cumple con el objetivo previsto de que en el año 2020 el número de Consejeras represente, al menos, el 30% del total de miembros
del consejo de administración. De hecho, a día de hoy -y desde el 2017-, el número de consejeras representa el 40 % del total de miembros del
consejo de administración.
C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de
accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:
Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya
participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros
dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de
administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o
en comisiones del consejo:
Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
Sin datos
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C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores,
representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la
sociedad cotizada:
Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON MANUEL VARELA
MATEOS
SEM IBERIA INVESTMENTS,
S.L.
REPRESENTANTE
PERSONA FISICA DEL
ADMINISTRADOR UNICO
PERSONA JURIDICA
SI
DON RAFAEL RODRÍGUEZ
COLLADOS
Grupo Inmobiliario Tremon
S.A.
Director Financiero NO
C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que
desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de
la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:
Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON MANUEL VARELA MATEOS
TR HOTELES Y ALOJAMIENTOS DE
CANARIAS, S.L.
OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM TAORO, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS ILITIA INVESTMENTS, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS WISE REAL ESTATE, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS SHREWD REAL ESTATE, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS SEM IBERIA CORPORATE, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HALF MOON ASSETS, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS GETER INVESTMENTS, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HALF MOON PROPERTIES, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM MIJAS, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM BAEZA, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM PALMANOVA, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM JARDIN DEL MAR, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM TIRANT PLAYA, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM LA MOTILLA, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS HOTEL SEM EL PARAISO, S.L. OTROS
DON MANUEL VARELA MATEOS PARKING SEM MADRID, S.L. OTROS
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Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros,
cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
Sin datos
C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos
de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración
siguientes:
Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)
C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la
remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:
Nombre o denominación social Cargo/s
Sin datos
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros.
Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los
procedimientos.
NOMBRAMIENTO
El artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración establece que:
Los Consejeros serán designados por la Junta General de Accionistas, sin perjuicio de la facultad de nombramiento provisional por cooptación que
corresponde al Consejo de Administración de acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital.
Para ser designado Consejero no se requiere la cualidad de accionista.
No podrán ser designados como Consejeros de la Sociedad quienes incurran en alguna de las causas legales o estatutarias de prohibición o
incompatibilidad.
Las propuestas de nombramiento o reelección de Consejero que se eleven por el Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas,
así como su nombramiento por cooptación, deberán aprobarse por el Consejo, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y
Gobierno Corporativo, en el caso de Consejeros independientes, o previo informe de ésta, en el caso de los restantes Consejeros.
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En los restantes casos, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo elevará el correspondiente informe al Consejo de
Administración, para su posterior puesta a disposición de la Junta General, en relación con todas las propuestas de nombramiento de Consejeros.
El acuerdo de nombramiento deberá indicar la condición del Consejero (ejecutivo, dominical o independiente) y, en su caso, el accionista a
propuesta de quien se haya nombrado.
EVALUACIÓN
Artículo 17.- Evaluación periódica del Consejo de Administración.
El Consejo de Administración, al menos una vez al año, deberá evaluar:
1.- La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo.
2.- El desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo de Administración y/o por el primer ejecutivo de la Sociedad, sobre la base del
Informe que elevará a este respecto la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo.
3.- El funcionamiento de los órganos delegados y de los Comités y Comisiones del Consejo de Administración, conforme al Informe que éstos le
eleven al efecto.
El consejo de administración, sobre la base del resultado de la citada evaluación, propondrá un plan de acción que corrija las deficiencias
detectadas. El resultado de la evaluación se consignará en el acta de la sesión o se incorporará a ésta como anejo.
REMOCIÓN.
Artículo 24.- Cese y dimisión.
Los consejeros cesarán en su cargo cuando lo decida la Junta General, cuando notifiquen su renuncia o dimisión a la Sociedad y cuando haya
transcurrido el período para el que fueron nombrados. En este último caso, el cese será efectivo el día en que se reúna la primera Junta General.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la
correspondiente dimisión en los siguientes casos:
(a) cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero;
(b) cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos;
(c) cuando hayan infringido gravemente sus obligaciones como consejeros; o
(d) cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o afectar negativamente al crédito y reputación de la
misma o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados (por ejemplo cuando un consejero dominical se deshace de, o reduce,
su participación en la compañía).
Los Consejeros deberán informar a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo de aquellas causas que, conforme a la
Ley, a los Estatutos sociales y al presente Reglamento, pudieran constituir una causa para su cese o dimisión, a fin de que aquélla pueda evaluar la
continuidad o cese de dicho Consejero.
El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el
que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos y
Retribuciones y Gobierno Corporativo. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando se de alguna de las circunstancias contempladas
en el apartado 24.2 anterior o cuando el Consejero independiente no reúna todas las circunstancias descritas en el artículo 7 del presente
Reglamento para ser considerado como tal.
Cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un Consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, deberá explicar las razones de
dicho cese o dimisión en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo.
Sin perjuicio de su publicación como hecho relevante, en su caso, se dará cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo de todos los ceses y
dimisiones producidos en el seno del Consejo de Administración a lo largo del año a que aquél se refiera, así como de las causas.
Los Consejeros afectados por propuestas de nombramiento, reelección o cese se abstendrán de intervenir en las deliberaciones y votaciones sobre
dichos asuntos. Asimismo, las votaciones del Consejo de Administración que versen sobre el nombramiento, reelección o cese de Consejeros serán
secretas, si así lo solicita cualquiera de sus miembros.
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C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su
organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:
Descripción modificaciones
La sociedad evalúa, al menos una vez al año:
1.- La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo.
2.- El desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo de Administración y/o por el primer ejecutivo de la Sociedad, sobre la base del
Informe que elevará a este respecto la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo.
3.- El funcionamiento de los órganos delegados y de los Comités y Comisiones del Consejo de Administración, conforme al Informe que éstos le
eleven al efecto.
El objetivo es detectar y corregir las deficiencias detectadas en la propia evaluación.
En el año analizado no se han detectado deficiencias importantes que hayan dado lugar a cambios importantes o de interés ni en la organización
interna ni en los procedimientos aplicables a sus actividades.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración
auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del
consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas
La sociedad evalúa:
1.- La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo.
2.- El desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo de Administración y/o por el primer ejecutivo de la
Sociedad, sobre la base del Informe que elevará a este respecto la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno
Corporativo.
3.- El funcionamiento de los órganos delegados y de los Comités y Comisiones del Consejo de Administración, conforme al
Informe que éstos le eleven al efecto.
La evaluación desde una doble perspectiva:
a) Cualitativa: mediante la celebración de entrevistas con los consejeros para conocer su opinión sobre el funcionamiento y el
desempeño del órgano de administración.
b) Cuantitativa: mediante el análisis de indicadores que permitan identificar el
(i) grado de cumplimiento de la compañía con respecto a los requerimientos normativos y recomendaciones existentes a nivel
nacional en materia de Gobierno Corporativo,
ii) nivel de alineación con las tendencias internacionales y
iii) posicionamiento con respecto a empresas comparables y compañías consideradas best practice.
C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las
relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o
cualquier sociedad de su grupo.
La sociedad mantiene los siguientes negocios, relaciones y/o vinculaciones contractuales con sociedades del Grupo:
1.- Contrato de arrendamiento:
El establecimiento hotelero donde la sociedad desarrolla su actividad es propiedad de una sociedad de su grupo.
2.- Acuerdos comerciales - integración en cadena hotelera:
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La sociedad pertenece a una cadena hotelera denominada TRH e integrada por sociedades de su grupo. El objetivo principal
de la cadena hotelera es la comercialización conjunta de un grupo de establecimientos hoteleros para:
a) aprovecharse de una imagen corporativa o comercial única,
b) ahorrar en partidas de marketing y ventas,
c) aprovecharse del volumen de la facturación conjunta para negociar con los grandes grupos turísticos tarifas más
ventajosas para los intereses de la sociedad.
3.- Asesoramiento.
La sociedad, al amparo de un contrato de prestación de servicios, recibe asesoramiento de una sociedad de su grupo en las
siguientes materias, a saber:
a) Financiera/administrativa.
b) Comercial.
c) Explotación hotelera.
d) RRHH.
e) Jurídica.
C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.
El artículo 24 del Reglamento del Consejo de Administración establece que:
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la
correspondiente dimisión en los siguientes casos:
(a) cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero;
(b) cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos;
(c) cuando hayan infringido gravemente sus obligaciones como consejeros; o
(d) cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o afectar negativamente al crédito y reputación de la
misma o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados (por ejemplo cuando un consejero dominical se deshace de, o reduce,
su participación en la compañía).
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
[  ]
[ √ ]
No
En su caso, describa las diferencias.
C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado
presidente del consejo de administración:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
[  ]
[ √ ]
No
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C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos
más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al
establecido en la normativa:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas
para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de
hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si
se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las
limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.
El párrafo tercero del artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración establece que:
Los Consejeros procurarán asistir personalmente a todas las sesiones del Consejo de Administración. Sin perjuicio de ello, todo Consejero podrá
hacerse representar por otro en las reuniones del Consejo. Los consejeros no ejecutivos solo podrán hacerlo en otro no ejecutivo. La representación
se conferirá por escrito y con carácter especial para cada sesión, mediante carta dirigida al Presidente, en la que constarán las instrucciones
oportunas al representado, en su caso.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio.
Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En
el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
Número de reuniones del consejo 4
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente
0
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros,
sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
Número de reuniones 0
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
Número de reuniones de Comisión
de Auditoría y Cumplimiento
4
Número de reuniones de
Comisión de Nombramientos
y Retribuciones y
Gobierno Corporativo
4
C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y
los datos sobre asistencia de sus miembros:
Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 4
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 100,00
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
4
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% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
100,00
C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se
presentan al consejo para su formulación:
[  ]
[ √ ]
No
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y
consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las
cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren
de conformidad con la normativa contable.
El Consejo de Administración tiene absoluta confianza en el personal que elabora las cuentas anuales que formula, no obstante, somete las
mismas a la Auditoría de un profesional cualificado a tal fin antes de su presentación a la junta general de accionistas para confirmar que dichas
cuentas anuales han sido elaboradas de conformidad con la normativa contable.
C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
[  ]
[ √ ]
No
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
Nombre o denominación social del secretario Representante
DON LUIS CARLOS GARCIA-PLATA POLO
C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de
los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los
analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se
han implementado en la práctica las previsiones legales.
El Comité de Auditoría tiene entre sus funciones asegurar la independencia del auditor, para ello se basa en criterios de prestigio, reputación e
independencia, sin olvidar el coste adecuado al tamaño de la sociedad.
C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al
auditor entrante y saliente:
[  ]
[ √ ]
No
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los
mismos:
[  ]
[ √ ]
No
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C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de
auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje
que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/
o su grupo:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su
caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de
auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
[  ]
[ √ ]
No
C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida
realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo,
indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría
sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 8
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
57,14 0,00
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con
la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo
suficiente:
[ √ ]
[  ]
No
Detalle del procedimiento
El artículo 25 del Reglamento del Consejo de Administración establece en su aportado 1 que "Todos los Consejeros tienen el derecho y el deber de
informarse diligentemente y en todo momento y de recibir una información completa y veraz sobre la situación y marcha de la Sociedad y de su
entorno, así como de recibir la información adicional que juzgue precisa sobre los asuntos de la competencia del Consejo."
Asimismo, el artículo 26 del Reglamento del Consejo de Administración establece en relación con el derecho a ser auxiliado por
expertos que:
Todos los Consejeros tienen derecho a obtener de la Sociedad y a cargo de ésta el asesoramiento preciso para el adecuado cumplimiento de sus
funciones, incluido el asesoramiento de terceros ajenos a la Sociedad.
Para hacer efectivo este derecho, los Consejeros deberán dirigirse al Presidente del Consejo de Administración, exponiendo de forma razonada el
asunto y el motivo por el que necesita asesoramiento.
El Presidente decidirá la pertinencia o no de la solicitud con base en la adecuación o no de la misma al asunto planteado y en la proporcionalidad
del coste de dicho asesoramiento con la envergadura del asunto de que se trate. En la medida de lo posible el Presidente tratará de satisfacer las
peticiones recibidas, dando prioridad al asesoramiento por personal de la propia Sociedad sobre cualquier asesor externo.
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C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a
informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su
actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
[ √ ]
[  ]
No
Explique las reglas
El apartado (d) del párrafo tercero del articulo 24 del Reglamento del Consejo de Administración impone al Consejero la obligación de poner su
cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en el siguiente caso:
"cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o afectar negativamente al crédito y reputación de la
misma o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados (por ejemplo cuando un consejero dominical se deshace de, o reduce,
su participación en la compañía)."
C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia
en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un
consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y
reputación de ésta:
[  ]
[ √ ]
No
C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean
modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de
adquisición, y sus efectos.
No existen acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que puedan entrar en vigor, o que puedan ser modificados o que pudieran
concluir en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto
de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y
dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos
dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo
de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
Numero de beneficiarios 0
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
No existen acuerdos No existen acuerdos
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser
comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique
los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o
de realizar la comunicación:
Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
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Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?
C.2. Comisiones del consejo de administración
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros
ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
Comisión de Auditoría y Cumplimiento
Nombre Cargo Categoría
DON FERNANDO DOPACIO ACEVEDO VOCAL Dominical
DOÑA MERCEDES LOPEZ ALONSO PRESIDENTE Independiente
DON NORA REINA PADRON VOCAL Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene
atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la
misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y
cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los
estatutos o en otros acuerdos sociales.
Sin perjuicio de las que le puede asignar el Consejo de Administración, corresponde al Comité las siguientes competencias:
1º En relación con los sistemas de información y control interno:
a. Tomar conocimiento y revisión periódica del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno, revisar las Cuentas Anuales y
Estados Contables de la Sociedad y de su Grupo.
b. Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a
conocer adecuadamente.
c. Proponer al Consejo el Plan de Auditoría Interna.
d. Revisar los folletos informativos de admisión, ofertas públicas de venta o suscripción de valores y la información financiera periódica que deba
suministrar el Consejo a los mercados y sus órganos de supervisión.
e. Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, sise considera apropiado, anónima las
irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.
2º En relación con el auditor externo:
a.- Servir de canal de comunicación entre el Consejo y los auditores externos.
b.- Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría externa. procurando que la opinión sobre las Cuentas Anuales y los contenidos principales
del informe de auditoría sean redactados de forma clara y precisa.
c.- Asegurar la independencia del auditor externo.
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d.- El Presidente del Comité y los auditores explicaran con claridad a los accionistas el contenido y alcance de reservas o salvedades que pudiera
presentar el informe de auditoría.
3º Otras competencias del Comité:
a. Considerar las sugerencias que le hagan llegar los miembros del Consejo.
b. Conocer de las peticiones y requerimientos de información pública periódica o eventual.
c. Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de competencia de la Comité.
d. Asegurarse de que la Sociedad, sus Consejeros, Directivos y demás personal cumplen con los Códigos de Conducta que la Sociedad tenga
establecidos.
e. Diseñar, para su presentación y propuesta al Consejo la estructura de apoderamientos frente a terceros de la Sociedad en función de las
necesidades de cada momento.
f. El Comité informará al Consejo, con carácter previo a la adopción por parte de éste de las correspondientes decisiones. El Comité tendrá las
siguientes normas básicas de funcionamiento:
a) Reuniones: El Comité se reunirá como mínimo una vez al trimestre.
b) Convocatoria: La convocatoria se hará de modo que se asegure su conocimiento por los miembros que lo integran, en los plazos y formas que
se establecen para el Consejo de Administración en la Ley de Sociedades Anónimas. Las sesiones extraordinarias y por motivos de urgencia podrán
convocarse vía telefónica, sin que sean de aplicación los plazos antes
citados.
c) Constitución: El Comité quedará válidamente constituida cuando asistan a la reunión, presentes o representados, la mitad más uno de sus
miembros. La representación de los miembros ausentes podrá conferirse a favor de otro miembro del Comité por cualquier medio escrito dirigido
al Presidente.
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo
en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe
sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
Nombres de los consejeros
con experiencia
DON FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
30/06/2021
Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo
Nombre Cargo Categoría
DOÑA MERCEDES LOPEZ ALONSO VOCAL Independiente
DON NORA REINA PADRON PRESIDENTE Independiente
DON RAFAEL RODRÍGUEZ COLLADOS VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00
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Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene
atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la
misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y
cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los
estatutos o en otros acuerdos sociales.
Son funciones y competencias de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones:
1. Informar al Consejo de Administración sobre nombramientos, reelecciones, ceses y retribuciones del Consejo y del Consejo Asesor y de sus
cargos, así como sobre la política general de retribuciones e incentivos para los mismos y para la alta dirección.
2. informar, con carácter previo, todas las propuestas que ei Consejo de Administración formule a la Junta General para la designación o cese de los
Consejeros, incluso en los supuestos de cooptación por el propio Consejo de Administración.
3. Elaborar el Informe Anual de Gobierno Corporativo de la Compañía y asesorar al Consejo acerca delegado de cumplimiento por la Sociedad de
las normas y recomendaciones de gobierno corporativo vigentes y, en su caso, proponer la adopción de las medidas oportunas para corregir las
deficiencias advertidas.
4. Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir las aptitudes y funciones necesarias en los candidatos
para cubrir vacantes en su seno, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido;
5. Examinar y organizar la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se
produzca de forma ordenada y bien planificada;
6. Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.
7.Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género.
8.Proponer al Consejo de Administración:
i) La política de retribución de los consejeros y altos directivos;
ii) La retribución individual de los consejeros y la aprobación de los contratos que la sociedad suscriba con cada consejero ejecutivo;
iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
9.Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
10. Consultar al Presidente o primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de cuestiones vinculadas a los consejeros ejecutivos y
altos directivos.
11. Analizar las solicitudes que cualquier Consejero pueda formular para tomar en consideración potenciales candidatos para cubrir vacantes de
Consejero.
C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las
comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:
Número de consejeras
Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022
Número % Número % Número % Número %
Comisión de
Auditoría y
Cumplimiento
2 66,66 2 66,66 1 50,00 2 66,66
Comisión de
Nombramientos
y Retribuciones
y Gobierno
Corporativo
2 66,66 2 66,66 1 50,00 1 50,00
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DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están
disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez,
se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada
comisión.
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO.
El Comité de Nombramiento y Retribución viene regulado por su Reglamento, que adquirió vigencia con la admisión a cotización en el Segundo
Mercado para PYMES de la Bolsa de Barcelona ,el 30 de diciembre de 2011. No ha sido modificado en el ejercicio. No se ha elaborado Informe
Anual.
COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO
El Comité de Auditoría viene regulado por su Reglamento ,que adquirió vigencia con la admisión a cotización en el Segundo Mercado para PYMES
de la Bolsa de Barcelona, el 30 de diciembre de 2011. No ha sido modificado en el ejercicio. No se ha elaborado Informe Anual.
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D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO
D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con
partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen
las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos
internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones
vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
El Consejo aprobará las Operaciones Vinculadas previo informe favorable del Comité de Auditoría.
Los Consejeros a los que afecten, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, se ausentarán de la sala de reuniones mientras el Consejo
delibera y vota sobre ella.
D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su
materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más
de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha
sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En
caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el
consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a
la junta, en su
caso, ha sido
aprobada por
el consejo sin el
voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
Naturaleza
de la relación
Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
Sin datos
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D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia
realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad,
incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle
conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún
accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta
de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
Sin datos
D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes
por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al
grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que
ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas
se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o
territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
ILITIA
INVESTMENTS S.L.
Refacturación de la Arrendadora Ilitia Investments S.L. a la
Arrendataria Tr Hotel Jardín del Mar S.A. de los impuestos
locales correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles,
Tasas de Basuras y Tasas de tratamiento de Residuos, así
como responsabilidades por primas de seguros, conforme a la
74
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
distribución o pago de gastos e impuestos recogida en el Contrato
de Arrendamiento.
ILITIA
INVESTMENTS S.L.
Contrato de arrendamiento sobre el edificio destinado a hotel,
bajo la denominación Jardín del Mar, sito en la calle Huguet des
Far número 1 de la localidad de Santa Ponsa, Calviá, en donde la
sociedad desarrolla su actividad. El contrato de arrendamiento fue
suscrito con la entidad Tr Hoteles Alojamientos y Hosterías S.A. el 12
de abril de 2011. En el mencionado contrato se establece una renta
máxima de 250.000 euros anuales sujeta a su Gross Operate Profit
(GOP) anual, de modo que la arrendataria abonará, en concepto
de renta hasta el 80 % de su beneficio bruto de explotación con el
límite expuesto anteriormente.
250
SEM IBERIA
CORPORATE, S.L.
Facturación de los servicios prestados o de asesoramiento en
materias: - Administrativas. - Contables. - Financieras. - Fiscales. -
Laborales. - Jurídicas. - comerciales.
121
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia
realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de
conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido
informadas en los epígrafes anteriores.
Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos
D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses
entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.
El artículo 30 del reglamento del Consejo de Administración establece para los consejeros los siguientes mecanismos:
Con carácter general, los Consejeros que se hallen incursos en un conflicto de interés se abstendrán de intervenir en la operación a que el
conflicto se refiera.
En particular, en el caso de que los Consejeros hubieran formulado solicitud pública de representación, el Consejero que la obtenga no podrá
ejercitar el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del orden del día en los que se encuentre en
conflicto de intereses y, en todo caso, respecto de las siguientes decisiones:
1) Su nombramiento o ratificación como Consejero.
2) Su destitución, separación o cese como Consejero.
3) El ejercicio de la acción social de responsabilidad dirigida contra él.
4) La aprobación o ratificación, cuando proceda, de operaciones de la Sociedad con el Consejero de que se trate, sociedades controladas por él
o a las que represente o personas que actúen por su cuenta.
Los Consejeros deberán comunicar al Consejo de Administración cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener, con el
interés de la Sociedad.
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Los Consejeros deberán abstenerse de realizar, o de sugerir su realización a cualquier persona, una operación sobre valores de la propia
Sociedad o de las sociedades filiales, asociadas o vinculadas sobre las que disponga, por razón de su cargo, de información privilegiada o
reservada, en tanto esa información no se dé a conocer públicamente, todo ello de conformidad con el Reglamento interno de conducta en
materias relativas a los mercados de valores de la Sociedad.
Y en relación con los accionistas significativos, en el apartado 5 se dice que los Consejeros deberán comunicar a la Sociedad la participación
que tuvieran en el capital de una sociedad con el mismo, análogo o complementario género de actividad al que constituya el objeto social, los
cargos o las funciones que en ella ejerzan, así como la realización por cuenta propia o ajena, del mismo, análogo o complementario género de
actividad del que constituya el objeto social.
D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio,
cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o
alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de
cualquiera de ellas.
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No
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E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS
E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad,
incluidos los de naturaleza fiscal.
Dada la dimensión y la estructura de la sociedad, no ha sido preciso establecer una política de riesgos durante el ejercicio analizado, sin perjuicio
de que se pudiera desarrollar en este ejercicio 2024 un sistema de evaluación de riesgos acorde con la estructura de la sociedad.
E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y
Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.
Sin perjuicio de las funciones propias asignadas al Consejo de Administración, corresponde al Comité de Auditoría revisar periódicamente los
sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestiones y se den a conocer adecuadamente.
Dicha política de control y gestión de riesgos identificará al menos: los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales,
reputacionales...) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera
de balance; la fijación del nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos
identificados, en caso de que llegaran a materializarse; los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los
citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.
E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean
significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley
18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.
Los principales riesgos de la Sociedad son:
1.- El sector hotelero es altamente competitivo: TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. opera exclusivamente en la isla de Mallorca, donde existen
numerosos operadores hoteleros que compiten con la Sociedad.
2.-Sensibilidad al ciclo económico: La Sociedad opera en un ramo relativamente sensible al ciclo económico (clima empresarial, evolución del
Producto Interior Bruto (PIB), tipos de interés, gasto de los consumidores).
3.- Única actividad
4.- Riesgo de continuidad de la actividad. Contrato de Arrendamiento: La sociedad realiza su única actividad económica de explotación del
Establecimiento hotelero mediante contrato de arrendamiento. La extinción, no renovación del mencionado contrato o la pérdida de la propiedad
por parte de la actual propietaria obligarían a TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. a encontrar otro Hotel para poder continuar con su actividad lo que
puede resultar complicado o incluso no factible.
5.-. Accionistas principales: La participación mayoritaria, con control directo e indirecto, de los dos máximos accionistas de referencia de la
Sociedad TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A., esto es la sociedad GRUPO INMOBILIARIO TREMON, S.A. y HALF MOON INVESTMENTS LTD, tendrá una
influencia determinante en todas las cuestiones que requieran mayoría de los accionistas. De la misma manera, es posible que esta entidad pueda
ejercer el control sobre la gestión diaria de la Sociedad y provocar o frustrar un cambio de control en ésta.
6.- Desastres naturales, enfermedades contagiosas, actos terroristas y guerras podrían reducir la demanda de alojamiento hotelero y, por tanto,
afectar negativamente a la Sociedad. Tal y como hemos podido comprobar en el ejercicio 2020 una enfermedad puede dar al traste con todas las
expectativas económicas y poner en incertidumbre a la empresa y a toda la economía nacional e internacional.
7.- Causas de fuerza mayor como huracanes, terremotos, tsunamis y otros desastres naturales, así como, actividades terroristas, guerras, etc, en
los países de origen de los clientes de TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A., pueden provocar una disminución de la frecuencia de viajes y reducir la
demanda de alojamiento.
8.-. Riesgos operativos comunes al sector hotelero.
9.-Riesgos derivados de la pandemia COVID 19, u otras similares, que pudieran dar lugar a restricciones de movilidad o restricción de actividades de
hostelería y restauración.
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El sector hotelero está condicionado por unos riesgos adicionales operativos que pueden influir negativamente en la rentabilidad del Hotel. Entre
estos factores se encuentran los siguientes:
- La disponibilidad y demanda de habitaciones de hotel.
- La preferencia por determinados destinos y los cambios de hábitos de viaje, que pueden verse afectados, entre otras causas, por las
fluctuaciones del tipo de cambio de las monedas de distintos países.
- Impuestos y normativas que influyan, determinen o regulen el empleo, salarios, despidos, inmigración, precios, costes, medio ambiente,
etc.
- Incrementos en los salarios, seguridad social y otros costes laborales, seguros, transporte, costes del petróleo y derivados, así como
otros gastos que puedan condicionar los viajes de clientes o disminuir la frecuencia de vuelos.
- Huelgas y protestas laborales que puedan implicar negociaciones con sindicatos u organizaciones de trabajadores.
- La supresión de las ferias internacionales del sector hotelero dada la actual crisis económica.
9.-. Fallos en el mantenimiento de la protección e integridad de los datos internos o de clientes podría provocar decisiones de negocio erróneas,
dañar la reputación de la Sociedad y otros efectos adversos.
10.- Un incremento en la utilización de servicios de Internet por parte de terceros para realizar reservas on-line de hotel podría afectar de forma
adversa los ingresos de la Sociedad.
11.-. La incapacidad de mantener el nivel de desarrollo tecnológico podría perjudicar las operaciones y la posición competitiva de la Sociedad.
12.-. Riesgos asociados con el lanzamiento de nuevos productos
13.- Cambios en la legislación del país donde la Sociedad opera podrían afectarle negativamente.
TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. opera en España, por tanto, cualquier cambio sustancial en la legislación española, podría ocasionar un adverso
impacto en los resultados de la sociedad.
14.- Reclamaciones judiciales y extrajudiciales
15.- Riesgo crédito de clientes y deudores de TR Hotel Jardín del Mar S.A.
E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.
La Sociedad tiene establecido un control continuo de los riesgos dentro de cada proceso y Unidad Organizativa. El estado y gestión de los mismos
es comunicado al Comité de Auditoría y al Consejo de Administración a través de los canales establecidos en el Procedimiento vigente. El Comité
de Auditoría tiene como responsabilidad proponer al Consejo de Administración, el perfil de riesgo asumido, así como realizar el seguimiento de
los riesgos, estableciendo las medidas oportunas para asegurar su adecuado control y gestión.
E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.
Durante el ejercicio analizado no se ha materializado ningún riesgo financiero ni no financiero.
E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales,
así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da
respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.
Se disponen de procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y descripción del SCIIF, constando documentadas las
actividades de control y los riesgos de los procesos materiales para los Estados Financieros.
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F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA
INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)
Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de
emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
F.1. Entorno de control de la entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y
efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
El Reglamento del Consejo del Administración recoge la atribución al Comité de Auditoría, en relación con los sistemas de información y control
interno:
a. Tomar conocimiento y revisión periódica del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno, revisar las Cuentas Anuales y
Estados Contables de la Sociedad y de su Grupo.
b. Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a
conocer adecuadamente.
c. Proponer al Consejo el Plan de Auditoría Interna.
d. Revisar los folletos informativos de admisión, ofertas públicas de venta o suscripción de valores y la información financiera periódica que deba
suministrar el Consejo a los mercados y sus órganos de supervisión.
e. Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, sise considera apropiado, anónima las
irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.
El Comité de Auditoría encarga a la Dirección Financiera de la cadena hotelera el diseño, la implantación y el funcionamiento del mismo, y, dado
el tamaño de la sociedad y al carecer ésta de un departamento de auditoría interna propiamente dicho, es también la Dirección Financiera de
la cadena la encargada de asumir esas funciones de supervisión y control del SCIIF, con la obligación de informar en cada reunión al Comité de
Auditoría, último y verdadero responsable, de su grado de cumplimiento, de las debilidades detectadas y, en su caso, del calendario asignado a las
medidas propuestas para su
corrección.
F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los
siguientes elementos:
· Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de
definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y
funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:
(i) del diseño y revisión de la estructura organizativa;
El diseño y la revisión de la estructura organizativa son desarrollados por la Dirección de Recursos Humanos con la involucración de la Dirección
del departamento correspondiente. Existen organigramas específicos para cada área financiera, con un adecuado nivel de detalle donde se
establecen las líneas de responsabilidad y autoridad.
(ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones;
Cada puesto de trabajo tiene definidas unas tareas y responsabilidades en la elaboración y supervisión de la información financiera. Las líneas
de autoridad y responsabilidad están detalladas en los organigramas departamentales. Asimismo, en los procedimientos relacionados con la
elaboración de la información financiera se indican las responsabilidades de las distintas áreas de la empresa.
(iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad, en especial, en lo relativo al proceso de elaboración de la
información financiera
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Los procedimientos relativos a la elaboración de la información financiera se comunican a los responsables de la función financiera. Estos
procedimientos establecen las pautas, responsabilidades y períodos específicos de cada cierre, así como procedimientos formales de cierre en los
que se explícita quiénes son responsables de las principales tareas.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos
(indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información
financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y
sanciones:
La Sociedad tiene formulado un código de conducta (Código Ético) de acuerdo con las recomendaciones que establece el documento del Grupo
de Trabajo de Control Interno (GTCI) constituido por la CNMV. Asimismo, entre los valores que se transmiten, destacan cumplimiento de leyes y
regulaciones aplicables así como el respeto a principios éticos, políticas, normas y procedimientos de la Sociedad.
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de
naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y
actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si
permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
Una de las competencias del Comité de Auditoría, según el artículo 3º de su Reglamento, punto 1º “En relación con los sistemas de información y
control interno”, letra e, es:
“Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados, comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las
irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa”. Dicho procedimiento
anónimo se ha implementado mediante la creación de un foro en el que se pueden comunicar los accionistas entre sí y los empleados pueden
comentar lo que estimen conveniente. No obstante, la Sociedad mantiene con todos sus empleados el resto de canales abiertos para que
informen al miembro de la directiva que estimen pertinente de cualquier incidencia que detecten en el funcionamiento de cualquier ámbito
de la actividad de la Sociedad. El denunciante también tiene la posibilidad de remitir un correo electrónico anónimo a la dirección de correo de
atención al accionista, correo que sería atendido por el personal de dirección de la empresa.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión
de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables,
auditoría, control interno y gestión de riesgos:
• La Sociedad cuenta con una importante estabilidad laboral entre los empleados que participan en la elaboración de la información financiera,
quienes tienen los conocimientos necesarios para la realización de las funciones asignadas. En el caso de producirse cambios en la legislación
aplicable o en las funciones asignadas a personal involucrado en estas actividades, se llevan a cabo programas de formación específicos,
coordinados con el área de Recursos Humanos.
• Adicionalmente, la Sociedad cuenta con la colaboración de asesores externos que prestan su apoyo al personal de la función financiera en
cuestiones relativas a actualizaciones en materia fiscal, legal y contable y con los que existe un contacto, regular.
F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.
Informe, al menos, de:
F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error
o fraude, en cuanto a:.
· Si el proceso existe y está documentado:
La Sociedad cuenta con un procedimiento de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude documentado, por la cual se identifican y
evalúan, entre otros, los riesgos financieros más significativos.
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· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia;
integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza
y con qué frecuencia:
El procedimiento de identificación de riesgos cubre la totalidad de los objetivos de la información financiera alineados con los globales de la
entidad (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones) para asegurar la
fiabilidad de la información financiera. El Comité de Auditoría analiza el procedimiento al menos una vez por ejercicio y se actualiza si se considera
necesario.
Al determinar la importancia y probabilidad del riesgo de incurrir en un error material, se valoran circunstancias tales como:
(i) complejidad de las transacciones y de las normas aplicables;
(ii) volumen de transacciones e importancia cuantitativa de las partidas afectadas;
(iii) complejidad de los cálculos;
(iv) necesidad de utilizar estimaciones o proyecciones;
(v) aplicación de juicios; y
(vi) importancia cualitativa de la información.
La probabilidad de un error con impacto material debido a fraude se considera, explícitamente, cuando se evalúan los riesgos relacionados con la
fiabilidad de la información financiera.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre
otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de
propósito especial:
La Sociedad no mantiene en la actualidad participaciones en otras entidades, limitándose la información financiera a la contabilidad individual de
la Sociedad. En el caso de que la Sociedad formara Grupo tomaría las medidas de control necesarias.
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros,
legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados
financieros:
Los riesgos asociados al logro de los objetivos de la información financiera son una parte integral del mapa de riesgos de la entidad y, por tanto,
tienen en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, medioambientales, etc.).
· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:
El proceso de identificación y evaluación de riesgos son supervisados en último término por Comité de Auditoría para su posterior información al
Consejo de Administración.
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F.3. Actividades de control.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF,
a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación
descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de
los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros,
incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones,
valoraciones y proyecciones relevantes
La Sociedad facilita información financiera al mercado de valores con carácter semestral. Esta información financiera es elaborada por la Dirección
Financiera de la cadena hotelera. El máximo responsable del área financiera y de administración analiza los informes recibidos, aprobando
provisionalmente la mencionada información financiera para su remisión a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, quien será el responsable de
la supervisión de la información financiera que se le presente.
En los cierres semestrales, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento informa al Consejo de Administración de sus conclusiones sobre la
información financiera presentada para que, una vez aprobada por el Consejo de Administración, se publique en los mercados de valores.
La Sociedad cuenta con un manual de procedimiento cuyo objetivo es definir el proceso interno para la preparación y emisión de la información
financiera, abarcando todo el proceso de elaboración, aprobación y publicación de la información financiera a remitir periódicamente a la CNMV.
Todas aquellas áreas identificadas como que pueden afectar de modo significativo a las Cuentas Anuales cuentan con controles en los procesos
críticos para asegurar la fiabilidad de la información financiera. Dichos controles están incluidos en procedimientos internos o en la forma de
funcionamiento de los sistemas de información que sirven de base para la elaboración de la información financiera.
La metodología parte del análisis de las Cuentas Anuales para seleccionar los epígrafes contables y notas de memoria más relevantes, de acuerdo
con criterios cuantitativos (materialidad) y cualitativos (automatización, susceptibilidad de fraude o error, complejidad contable, grado de
estimación y riesgo de pérdida o pasivos contingentes).
Adicionalmente, y a lo largo de todo este proceso, se han identificado posibles riesgos de fraude ante los que también se formalizan controles para
mitigar dichos riesgos.
Las actividades que se ha considerado necesario documentar formalmente, están incluidas en procesos pertenecientes a las áreas de
Administración, Fiscal, Tesorería y Finanzas, Administración de Personal y Negocio Hotelero.
Los diferentes jefes de departamento son responsables de documentar y mantener actualizado cada uno de estos procesos, detectar posibles
debilidades de control, y establecer las medidas correctoras necesarias.
Los juicios, estimaciones y proyecciones relevantes para cuantificar algunos activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos registrados o
desglosados en las Cuentas Anuales, se llevan a cabo por la Dirección Financiera de la cadena con el apoyo del resto de responsables.
La Sociedad informa en sus cuentas anuales de aquéllas áreas más relevantes en las que existen parámetros de juicio o estimación así como las
hipótesis claves contempladas con respecto a las mismas. Las principales estimaciones realizadas se refieren a la provisión por impuestos sobre las
ganancias, prestaciones a largo plazo al personal y la vida útil de activos materiales e intangibles.
Como parte de los procesos documentados se ha establecido un procedimiento de cierre contable que engloba el procedimiento de cierre,
revisión y autorización de la información financiera generada.
La Sociedad cuenta con una política de seguridad que abarca los aspectos referentes a seguridad física lógica, seguridad en el procesamiento
de datos y seguridad de usuario final. Entre las medidas más relevantes se encuentran los controles de acceso a las aplicaciones, y las copias de
respaldo y recuperación. Asimismo, existen contratos de mantenimiento y desarrollo de los sistemas informáticos en los que se contemplan los
aspectos relativos a la seguridad, recuperación, control de cambios, etc.
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F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre
seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación
de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y
publicación de la información financiera.
El departamento de sistemas de Información de la Sociedad dispone de un conjunto de normativas y procedimientos de seguridad destinados
a garantizar el control de los accesos a las aplicaciones y sistemas de negocio, con el objetivo de velar por la confidencialidad, disponibilidad e
integridad de la información.
Existe un modelo de gestión de accesos y autorizaciones basado en segregación de funciones sobre los sistemas que dan soporte a los procesos de
gestión financiera, teniendo definidos los procedimientos de control.
Adicionalmente se han establecido controles para la correcta gestión y monitorización en la asignación de privilegios especiales sobre los sistemas
que soportan la información financiera.
Todas las operaciones que se reflejan en la contabilidad dejan un registro de usuario que permite identificar el autor en caso de un posible error o
fraude.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades
subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración
encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados
financieros.
La Sociedad dentro del procedimiento que tiene establecido anualmente para determinar el alcance del SCIIF, identifica de forma específica en
qué partidas financieras existen:
• Actividades subcontratadas.
En el momento de establecer un acuerdo de colaboración con una empresa subcontratada se asegura la competencia, acreditación, capacitación
técnica y legal e independencia del tercero.
La Sociedad dispone de rigurosos criterios de contratación de terceros que aseguran la fiabilidad de la información reportada por éstos.
Adicionalmente, como parte de los controles de supervisión existentes en la compañía, se asegura que se mitiga sustancialmente el riesgo de error
material en los estados financieros.
• Evaluaciones, cálculos o valoraciones realizadas por expertos independientes.
La Sociedad si utilizara a expertos en trabajos que sirviesen de soporte para valoraciones, juicios o cálculos contables únicamente lo haría cuando
éstos manifiestan su independencia y solo si fuesen empresas de prestigio reconocido.
F.4. Información y comunicación.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o
departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación,
manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así
como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que
opera la entidad.
El máximo responsable de la Dirección Financiera de la cadena hotelera es el encargado de definir y mantener actualizadas las políticas contables
de la Sociedad, así como de resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación estando permanentemente accesible (presencialmente o
mediante otras telecomunicaciones) a todos los integrantes del área.
También es el responsable de analizar las operaciones y transacciones singulares de especial relevancia realizadas o que se prevean realizar para
determinar su adecuado tratamiento contable.
Existe un manual de políticas y procedimientos contables a disposición de todos sus usuarios.
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Por último, sería el responsable, en su caso, de informar al resto de usuarios de la información financiera del impacto de posibles cambios en las
prácticas y/o políticas contables.
F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de
aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados
financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.
La Sociedad, en la actualidad, no mantiene participaciones en otras entidades por lo que no forma “Grupo”, si en el futuro lo hiciera se aseguraría
del uso de formatos homogéneos en la preparación de información financiera mediante paquetes de información financiera unificados. En
cualquier caso, en todos los hoteles integrantes de la cadena hotelera está implementado el mismo sistema informático integral y el mismo plan
general de cuentas, por lo que todos reportan la información financiera en los mismos formatos.
F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad
cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la
comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo
se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por
el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un
plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la
información financiera.
La Sociedad actualmente no cuenta con un departamento de Auditoría Interna propiamente dicho con dedicación exclusiva a dicha función,
realizando éstas funciones el Comité de Auditoría a través de la Dirección Financiera de la cadena hotelera.
Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la Comisión de Auditoría y la Dirección Financiera de la cadena hotelera incluyen
fundamentalmente:
(i) reuniones periódicas con auditores externos y alta dirección para revisar, analizar y comentar la información financiera, los criterios contables
aplicados, así como en su caso, las debilidades significativas de control interno identificadas y
(ii) la revisión, de la efectividad y cumplimiento de los procesos establecidos como parte del sistema de control interno.
En las reuniones de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento se ha incluido, como punto de su orden del día, información sobre las actividades de
evaluación del SCIIF realizadas por la Dirección Financiera de la cadena hotelera.
Tal como establece la Norma de Auditoría, si como resultado de las evaluaciones internas se detectan debilidades de control en los centros/áreas/
procesos auditados, las mismas son puestas en conocimiento de la Dirección del departamento y/o área auditada, reportando a la Alta Dirección y
Comisión de Auditoría y Cumplimiento si se cree oportuno. Los responsables de dichos departamentos y/o áreas están obligados a dar respuesta a
las debilidades detectadas ya sea mediante medidas correctoras y/o mediante la puesta en marcha de planes preventivos.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con
lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta
dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de
control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros
que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de
corregir o mitigar las debilidades observadas.
El Comité de Auditoría se reúne con el objetivo de obtener y analizar la información necesaria para dar cumplimiento a las competencias que
tiene encomendadas por parte del Consejo de Administración.
Para llevar a cabo este proceso, al Comité de Auditoría asiste la Dirección Financiera de la cadena hotelera (responsable de la preparación de
la información financiera), con el objetivo de velar por la correcta aplicación de las normas contables vigentes y la fiabilidad de la información
financiera, y poder comunicar en caso que ocurran eventuales debilidades significativas de control interno identificadas, y sus correspondientes
planes de acción.
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La Dirección Financiera de la cadena hotelera prepara y presenta un Plan Anual de Auditoría Interna, que es revisado y aprobado por el Comité de
Auditoría. En las distintas reuniones del Comité de Auditoría durante el año la Dirección Financiera de la cadena hotelera presenta los resultados
y evolución de su trabajo, poniendo especial énfasis en las debilidades de control interno identificadas, indicando para ellas los planes de acción
establecidos y las fechas de implantación de los mismos.
Posteriormente, la Dirección Financiera de la cadena hotelera se encarga de la supervisión de la correcta implementación de las acciones
correctivas recomendadas.
Previamente a los informes emitidos al Comité de Auditoría, la Dirección Financiera de la cadena hotelera discute los resultados de su trabajo con
la Dirección específica del área bajo revisión. De esta forma se asegura una comunicación fluida y eficaz entre todas las partes.
En relación con los Auditores Externos, éstos presentan de forma anual el alcance, calendario y áreas de énfasis de su trabajo de auditoría de
cuentas anuales, de acuerdo con las normas de auditoría aplicables.
F.6. Otra información relevante.
El Comité de Auditoría ha sido informado periódicamente por la Dirección Financiera de la cadena hotelera de las actividades relacionadas con el
SCIIF. En este sentido, la Dirección Financiera de la cadena hotelera elaboró el plan anual de trabajo de auditoría interna para el ejercicio que fue
examinado y aprobado por el Comité de Auditoría y que contenía, entre otros, los trabajos a realizar durante él en relación al SCIIF.
Por último, el Comité de Auditoría, con el fin de evitar que las cuentas anuales individuales formuladas por el Consejo de Administración se
presenten en la Junta General con salvedades en el informe de auditoría, con carácter previo a dicha formulación, ha llevado a cabo, entre otras,
las siguientes tareas: revisar las cuentas anuales, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de
contabilidad generalmente aceptados y conocer el proceso de información financiera, los sistemas de control internos de la Sociedad y comprobar
la adecuación e integridad de los mismos.
El Comité de Auditoría ha informado favorablemente al Consejo de Administración con carácter previo a la formulación de las cuentas anuales.
F.7. Informe del auditor externo.
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en
cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería
informar de sus motivos.
La Sociedad NO ha sometido a revisión por parte del auditor externo la información del SCIIF remitida a los mercados para el ejercicio analizado, el
auditor externo no emite un informe específico al respecto del SCIIF aunque dentro de sus trabajos si toma conocimiento del mismo.
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G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las
sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada
de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información
suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un
mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante
la adquisición de sus acciones en el mercado.
Cumple [ X ] Explique [  ]
2. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por
otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha
entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas
con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad
cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
3. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del
informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los
accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en
particular:
a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código
de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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4. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e
inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto
que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los
accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través
de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e
identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.
Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de
información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de
información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados
(medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la
información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
En todas las convocatorias que la Sociedad publica se da cumplimiento al Artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital, con la inclusión en la
convocatoria del siguiente texto:
“Hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración
las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos
comprendidos en el Orden del Día, acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General, o acerca del informe del auditor. A estos efectos, los accionistas podrán
dirigirse al Departamento de Atención al Accionista (teléfono +34 91 343 03 18 o accionista@trhhoteles.com) debiendo identificarse como
accionistas e informando de su nombre y apellidos o denominación social, número de identificación fiscal (NIF) y número de acciones de las que
son titulares.”
La política de comunicación y contactos con los accionistas, inversores institucionales y asesores de voto y, en general, con cualquier tercero
relacionado con los derechos de voto de la Sociedad está canalizada en la página web a través de la dirección de correo electrónico que se pone a
disposición general para tal fin: accionista@trhhoteles.com.
En efecto, en la página web consta un epígrafe general con el título de “Atención al accionista” que da acceso a un archivo tipo PDF en el que se
informa de que:
“…si desea contactar con la Sociedad, consultarnos cualquier duda que tuviese o remitirnos cualquier información que considere que puede ser de
nuestro interés o bien desea ejercer su deseo de información como accionista a través de este medio, por favor, envíenos un email a la dirección:
accionista@trhhoteles.com”
Concretamente, a través del link https://jardindelmar.wixsite.com/trhjardindelmar/contacto se puede acceder al sitio en donde se encuentran la
información para comunicarse con la entidad, a saber:
Si desea tener acceso a la información disponible de TR Hotel Jardín del Mar, S.A. en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores puede consultar dicha página o acceder directamente pulsando el siguiente enlace:
https://www.cnmv.es/portal/consultas/DatosEntidad.aspx?nif=A84511567
Por otro lado, si desea contactar con la Sociedad, consultarnos cualquier duda que tuviese o remitirnos cualquier información que considere que
puede ser de nuestro interés o bien desea ejercer su deseo de información como accionista a través de este medio, por favor, envíenos un e-mail a
la dirección:
accionista@trhhoteles.com
O bien realice un envío postal a nuestro domicilio social:
TR Hotel Jardín del Mar, S.A.
Departamento de atención al accionista
C/ Hermosilla, 57; 1ª planta
28001 - Madrid
Asimismo, en el mismo sitio web, a través de la pestaña denominada "gobierno corporativo" se puede acceder al sitio http://
accionistasjardin.foroactivo.com en donde existe un foro disponible para los accionistas o cualquier otra persona interesada que quiera
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acceder a él.
5. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para
emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe
superior al 20% del capital en el momento de la delegación.
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles
con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web
los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
6. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma
preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta
general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
a) Informe sobre la independencia del auditor.
b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
Dada la composición de la sociedad no ha sido necesario establecer esa medida.
7. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de
accionistas.
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios
telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte
proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
8. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente
a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos
supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente
de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría
sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación
de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho
parecer.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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9. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que
aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el
ejercicio o delegación del derecho de voto.
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y
se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
10. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general
de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la
sociedad:
a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia
con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y
propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de
administración.
c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto
que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o
deducciones sobre el sentido del voto.
d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos
complementarios o propuestas alternativas.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
11. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas,
establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
12. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de
criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el
interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva
su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un
comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente
aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus
empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados,
así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio
ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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13. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y
participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.
Cumple [ X ] Explique [  ]
14. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del
consejo de administración y que:
a) Sea concreta y verificable.
b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las
competencias requeridas por el consejo de administración; y
c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que
favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número
significativo de altas directivas.
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja
en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de
accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello
en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
15. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de
administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la
complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de
la sociedad.
Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración
antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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16. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la
proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.
Este criterio podrá atenuarse:
a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que
tengan legalmente la consideración de significativas.
b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el
consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.
Cumple [ X ] Explique [  ]
17. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un
accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de
consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [  ] Explique [ X ]
El número de consejeros independientes es del 40 %.
La sociedad es de baja capitalización y además cuenta con un accionista que controla, directa o indirectamente, más del 50 % del capital social.
18. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente
información sobre sus consejeros:
a) Perfil profesional y biográfico.
b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como
sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros
dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores
reelecciones.
e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
La sociedad está elaborando una ficha de cada Consejero para publicarla en la página web y cuya inclusión se realizará a la mayor brevedad
posible.
En la mencionada ficha se incluirá una breve memoria explicativa de su perfil profesional, su formación académica así como el resto de
información de interés para el accionista según se recoge en la presente recomendación.
En este Informe de Gobierno Corporativo ya se facilita parte de la información profesional sobre los consejeros.
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19. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se
expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas
cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se
hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya
participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros
dominicales.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
20. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita
íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando
dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus
consejeros dominicales.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
21. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del
cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa,
apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular,
se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas
obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de
consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan
perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas
públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la
estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración
vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [  ]
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22. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir
cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que
puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de
administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes
procesales.
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones
mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las
circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o
no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero
o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que
concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello
sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la
adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
23. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de
decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de
forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses,
cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de
administración.
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el
consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir,
explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la
condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
24. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes
del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de
consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos
los miembros del consejo de administración.
Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida
en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo
referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
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25. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente
disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden
formar parte sus consejeros.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [  ]
La sociedad no dispone de reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte los Consejeros.
Por otro lado, la comisión de retribuciones y nombramientos tiene en cuenta la disponibilidad del candidato a consejero para el desarrollo de sus
funciones cuando elabora su informe sobre la recomendación del mismo.
26. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus
funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del
ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no
previstos.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [  ]
El Consejo se reunió en 4 ocasiones inferior al número recomendado de ocho, pero, sin embargo, fueron suficientes para que el Consejo
desempeñara las funciones que le encomiendan el artículo 249 bis y 529 ter de la Ley de Sociedades de Capital.
En ese sentido, se cumple parcialmente la recomendación 26, sin perjuicio de que el Consejo deba reunirse las veces que sean necesarias para el
correcto desempeño de sus atribuciones.
27. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe
anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
28. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de
los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de
administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
29. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento
preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento
externo con cargo a la empresa.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
30. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones,
las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las
circunstancias lo aconsejen.
Cumple [ X ] Explique [  ] No aplicable [  ]
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
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31. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de
administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con
carácter previo, la información precisa para su adopción.
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo
de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento
previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
32. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que
los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
33. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además
de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de
administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del
consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del
consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión
a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada
consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
34. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración,
además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de
administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las
preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer
sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con
el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
El Artículo 29.1, párrafo 4º de los Estatutos Sociales, sobre el Régimen del Consejo, al igual que los Artículos 8 y 13 del Reglamento del Consejo de
Administración, sobre el Presidente y la convocatoria del Consejo respectivamente, reproducen la literalidad de las funciones que el Artículo 529
septies de la Ley de Sociedades de Capital otorga al consejero coordinador, sin añadir las potestades que relaciona la recomendación 34.
No obstante, no hay óbice para que en el futuro el Consejo de Administración debata la proposición a la próxima Junta General de la modificación
estatutaria y reglamentaria necesaria para añadir a las ya existentes, las potestades del consejero coordinador referidas a presidir el consejo de
administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener
contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular,
en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y, por último, coordinar el plan de sucesión del presidente.
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35. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y
decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas
en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.
Cumple [ X ] Explique [  ]
36. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que
corrija las deficiencias detectadas respecto de:
a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las
distintas comisiones del consejo.
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al
consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor
externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o
cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
37. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos,
siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
38. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones
adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de
las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
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39. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen
teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos,
tanto financieros como no financieros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
40. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de
auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que
funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [  ]
La Sociedad no cuenta con un órgano autónomo con funciones de auditoría interna porque dichas tareas son realizadas directamente por
la comisión de auditoría y, en general, el propio Consejo de Administración. En este sentido hay que recordar que la explotación de un Hotel
estacional tiene la estrategia de control y gestión de riesgos muy evaluada y consolidada, de modo que para su llevanza se hace innecesaria la
creación de una unidad o departamento interno independiente de la estructura de dirección que asume dichos trabajos.
41. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría,
para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución,
incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el
seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [  ] No aplicable [  ]
La Sociedad no cuenta con un órgano autónomo con funciones de auditoría interna porque dichas tareas son realizadas directamente por
la comisión de auditoría y, en general, el propio Consejo de Administración. En este sentido hay que recordar que la explotación de un Hotel
estacional tiene la estrategia de control y gestión de riesgos muy evaluada y consolidada, de modo que para su llevanza se hace innecesaria la
creación de una unidad o departamento interno independiente de la estructura de dirección que asume dichos trabajos.
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42. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
1. En relación con los sistemas de información y control interno:
a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no
financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos
a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales,
medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el
cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación
y la correcta aplicación de los criterios contables.
b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la
selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el
presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de
trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente
en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus
actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de
sus informes.
c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas
con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas,
comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables,
o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o
su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos
en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del
denunciante y denunciado.
d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se
apliquen de modo efectivo en la práctica.
2. En relación con el auditor externo:
a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su
independencia.
c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de
una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran
existido, de su contenido.
d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de
administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable
y de riesgos de la sociedad.
e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de
servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en
general, las demás normas sobre independencia de los auditores.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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43. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso
disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
44. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y
corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración
sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje
propuesta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
45. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales,
sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a
los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y
otros riesgos fuera de balance.
b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una
comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime
apropiado.
c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a
materializarse.
e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados
riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
46. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del
consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o
departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que
se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la
sociedad.
b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre
su gestión.
c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el
marco de la política definida por el consejo de administración.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [  ]
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La Sociedad no cuenta con un órgano autónomo con funciones de auditoría interna porque dichas tareas son realizadas directamente por
la comisión de auditoría y, en general, el propio Consejo de Administración. En este sentido hay que recordar que la explotación de un Hotel
estacional tiene la estrategia de control y gestión de riesgos muy evaluada y consolidada, de modo que para su llevanza se hace innecesaria la
creación de una unidad o departamento interno independiente de la estructura de dirección que asume dichos trabajos.
47. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos
y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos,
aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de
dichos miembros sean consejeros independientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
48. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una
comisión de remuneraciones separadas.
Cumple [  ] Explique [  ] No aplicable [ X ]
49. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo
de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si
los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
50. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que
le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos,
incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración
individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento
externo prestado a la comisión.
e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los
distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
51. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente
cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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52. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en
el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones
legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros
independientes.
b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los
conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere
sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración
posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el
desempeño de sus funciones.
e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ] No aplicable [  ]
53. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental,
social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se
reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de
nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra
comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización,
haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo
la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la
recomendación siguiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [  ] Explique [  ]
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54. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de
conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito
y valores.
b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información
económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e
inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la
entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia
medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés
social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la
estrategia y política fijadas.
e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
La Sociedad no tiene diseñada ninguna política de responsabilidad social corporativa por el motivo de su baja capitalización y su limitado volumen
de negocio, lo que hace inviable destinar recursos a tal fin.
55. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes,
proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los
derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y
su gestión.
c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de
conducta empresarial.
d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la
integridad y el honor.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
La Sociedad no tiene diseñada ninguna política de responsabilidad social corporativa por el motivo de su baja capitalización y su limitado volumen
de negocio, lo que hace inviable destinar recursos a tal fin.
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56. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado
y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para
comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.
Cumple [  ] Explique [ X ]
Según consta de forma detallada en el Informe de remuneraciones de los consejeros, la sociedad no ha aprobado remuneración alguna para los
miembros del consejo de administración.
57. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la
sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o
derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo
plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando
se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a
las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su
adquisición.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ]
La sociedad no ha aprobado ni satisfecho remuneración alguna para ningún miembro del consejo de administración.
58. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas
precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus
beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la
compañía o de otras circunstancias similares.
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios
consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para
la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la
sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo
plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período
de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que
los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales,
ocasionales o extraordinarios.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
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59. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente
de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente
establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en
cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de
cada componente variable.
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción (‘malus’) basada
en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique
su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento
que lo haga aconsejable.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
60. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales
salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
61. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la
entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
62. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas
retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un
plazo de al menos tres años.
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una
exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a
un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u
otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los
costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y
retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
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aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
63. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de
los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones
de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con
posterioridad.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
64. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la
retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha
cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán
cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la
extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no
previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de
pactos de no competencia post-contractual.
Cumple [  ] Cumple parcialmente [  ] Explique [ X ] No aplicable [  ]
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad, no ha
aprobado ni ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
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H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del
grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir
para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la
entidad o su grupo, detállelos brevemente.
2. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado
con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.
En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de
gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de
la exigida en el presente informe.
3. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos
o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en
cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas
Tributarias, de 20 de julio de 2010:
No existe ningún otro aspecto relevante que no se haya explicado o puesto de manifiesto en el presente Informe.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su
sesión de fecha:
31/03/2026
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del
presente Informe.
[  ]
[ √ ]
No
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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
Fecha fin del ejercicio de referencia:
31/12/2025
CIF:
A84511567
Denominación Social:
TR HOTEL JARDIN DEL MAR, S.A.
Domicilio social:
HERMOSILLA, 57 - 1ª PLANTA (MADRID)
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A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO EN CURSO
A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida
que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones
aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de
los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a
cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con
la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
a) Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación, aprobación
y aplicación de la política de remuneraciones y sus condiciones.
b) Indique y, en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la
política de remuneración de la sociedad.
c) Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo
d) Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones vigente de los consejeros para aplicar
excepciones temporales a la política, condiciones en las que se puede recurrir a esas excepciones y
componentes que pueden ser objeto de excepción según la política.
El Consejo de Administración aprueba la política de retribución de los Consejeros, previa propuesta formulada por la Comisión de Nombramientos
y retribuciones y Gobierno Corporativo.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo está compuesta por los siguientes miembros:
* Dª Nora Reina Padrón. Consejera Independiente.
* Dª Mercedes López Alonso. Consejera Independiente.
* D. Rafael Rodríguez Collados. Consejero Dominical.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo ha elevado al Consejo de Administración de la sociedad un informe en
el que, como en años anteriores, se propone la no remuneración de los miembros del Consejo. Dado que el Consejo de Administración, previo
informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo, ha sido fiel a su política de no remunerar a sus Consejeros, no
ha considerado necesario realizar una prospección comparativa con otras compañías para determinar su propia de remuneración.
Para la elaboración del informe de política retributiva, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo no ha utilizado
asesoramiento externo.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios
y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre
los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la
sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo
a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a
medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo
plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades
profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para
evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados
conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de
diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si
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se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue
al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado
atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad no ha
aprobado ni se ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie. Por tanto, no existe mix retributivo ni
política o sistema de remuneración ni a corto ni a largo plazo.
A.1.3 Importe y naturaleza de los componentes fijos que se prevé devengarán en el ejercicio los consejeros en su
condición de tales.
No se ha aprobado ni satisfecho cantidad alguna relativa a estos componentes fijos.
A.1.4 Importe y naturaleza de los componentes fijos que serán devengados en el ejercicio por el desempeño de
funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos.
No se ha aprobado ni se ha satisfecho cantidad alguna por ningún concepto, tampoco por el desempeño de funciones de alta dirección de los
consejeros ejecutivos.
A.1.5 Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el
ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad no ha
aprobado ni se ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
Los Consejeros tampoco han percibido cantidad alguna en concepto de dietas, atenciones estatutarias primas de seguros o cualquier otra de
contenido retributivo.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo.
Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de
cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación
de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la
entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar,
al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la
remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos
para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro
tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de
cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en
términos absolutos.
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad no ha
aprobado ni se ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
Los Consejeros tampoco han percibido cantidad alguna en concepto de dietas, atenciones estatutarias primas de seguros o cualquier otra de
contenido retributivo.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las
contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se
tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios
en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a
favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese
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anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad
y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado
a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo
del consejero.
En el ejercicio analizado, a pesar de lo dispuesto en los artículos 27 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad no ha
aprobado ni se ha satisfecho remuneración alguna, ni fija, ni variable; ni de forma dineraria ni en especie.
Los Consejeros tampoco han percibido cantidad alguna en concepto de dietas, atenciones estatutarias primas de seguros o cualquier otra de
contenido retributivo.
Los Consejeros no han disfrutado de Beneficios con cargo a la sociedad como Anticipos, Créditos, Constitución de Garantías, Aportaciones a Planes
o Fondos de Pensiones o seguros de vida o sistemas de ahorro a largo plazo.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación
de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad
de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no
concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de
percepción.
La sociedad no ha establecido, acordado o pactado ningún tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la
terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del
consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización,
que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección
como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de
indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución
del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como
indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la
sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad,
permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado
anterior.
D. Fernando Dopacio Acevedo, Consejero Delegado, con funciones ejecutivas, no tendrá derecho a percibir de la Sociedad una indemnización en
caso de cese y/o extinción de su Contrato incluso en los siguientes casos:
(a) extinción unilateral por parte del Consejero Delegado por incumplimiento (grave y culpable) por la Sociedad de las obligaciones incluidas en el
presente Contrato. En particular, se considerará incumplimiento de la Sociedad, a efectos de la indemnización prevista en esta cláusula:
(i) la adopción de cualquier acuerdo o falta de acuerdo de la sociedad que impida que el Consejero Delegado reciba en todo o en parte la
retribución pactada en este Contrato,
(ii) la falta efectiva de pago, o
(iii) retrasos continuados en el abono de la retribución pactada;
(b) extinción unilateral por parte del Consejero Delegado por una modificación sustancial de sus funciones, poderes o condiciones de su prestación
de Servicios no motivada por causa imputable al Consejero Delegado;
(c) cambio de control de la Sociedad en el sentido previsto en el artículo 42 del Código de Comercio o cesión o transmisión de todo o parte
relevante de su actividad o de sus activos y pasivos a un tercero o integración en otro grupo empresarial.
(d) extinción unilateral del Contrato por la Sociedad, en cualquier momento, que no sea no debida:
(i) a un incumplimiento grave y culpable por parte del Consejero Delegado de los deberes de lealtad, diligencia o buena fe conforme a los cuales
debe desempeñar su cargo, ni
(ii) a cualquier otro incumplimiento grave y culpable de las obligaciones asumidas en virtud de este Contrato. (En el supuesto de libre remoción, la
Sociedad deberá preavisar por escrito con tres meses de antelación respecto de la fecha de efectos de la extinción).
El Consejero Delegado tampoco tendrá derecho indemnización alguna en los siguientes supuestos:
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LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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(a) En caso de que la extinción del presente Contrato se produzca por dimisión voluntaria del Consejero Delegado por causas distintas a las
estipuladas anteriormente. En caso de baja voluntaria, la dimisión deberá efectuarse con un preaviso de, al menos, tres meses.
(b) Del mismo modo, la extinción del Contrato por (falta de renovación de su cargo), muerte o invalidez del Consejero Delegado no dará derecho a
indemnización alguna a favor del Consejero Delegado.
(c) Asimismo, la terminación de este Contrato debido a un incumplimiento de los deberes de lealtad, diligencia y buena fe conforme a los cuales
el Consejero Delegado debe desempeñar su cargo en la Sociedad, así como cualquier otro incumplimiento (grave y culpable) de las obligaciones
asumidas en virtud del Contrato, o la incursión del Consejero Delegado en cualquiera de las prohibiciones legales para ser administrador de
sociedades de capital, no conllevará el derecho del Consejero Delegado a percibir indemnización alguna.
Existe la obligación de confidencialidad y secreto.
1. Se entiende por información confidencial cualquier información, datos, informes o antecedentes que el Consejero Delegado conozca o a los
que haya tenido acceso con ocasión de su vinculación profesional con la Sociedad. A título meramente enunciativo, se incluyen en la información
confidencial los datos, informaciones, antecedentes o informes que se refieran o estén relacionados de cualquier forma con la estrategia general
de la Sociedad, la estrategia particular de un área de negocio, departamento o división de la misma, la información financiera o contable, la
tecnología, los procesos de producción y operaciones, las actividades comerciales, los documentos técnicos, las potenciales adquisiciones o ventas,
las fuentes de compras, los proveedores, los clientes, las cuentas, los métodos, la organización, los contratos o las operaciones de la Sociedad, del
grupo a la que esta pertenezca o de cualquiera de sus directivos o empleados. A estos mismos efectos, no tendrá la consideración de información
confidencial aquella información que sea o pase a ser de conocimiento público, con tal que ello no sea consecuencia del incumplimiento
por parte del Consejero Delegado de cualquier obligación impuesta en este Contrato, o que la divulgación o explotación de la información
confidencial tenga la consideración de desleal en los términos legales.
2. El Consejero Delegado se obliga a guardar secreto y mantener la más estricta reserva sobre la información confidencial.
3. El Consejero Delegado se abstendrá de revelar, divulgar, publicar o difundir de cualquier forma la información confidencial, así como de permitir
a terceros la revelación, divulgación, publicación o difusión de dicha información.
4. El Consejero Delegado se abstendrá de utilizar, directa o indirectamente, información confidencial al margen de la relación profesional con la
Sociedad.
5. Tras su cese, finalización de su cargo o la extinción de su Contrato, el Consejero Delegado queda obligado a guardar secreto de la información
confidencial, sin que pueda comunicar o divulgar dicha información a terceros.
No existen otros pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los
consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su
cargo.
No existen remuneraciones suplementarias que pudieran devengarse por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios
prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de
anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No se han aprobado ni existen conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos,
créditos y garantías y otras remuneraciones.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en
los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los
consejeros en el ejercicio en curso.
No existe ni se ha aprobado importe o cantidad alguna de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados
anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso
derivada de:
a) Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
b) Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en
curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
c) Propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas
a la que se someterá este informe anual y que se propone que sean de aplicación al ejercicio en curso.
No se ha aprobado ni existe cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable a este ejercicio, por tanto no hay cambios relevantes
en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las
aplicadas en el ejercicio anterior.
Tampoco existen propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas a la que se someterá
este informe anual y que se proponen que sea de aplicación al ejercicio en curso.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la
sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://jardindelmar.wixsite.com/trhjardindelmar/iii-12-remuneraciones-consejeros
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de
los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de
remuneraciones del ejercicio anterior.
El informe anual de remuneraciones fue sometido a votación, con carácter consultivo, en la Junta General de Accionistas, habiendo obtenido una
amplia mayoría y no existiendo votos, valoraciones o informes negativos.
B. RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones
individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel
desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,
en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de
aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
El Consejo de Administración aprueba la política de retribución de los Consejeros, previa propuesta formulada por la Comisión de Nombramientos
y retribuciones y Gobierno Corporativo.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo eleva al Consejo de Administración de la sociedad un informe en el que se
propone la no remuneración de los miembros del Consejo.
Para la elaboración del informe de política retributiva, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y Gobierno Corporativo no ha utilizado
asesoramiento externo.
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de
remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
Durante el año objeto de este informe no se ha producido desviación alguna en el procedimiento establecido para la aplicación de la política de
remuneraciones.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse
aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los
componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que
esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad
en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas
excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
Durante el año objeto de este informe no se ha aplicado ninguna excepción temporal a la política de remuneraciones de la sociedad.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y
cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses
a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar
que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado
un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido
adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una
repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar
conflictos de intereses, en su caso.
En el ejercicio objeto de este informe no se ha aprobado remuneración alguna y por tanto no ha sido necesario adoptar acciones en relación con
el sistema de remuneración.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la
política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la
sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras
medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones
en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros,
incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y
largo plazo de la sociedad.
No se ha aprobado ni satisfecho remuneración alguna por ningún concepto, por tanto no se han valorado medidas de rendimiento.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del
ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan
emitido:
Número % sobre el total
Votos emitidos 260.627 86,88
Número % sobre emitidos
Votos negativos 0,00
Votos a favor 260.627 100,00
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
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Número % sobre emitidos
Votos en blanco 0,00
Abstenciones 0,00
Observaciones
B.5. Explique cómo se han determinado los componentes fijos devengados y consolidados durante el ejercicio por
los consejeros en su condición de tales, su proporción relativa para cada consejero y cómo han variado respecto
al año anterior.
No se han aprobado ni satisfecho ningún tipo, clase o especie de remuneraciones ni con componentes fijos ni variables.
No existe variaciones respecto al año anterior ya que en dicho ejercicio tampoco se aprobaron remuneraciones de ningún tipo.
B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado,
por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado
respecto al año anterior.
No se han aprobado ni satisfecho ningún tipo, clase o especie de remuneraciones ni con componentes fijos ni variables. Tampoco por el
desempeño de funciones de dirección.
No existe variaciones respecto al año anterior ya que en dicho ejercicio tampoco se aprobaron remuneraciones de ningún tipo.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos
devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
En particular:
a) Identifique cada uno de los planes retributivos que han determinado las distintas remuneraciones
variables devengadas por cada uno de los consejeros durante el ejercicio cerrado, incluyendo información
sobre su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, condiciones en su caso de consolidación,
periodos de devengo y vigencia, criterios que se han utilizado para la evaluación del desempeño y cómo
ello ha impactado en la fijación del importe variable devengado, así como los criterios de medición
que se han utilizado y el plazo necesario para estar en condiciones de medir adecuadamente todas las
condiciones y criterios estipulados, debiendo explicarse en detalle los criterios y factores que ha aplicado
en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las
condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y consolidación
de cada componente de la retribución variable.
b) En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características
generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad
incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros,
incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
c) Cada uno de los consejeros, y su categoría (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales,
consejeros externos independientes u otros consejeros externos), que son beneficiarios de sistemas
retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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d) En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se
hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros,
si existieran.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
No se han aprobado ni satisfecho ningún tipo, clase o especie de remuneraciones, ni fijas ni variables, ni a corto ni a largo plazo.
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
No se han aprobado ni satisfecho ningún tipo, clase o especie de remuneraciones, ni fijas ni variables, ni a corto ni a largo plazo.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables
devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el
segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después
demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas
de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se han aprobado ni satisfecho ningún tipo, clase o especie de remuneraciones, ni fijas ni variables, ni a corto ni a largo plazo.
No existe variaciones respecto a años anteriores ya que la sociedad no ha aprobado remuneraciones de ningún tipo, por tanto tampoco se ha
procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y
diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de
forma manifiesta.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual
equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de
supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o
externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre,
las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con
cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la
sociedad y el consejero.
La sociedad no ha aprobado ni satisfecho remuneración alguna. Tampoco sistemas de ahorro de ningún tipo.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el
cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el
mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No existen ni se han aprobado indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa
o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el
ejercicio cerrado.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta
dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones
principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan
explicado en el apartado A.1.
No se han producido modificaciones en los contratos de quienes ejercen funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos.
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los
servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No se han aprobado ni existen remuneraciones suplementarias devengadas a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados
distintos de los inherentes a su cargo.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del
tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones
asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No se han aprobado ni existen retribuciones derivadas de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus
características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente
la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
No existen ni se han aprobado remuneraciones en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad
cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin
remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No existen remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual
presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo
distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo
todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación
vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones
totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la
naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no
constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de
sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el
apartado de “otros conceptos” de la sección C.
No se han aprobado ni existen otros conceptos retributivos distintos de los anteriores.
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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C. DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE LOS CONSEJEROS
Nombre Tipología Periodo de devengo ejercicio 2025
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO Presidente Ejecutivo Desde 01/01/2025 hasta 31/12/2025
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO Consejero Independiente Desde 25/11/2025 hasta 31/12/2025
Don MANUEL VARELA MATEOS Consejero Dominical Desde 01/01/2025 hasta 31/12/2025
Doña NORA REINA PADRON Consejero Independiente Desde 01/01/2025 hasta 31/12/2025
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS Presidente Dominical Desde 01/01/2025 hasta 31/12/2025
C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones
ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones de la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
Nombre
Remuneración
fija
Dietas
Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo
Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización
Otros
conceptos
Total
ejercicio 2025
Total ejercicio
2024
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO
Don MANUEL VARELA MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS
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Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
Instrumentos financieros al
principio del ejercicio 2025
Instrumentos financieros
concedidos durante
el ejercicio 2025
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio
Instrumentos
vencidos y
no ejercidos
Instrumentos financieros
al final del ejercicio 2025
Nombre
Denominación
del Plan
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes/
consolidadas
Precio de
las acciones
consolidadas
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
(miles €)
instrumentos
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
Don FERNANDO
DOPACIO ACEVEDO
Plan 0,00
Doña MERCEDES
LOPEZ ALONSO
Plan 0,00
Don MANUEL
VARELA MATEOS
Plan 0,00
Doña NORA REINA
PADRON
Plan 0,00
Don RAFAEL
RODRIGUEZ
COLLADOS
Plan 0,00
Observaciones
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LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
Nombre
Remuneración por consolidación
de derechos a sistemas de ahorro
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO
Don MANUEL VARELA MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS
Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) Importe de los fondos acumulados (miles €)
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Nombre
Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024
Don FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
Doña MERCEDES LOPEZ
ALONSO
Don MANUEL VARELA
MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ
COLLADOS
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Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
Nombre Concepto Importe retributivo
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO Concepto
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO Concepto
Don MANUEL VARELA MATEOS Concepto
Doña NORA REINA PADRON Concepto
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS Concepto
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad cotizada por su pertenencia a órganos de administración de sus entidades dependientes:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
Nombre
Remuneración
fija
Dietas
Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo
Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización
Otros
conceptos
Total
ejercicio 2025
Total ejercicio
2024
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO
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Nombre
Remuneración
fija
Dietas
Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo
Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización
Otros
conceptos
Total
ejercicio 2025
Total ejercicio
2024
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO
Don MANUEL VARELA MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
Instrumentos financieros al
principio del ejercicio 2025
Instrumentos financieros
concedidos durante
el ejercicio 2025
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio
Instrumentos
vencidos y
no ejercidos
Instrumentos financieros
al final del ejercicio 2025
Nombre
Denominación
del Plan
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes/
consolidadas
Precio de
las acciones
consolidadas
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
(miles €)
instrumentos
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
Don FERNANDO
DOPACIO ACEVEDO
Plan 0,00
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Instrumentos financieros al
principio del ejercicio 2025
Instrumentos financieros
concedidos durante
el ejercicio 2025
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio
Instrumentos
vencidos y
no ejercidos
Instrumentos financieros
al final del ejercicio 2025
Nombre
Denominación
del Plan
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes/
consolidadas
Precio de
las acciones
consolidadas
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
(miles €)
instrumentos
instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
Doña MERCEDES
LOPEZ ALONSO
Plan 0,00
Don MANUEL
VARELA MATEOS
Plan 0,00
Doña NORA REINA
PADRON
Plan 0,00
Don RAFAEL
RODRIGUEZ
COLLADOS
Plan 0,00
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
Nombre
Remuneración por consolidación
de derechos a sistemas de ahorro
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO
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Nombre
Remuneración por consolidación
de derechos a sistemas de ahorro
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO
Don MANUEL VARELA MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS
Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) Importe de los fondos acumulados (miles €)
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Nombre
Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024 Ejercicio 2025 Ejercicio 2024
Don FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
Doña MERCEDES LOPEZ
ALONSO
Don MANUEL VARELA
MATEOS
Doña NORA REINA PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ
COLLADOS
Observaciones
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iv) Detalle de otros conceptos
Nombre Concepto Importe retributivo
Don FERNANDO DOPACIO ACEVEDO Concepto
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO Concepto
Don MANUEL VARELA MATEOS Concepto
Doña NORA REINA PADRON Concepto
Don RAFAEL RODRIGUEZ COLLADOS Concepto
Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados
por el consejero, en miles de euros.
Retribución devengada en la Sociedad Retribución devengada en sociedades del grupo
Nombre
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2025 sociedad
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2025 grupo
Total ejercicio 2025
sociedad + grupo
Don FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
Doña MERCEDES LOPEZ
ALONSO
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
19 / 21
Retribución devengada en la Sociedad Retribución devengada en sociedades del grupo
Nombre
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2025 sociedad
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2025 grupo
Total ejercicio 2025
sociedad + grupo
Don MANUEL VARELA
MATEOS
Doña NORA REINA
PADRON
Don RAFAEL RODRIGUEZ
COLLADOS
TOTAL
Observaciones
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan
sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados
de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
Importes totales devengados y % variación anual
Ejercicio 2025
% Variación
2025/2024
Ejercicio 2024
% Variación
2024/2023
Ejercicio 2023
% Variación
2023/2022
Ejercicio 2022
% Variación
2022/2021
Ejercicio 2021
Consejeros ejecutivos
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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Importes totales devengados y % variación anual
Ejercicio 2025
% Variación
2025/2024
Ejercicio 2024
% Variación
2024/2023
Ejercicio 2023
% Variación
2023/2022
Ejercicio 2022
% Variación
2022/2021
Ejercicio 2021
Don FERNANDO DOPACIO
ACEVEDO
0 - 0 - 0 - 0 - 0
Consejeros externos
Doña MERCEDES LOPEZ ALONSO 0 - 0 - 0 - 0 - 0
Don MANUEL VARELA MATEOS 0 - 0 - 0 - 0 - 0
Doña NORA REINA PADRON 0 - 0 - 0 - 0 - 0
Don RAFAEL RODRIGUEZ
COLLADOS
0 - 0 - 0 - 0 - 0
Resultados consolidados de
la sociedad
1.130 10,35 1.024 61,01 636 - -70 89,72 -681
Remuneración media de los
empleados
31 10,71 28 3,70 27 3,85 26 4,00 25
Observaciones
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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D. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el
resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa
y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos
brevemente.
No existe datos o aspectos relevantes en materia de Remuneración de los consejeros que no se haya recogido en los apartados anteriores.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su
sesión de fecha:
31/03/2026
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del
presente Informe.
[  ]
[ √ ]
Si
No